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Demanda Civil / Denuncia Penal

5 Comentarios
 
Demanda civil / denuncia penal
30/11/2010 11:00
Hola. ¿Alguien me puede decir si es compatible una demanda civil con una denuncia penal? Tengo hace casi un año por procedimiento civil solicitada (y ya resuelta) una ejecución de sentencia por impago de alimentos, da lo mismo que haya o no resolución a mi favor porque no sabemos nada al respecto, todo parado, los días corren y yo no puedo soportar mas tiempo asumiendo todo el gasto que suponen mis hijas. Me estoy planteando, además, interponer una denuncia penal, ya no puedo más, lo que no se es si ambas son compatibles y cómo funciona el tema en ese caso. Gracias por su ayuda.
30/11/2010 11:09
Entiendo que el procedimiento civil es el correcto, la denuncia penal en su caso, además de que debería ser evaluada en función de los impagos, creo que es improcedente ya que está ejecutando la sentencia. El procedimiento penal, además, seguramente le tarde más pues primero ha de conseguir la condena y luego, ejecutarla.
Y piense que un padre en la cárcel, no paga ninguna pensión. En cualquier caso, debería consultar el tema con su abogado, para que le informe en qué estado se encuentra el procedimiento pues un año para una ejecución, habiendo donde ejecutar, es excesivo.
Un saludo.
30/11/2010 16:44
Gracias, Nuria. El abogado sin noticias, al Procurador tampoco le llegan, hemos preguntado en el juzgado y lo encuentran "normal" por que hay mucho atraso. Para mi lo de la cárcel es lo último, esto ya es por desesperación, tengo la sensación continua de que me toman el pelo. Supongo que será porque quien no tiene una nómina evidente (es su caso) y aunque la realidad sea otra y en la práctica eso se sabe y se ve, se supone que no puede pagar porque podrá "demostrar" la falta de ingresos y propiedades. Tendré que olvidarme entonces.
30/11/2010 18:48
El problema de la economía sumergida es conseguir cobrar las cantidades cuando hay impagos porque suele haber apariencias externas que indican la existencia de ingresos, pero no suele haber bienes contra los que ejecutar, pero no sólo en pensiones de alimentos, también en otras reclamaciones. En cualquier caso, Ana, comente con su abogado en función de los impagos, si procedería interponer la denuncia vía penal.
Es un problema de difícil solución y hay que evaluarlo en su caso concreto pues no olvide que no sólo pueden embargarse bienes, también derechos.
Un saludo.
30/11/2010 19:01
Perdón por meterme, pero qué significa que se puedan embargar derechos?
30/11/2010 20:17
Que por poner un ejemplo, se puede embargar un derecho de cobro que Vd. tenga, de manera que Vd. no lo cobra y si quien insta el embargo cuando sea el momento de que quien tiene la obligación de pago, pague.
Un saludo.
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Demanda civil / denuncia penal
30/11/2010 11:00
Hola. ¿Alguien me puede decir si es compatible una demanda civil con una denuncia penal? Tengo hace casi un año por procedimiento civil solicitada (y ya resuelta) una ejecución de sentencia por impago de alimentos, da lo mismo que haya o no resolución a mi favor porque no sabemos nada al respecto, todo parado, los días corren y yo no puedo soportar mas tiempo asumiendo todo el gasto que suponen mis hijas. Me estoy planteando, además, interponer una denuncia penal, ya no puedo más, lo que no se es si ambas son compatibles y cómo funciona el tema en ese caso. Gracias por su ayuda.
30/11/2010 11:09
Entiendo que el procedimiento civil es el correcto, la denuncia penal en su caso, además de que debería ser evaluada en función de los impagos, creo que es improcedente ya que está ejecutando la sentencia. El procedimiento penal, además, seguramente le tarde más pues primero ha de conseguir la condena y luego, ejecutarla.
Y piense que un padre en la cárcel, no paga ninguna pensión. En cualquier caso, debería consultar el tema con su abogado, para que le informe en qué estado se encuentra el procedimiento pues un año para una ejecución, habiendo donde ejecutar, es excesivo.
Un saludo.
30/11/2010 16:44
Gracias, Nuria. El abogado sin noticias, al Procurador tampoco le llegan, hemos preguntado en el juzgado y lo encuentran "normal" por que hay mucho atraso. Para mi lo de la cárcel es lo último, esto ya es por desesperación, tengo la sensación continua de que me toman el pelo. Supongo que será porque quien no tiene una nómina evidente (es su caso) y aunque la realidad sea otra y en la práctica eso se sabe y se ve, se supone que no puede pagar porque podrá "demostrar" la falta de ingresos y propiedades. Tendré que olvidarme entonces.
30/11/2010 18:48
El problema de la economía sumergida es conseguir cobrar las cantidades cuando hay impagos porque suele haber apariencias externas que indican la existencia de ingresos, pero no suele haber bienes contra los que ejecutar, pero no sólo en pensiones de alimentos, también en otras reclamaciones. En cualquier caso, Ana, comente con su abogado en función de los impagos, si procedería interponer la denuncia vía penal.
Es un problema de difícil solución y hay que evaluarlo en su caso concreto pues no olvide que no sólo pueden embargarse bienes, también derechos.
Un saludo.
30/11/2010 19:01
Perdón por meterme, pero qué significa que se puedan embargar derechos?
30/11/2010 20:17
Que por poner un ejemplo, se puede embargar un derecho de cobro que Vd. tenga, de manera que Vd. no lo cobra y si quien insta el embargo cuando sea el momento de que quien tiene la obligación de pago, pague.
Un saludo.