Me gustaría opinión acerca de posibles enfoques en la defensa del siguiente supuesto:
Enero 2006 se aporta por un particular fotocopia de certificación que resulta ser falsa o no ajustada a la realidad en los extremos que se pretenden certificar. En un primer momento, enero 2006, no es tenía en cuenta, es decir, entra en el tráfico jurídico pero no produce efectos. Pero como quiera que aquella -la fotocopia- obra en poder de la Administración -latente- en agosto de ese mismo año comienza a producir efectos, distintos de los presuntamente pretendidos, o que cabe presumir pretendidos, originariamente. El quiz de la cuestión radica, desde mi punto de vista, en el hecho de que los efectos que produce desde entonces y hasta la fecha pudieran ser de carácter retributivo períodico. Agradecería alguna sugerencia de enfoque para la defensa.
Un saludo