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Del acto administrativo a la notificación

30 Comentarios
Viendo 21 - 30 de 30 comentarios
05/08/2010 17:46
Me quedo con tu respuesta Francisco.
Es la que más me convence.
Y de perdidos.. al río

05/08/2010 18:55
Pues yo prefiero cambiar de opinión y dar las gracias a los que me mostraron el camino. Gracias.
05/08/2010 19:39
No me importa que lo hagas.
Yo sigo quedándome con tu respuesta. A fin de cuentas yo tengo que elegir una de las dos respuestas de los profesores. Está claro que uno de ellos está equivocado. Me arriegaré.

Gracias a todos
06/08/2010 09:39
Por las dudas:
"ni de derecho administrativo (corríjanme si me equivoco)"

Sí, te equivocas. Es Derecho Administrativo. Es procedimiento administrativo. Uno de los principios que rige a la administración es el de legalidad. Para realizar cualquier acto debe existir una norma que lo ampare. Así que ya que estamos pregunta a tu profesor si él conoce algún precepto que regule los plazos para los trámites internos de un procedimiento administrativo, y así nos enteramos todos, porque ahora mismo tu postura adolece de base legal positiva.
06/08/2010 09:44
Evidentemente adolece de carencia de base legal...
06/08/2010 09:55
Ya lo he hecho.
Desgraciadamente está de vacaciones, pero volverá antes del día quince.
Ya te enviaré su respuesta para que tú, si quieres, la valores.
No entiendo como algo que se supone que tiene que ser sencillo se complica tanto. Y decidir a pito pito gorgorito tampoco me parece que sea lo adecuado.
Gracias Morinelli
06/08/2010 10:39
Morinelli, te comento que he colgado en este foro otra consulta.

Es un abuso de confianza por mi parte, pero estoy segura que tú sabrías la respuesta.

Gracias
07/08/2010 10:51
Hola, buenas a todos, os he estado leyendo y a mi modo de ver la administración tiene 10 dias oara notificar desde el mismo dia en que se haya dictado el acto administrativo. Así que a mi entender el terminio acaba el dia 27.
Un saludo!!!
07/08/2010 10:58
Me baso en el art. Artículo 58. 2 de la ley 30/92 Notificación. (Redactado conforme a la Ley 4/1999, de 13 de enero)
2. Toda notificación deberá ser cursada dentro del plazo de diez días a partir de la fecha en que el acto haya sido dictado, y deberá contener el texto íntegro de la resolución, con indicación de si es o no definitivo en la vía administrativa, la expresión de los recursos que procedan, órgano ante el que hubieran de presentarse y plazo para interponerlos, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.
Al no poner nada desde el dia siguiente de la fecha en que se ha producido el acto, se entiende que es desde ek mismo dia en que se produce, o sea el dia 15 de diciembre.
15/08/2010 01:50
peque82, creo que la frase "...diez días a partir de la fecha en que el acto" es la clave del asunto ¿Cual es la fecha? ¿El día X? Pues diez días a partir de X .
Es mi modesta opinión,
15/08/2010 11:22
Comentaros que uno de los profes se había equivocado. La respuesta correcta es el lunes día 29. Gracias a todos por el interés.
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05/08/2010 17:46
Me quedo con tu respuesta Francisco.
Es la que más me convence.
Y de perdidos.. al río

05/08/2010 18:55
Pues yo prefiero cambiar de opinión y dar las gracias a los que me mostraron el camino. Gracias.
05/08/2010 19:39
No me importa que lo hagas.
Yo sigo quedándome con tu respuesta. A fin de cuentas yo tengo que elegir una de las dos respuestas de los profesores. Está claro que uno de ellos está equivocado. Me arriegaré.

Gracias a todos
06/08/2010 09:39
Por las dudas:
"ni de derecho administrativo (corríjanme si me equivoco)"

Sí, te equivocas. Es Derecho Administrativo. Es procedimiento administrativo. Uno de los principios que rige a la administración es el de legalidad. Para realizar cualquier acto debe existir una norma que lo ampare. Así que ya que estamos pregunta a tu profesor si él conoce algún precepto que regule los plazos para los trámites internos de un procedimiento administrativo, y así nos enteramos todos, porque ahora mismo tu postura adolece de base legal positiva.
06/08/2010 09:44
Evidentemente adolece de carencia de base legal...
06/08/2010 09:55
Ya lo he hecho.
Desgraciadamente está de vacaciones, pero volverá antes del día quince.
Ya te enviaré su respuesta para que tú, si quieres, la valores.
No entiendo como algo que se supone que tiene que ser sencillo se complica tanto. Y decidir a pito pito gorgorito tampoco me parece que sea lo adecuado.
Gracias Morinelli
06/08/2010 10:39
Morinelli, te comento que he colgado en este foro otra consulta.

Es un abuso de confianza por mi parte, pero estoy segura que tú sabrías la respuesta.

Gracias
07/08/2010 10:51
Hola, buenas a todos, os he estado leyendo y a mi modo de ver la administración tiene 10 dias oara notificar desde el mismo dia en que se haya dictado el acto administrativo. Así que a mi entender el terminio acaba el dia 27.
Un saludo!!!
07/08/2010 10:58
Me baso en el art. Artículo 58. 2 de la ley 30/92 Notificación. (Redactado conforme a la Ley 4/1999, de 13 de enero)
2. Toda notificación deberá ser cursada dentro del plazo de diez días a partir de la fecha en que el acto haya sido dictado, y deberá contener el texto íntegro de la resolución, con indicación de si es o no definitivo en la vía administrativa, la expresión de los recursos que procedan, órgano ante el que hubieran de presentarse y plazo para interponerlos, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.
Al no poner nada desde el dia siguiente de la fecha en que se ha producido el acto, se entiende que es desde ek mismo dia en que se produce, o sea el dia 15 de diciembre.
15/08/2010 01:50
peque82, creo que la frase "...diez días a partir de la fecha en que el acto" es la clave del asunto ¿Cual es la fecha? ¿El día X? Pues diez días a partir de X .
Es mi modesta opinión,
15/08/2010 11:22
Comentaros que uno de los profes se había equivocado. La respuesta correcta es el lunes día 29. Gracias a todos por el interés.