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delito de omision pura o impropia?

1 Comentarios
 
Delito de omision pura o impropia?
25/02/2009 20:08
si antonio se pelea con jose y lo deja tirado en la calle sangrando y se va con javi que ha estado viendo la pelea pero no interviene y se van sin prestarle ayuda cual es la responsabilidad de javi?
y si en vez de eso en un golpe de antonio mata a jose y hacen lo mismo (irse sin prestar ayuda) cual es la responsabilidad de javi ahora?
25/02/2009 22:51
Yo veo en el primero el 450 del CP y la omision de socorro simple del 195.1

En el segundo caso solamente el 450 CP.
invocare a "San Copiaypega" a ver si os puedo plasmar lo que veo.

art 195:
Artículo 195.

1. El que no socorriere a una persona que se halle desamparada y en peligro manifiesto y grave, cuando pudiere hacerlo sin riesgo propio ni de terceros, será castigado con la pena de multa de tres a doce meses.

2. En las mismas penas incurrirá el que, impedido de prestar socorro, no demande con urgencia auxilio ajeno.

3. Redacción según Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre. Si la víctima lo fuere por accidente ocasionado fortuitamente por el que omitió el auxilio, la pena será de prisión de seis meses a 18 meses, y si el accidente se debiere a imprudencia, la de prisión de seis meses a cuatro años.

art 450:
1. El que, pudiendo hacerlo con su intervención inmediata y sin riesgo propio o ajeno, no impidiere la comisión de un delito que afecte a las personas en su vida, integridad o salud, libertad o libertad sexual, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años si el delito fuera contra la vida, y la de multa de seis a veinticuatro meses en los demás casos, salvo que al delito no impedido le correspondiera igual o menor pena, en cuyo caso se impondrá la pena inferior en grado a la de aquél.

2. En las mismas penas incurrirá quien, pudiendo hacerlo, no acuda a la autoridad o a sus agentes para que impidan un delito de los previstos en el apartado anterior y de cuya próxima o actual comisión tenga noticia.


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Delito de omision pura o impropia?
25/02/2009 20:08
si antonio se pelea con jose y lo deja tirado en la calle sangrando y se va con javi que ha estado viendo la pelea pero no interviene y se van sin prestarle ayuda cual es la responsabilidad de javi?
y si en vez de eso en un golpe de antonio mata a jose y hacen lo mismo (irse sin prestar ayuda) cual es la responsabilidad de javi ahora?
25/02/2009 22:51
Yo veo en el primero el 450 del CP y la omision de socorro simple del 195.1

En el segundo caso solamente el 450 CP.
invocare a "San Copiaypega" a ver si os puedo plasmar lo que veo.

art 195:
Artículo 195.

1. El que no socorriere a una persona que se halle desamparada y en peligro manifiesto y grave, cuando pudiere hacerlo sin riesgo propio ni de terceros, será castigado con la pena de multa de tres a doce meses.

2. En las mismas penas incurrirá el que, impedido de prestar socorro, no demande con urgencia auxilio ajeno.

3. Redacción según Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre. Si la víctima lo fuere por accidente ocasionado fortuitamente por el que omitió el auxilio, la pena será de prisión de seis meses a 18 meses, y si el accidente se debiere a imprudencia, la de prisión de seis meses a cuatro años.

art 450:
1. El que, pudiendo hacerlo con su intervención inmediata y sin riesgo propio o ajeno, no impidiere la comisión de un delito que afecte a las personas en su vida, integridad o salud, libertad o libertad sexual, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años si el delito fuera contra la vida, y la de multa de seis a veinticuatro meses en los demás casos, salvo que al delito no impedido le correspondiera igual o menor pena, en cuyo caso se impondrá la pena inferior en grado a la de aquél.

2. En las mismas penas incurrirá quien, pudiendo hacerlo, no acuda a la autoridad o a sus agentes para que impidan un delito de los previstos en el apartado anterior y de cuya próxima o actual comisión tenga noticia.