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Dejar un piso a una hija sin tener en cuenta a otras dos hijas menores de edad.

2 Comentarios
 
Dejar un piso a una hija sin tener en cuenta a otras dos hijas menores de edad.
30/07/2017 19:45
Buenas tardes, mi marido tuvo una hija que una mujer, posteriormente se compraron un piso los dos y no llegó al año y se separaron, de la custodia se hizo cargo mi marido el piso su fin era para alquilar a terceros.
La.madre además de no hacerse cargo de su hija jamás, tampoco lo ha hecho con la vivienda.
Todo a cargo de él, esta hija respectivamente tiene 15 años, yo me casé con el y tengo dos hijas con él con las edades de 3 y 8 años una de ellas con discapacidad.
Yo tengo un piso aparte de mi propiedad.
El motivo de mi consulta es que la madre de la otra hija, la abuela (madre de mi marido) y la hija de 15 años.
No hacen más que planear y estar muy convencidas de que el piso es y será exclusivamente de la hija de 15 años, sin tener en cuenta a las de 3 y 8 años, las que según su parecer no tienen derecho ninguno ,sobre los bienes de su padre, es como si ellas no existieran.
Mi marido es la marioneta de su familia y sabiendo lo que planean y dirigen a su antojo, no se menciona al respecto. Pero seguro que debe opinar lo mismo.
Mi pregunta es como no tienen un respaldo de protección de su padre, puedo yo tomar cartas sobre el asunto con este tema.
No es para mi, yo ya tengo mi casa y he hecho mucho sacrificio para tener algo mio, pero veo vulnerables los derechos de mis hijas y no deben quedarse sin nada, han de tener lo de su madre y de su padre ,igual que debería tener la de 15 años...pretenden que solo tengan lo mio nada más.
Puedo empezar a hacer algo al respecto?
Gracias por su tiempo.
30/07/2017 20:53
Gera1989
suponiendo que el primer piso era a medias con su anterior pareja y así aparece en el registro de la propiedad. tu marido puede hacer testamento si quiere , en el que disponga de la mitad de esa vivienda , bien a partes iguales entre sus tres hijas, bien si existen más bienes que repartir , mejorando a cualquiera de ellas. siempre que se respete el tercio de legitima. Todo esto referido a derecho común no a las comunidades autonomas en las que se sigan otros regímenes.
02/08/2017 10:48
Gera1989
Buenos días,

tus hijas están reconocidas por su padre, de tal forma que cuando llegue el momento tendrán los mismos derechos sobre la herencia de tu pareja que la otra hija que tiene con otra mujer.

Dicho esto precisar que:

1.- No, ahora no puedes hacer NINGUNA gestión para salvaguardar los derechos de tus hijas porque los derecho sucesorios NACEN CON EL FALLECIMIENTO de una persona. Si aún no ha fallecido, no han nacido derechos que se hayan infringido.

2.- Cuando fallezca tu pareja, QUIZÁ NO SE HAYA PERJUDICADO ningún derecho de tus hijas porque o bien no ha hecho testamento, o habiéndolo hecho a respetado las normas sobre legítimas de los hijos.

3.- Los derechos sucesorios de tus hijas NO SON sobre la vivienda exclusivamente, SINO SOBRE TODA LA HERENCIA, que puede estar formada por la vivienda, cuentas bancarias, depósitos, vehículos, terrenos, acciones, etc. Son derechos sobre la herencia en su conjunto pero no sobre un bien en concreto, de tal forma que, aunque la vivienda se adjudique al 100% a la hija que tiene de otra pareja (en realidad, se adjudique la parte que sea propiedad del padre que ha de fallecer), tus hijas pueden recibir su parte en la herencia con la adjudicación de otros bienes, y de esta forma, tampoco se estarían perjudicando sus legítimos intereses.

4.- Si llegado el fallecimiento, hay testamento y no se cumplen los mínimos de legítimas que establece el Código civil, habría que impugnarlo y entonces sí, realizar todas las gestiones que sean necesarias.

5.- Y todo ello contando con que esa vivienda sigue perteneciendo a tu pareja en el momento de su fallecimiento.

Para terminar, comentar que si todo se da como tu estás pensando (es decir, que tus hijas adquieran parte de la vivienda del padre) lo que ocurriría es que la mitad de esa vivienda sería de la expareja de tu marido, y por tanto, en el futuro, de la hija que tienen en común (la de 15 años). Del otro 50%, si no hay testamento, corresponde a partes iguales alas 3 hijas. De esta forma, la hija que actualmente tiene 15 años tendría la mayoría de la propiedad. Una copropiedad siempre trae problemas cuando las personas no se llevan bien, y siempre o casi siempre terminan en procedimientos de división de cosa común.

Quedo a tu disposición.
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30/07/2017 19:45
Buenas tardes, mi marido tuvo una hija que una mujer, posteriormente se compraron un piso los dos y no llegó al año y se separaron, de la custodia se hizo cargo mi marido el piso su fin era para alquilar a terceros.
La.madre además de no hacerse cargo de su hija jamás, tampoco lo ha hecho con la vivienda.
Todo a cargo de él, esta hija respectivamente tiene 15 años, yo me casé con el y tengo dos hijas con él con las edades de 3 y 8 años una de ellas con discapacidad.
Yo tengo un piso aparte de mi propiedad.
El motivo de mi consulta es que la madre de la otra hija, la abuela (madre de mi marido) y la hija de 15 años.
No hacen más que planear y estar muy convencidas de que el piso es y será exclusivamente de la hija de 15 años, sin tener en cuenta a las de 3 y 8 años, las que según su parecer no tienen derecho ninguno ,sobre los bienes de su padre, es como si ellas no existieran.
Mi marido es la marioneta de su familia y sabiendo lo que planean y dirigen a su antojo, no se menciona al respecto. Pero seguro que debe opinar lo mismo.
Mi pregunta es como no tienen un respaldo de protección de su padre, puedo yo tomar cartas sobre el asunto con este tema.
No es para mi, yo ya tengo mi casa y he hecho mucho sacrificio para tener algo mio, pero veo vulnerables los derechos de mis hijas y no deben quedarse sin nada, han de tener lo de su madre y de su padre ,igual que debería tener la de 15 años...pretenden que solo tengan lo mio nada más.
Puedo empezar a hacer algo al respecto?
Gracias por su tiempo.
30/07/2017 20:53
Gera1989
suponiendo que el primer piso era a medias con su anterior pareja y así aparece en el registro de la propiedad. tu marido puede hacer testamento si quiere , en el que disponga de la mitad de esa vivienda , bien a partes iguales entre sus tres hijas, bien si existen más bienes que repartir , mejorando a cualquiera de ellas. siempre que se respete el tercio de legitima. Todo esto referido a derecho común no a las comunidades autonomas en las que se sigan otros regímenes.
02/08/2017 10:48
Gera1989
Buenos días,

tus hijas están reconocidas por su padre, de tal forma que cuando llegue el momento tendrán los mismos derechos sobre la herencia de tu pareja que la otra hija que tiene con otra mujer.

Dicho esto precisar que:

1.- No, ahora no puedes hacer NINGUNA gestión para salvaguardar los derechos de tus hijas porque los derecho sucesorios NACEN CON EL FALLECIMIENTO de una persona. Si aún no ha fallecido, no han nacido derechos que se hayan infringido.

2.- Cuando fallezca tu pareja, QUIZÁ NO SE HAYA PERJUDICADO ningún derecho de tus hijas porque o bien no ha hecho testamento, o habiéndolo hecho a respetado las normas sobre legítimas de los hijos.

3.- Los derechos sucesorios de tus hijas NO SON sobre la vivienda exclusivamente, SINO SOBRE TODA LA HERENCIA, que puede estar formada por la vivienda, cuentas bancarias, depósitos, vehículos, terrenos, acciones, etc. Son derechos sobre la herencia en su conjunto pero no sobre un bien en concreto, de tal forma que, aunque la vivienda se adjudique al 100% a la hija que tiene de otra pareja (en realidad, se adjudique la parte que sea propiedad del padre que ha de fallecer), tus hijas pueden recibir su parte en la herencia con la adjudicación de otros bienes, y de esta forma, tampoco se estarían perjudicando sus legítimos intereses.

4.- Si llegado el fallecimiento, hay testamento y no se cumplen los mínimos de legítimas que establece el Código civil, habría que impugnarlo y entonces sí, realizar todas las gestiones que sean necesarias.

5.- Y todo ello contando con que esa vivienda sigue perteneciendo a tu pareja en el momento de su fallecimiento.

Para terminar, comentar que si todo se da como tu estás pensando (es decir, que tus hijas adquieran parte de la vivienda del padre) lo que ocurriría es que la mitad de esa vivienda sería de la expareja de tu marido, y por tanto, en el futuro, de la hija que tienen en común (la de 15 años). Del otro 50%, si no hay testamento, corresponde a partes iguales alas 3 hijas. De esta forma, la hija que actualmente tiene 15 años tendría la mayoría de la propiedad. Una copropiedad siempre trae problemas cuando las personas no se llevan bien, y siempre o casi siempre terminan en procedimientos de división de cosa común.

Quedo a tu disposición.