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demanda a italiano se puede?

1 Comentarios
 
Demanda a italiano se puede?
18/07/2011 19:24
hola quisiera saber si existe alguna forma de demandar a una persona que vive en italia y que me alquilo una propiedad de el en españa que por el no pagar se ejecuto un embargo hipotecario? existe alguna forma de demandar o exigir el pago de incumplimiento de contrato estafa con daños y perjuicios. gracias. ya que el me alquilo un local y dejo de pagar la hipoteca sin yo saber nada y el local fue embargado perdi fianza y meses pagados. gracias.
27/07/2011 15:19
Si vas por lo penal, por estafa, puedes demandar en el lugar donde se cometio el delito (ciudad donde se encuentra el local).

Si vas por lo civil, por incumplimento de contrato, entonces es el domicilio del demandante (Italia), salvo que en el contrato de alquiler hayais firmado que seran competentes los juzgados espanoles.

Yo lo intentaria querella por estafa, pero en ambos casos lo veo muy dificil.

A mas a mas, en el caso de un local comercial, lo que el banco se queda es la propiedad del local, pero no hay razon para que tenga que irse el inquilino, mucho menos cuando esta generando una renta mensual. A ver si la situacion no es exactamente como tu la has entendido/explicado...


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Demanda a italiano se puede?
18/07/2011 19:24
hola quisiera saber si existe alguna forma de demandar a una persona que vive en italia y que me alquilo una propiedad de el en españa que por el no pagar se ejecuto un embargo hipotecario? existe alguna forma de demandar o exigir el pago de incumplimiento de contrato estafa con daños y perjuicios. gracias. ya que el me alquilo un local y dejo de pagar la hipoteca sin yo saber nada y el local fue embargado perdi fianza y meses pagados. gracias.
27/07/2011 15:19
Si vas por lo penal, por estafa, puedes demandar en el lugar donde se cometio el delito (ciudad donde se encuentra el local).

Si vas por lo civil, por incumplimento de contrato, entonces es el domicilio del demandante (Italia), salvo que en el contrato de alquiler hayais firmado que seran competentes los juzgados espanoles.

Yo lo intentaria querella por estafa, pero en ambos casos lo veo muy dificil.

A mas a mas, en el caso de un local comercial, lo que el banco se queda es la propiedad del local, pero no hay razon para que tenga que irse el inquilino, mucho menos cuando esta generando una renta mensual. A ver si la situacion no es exactamente como tu la has entendido/explicado...