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Demanda de desaucio

2 Comentarios
 
Demanda de desaucio
06/05/2003 17:02
Tengo un local comercial alquilado desde marzo 2002. El arrendatario no me paga la mensualidad desde el mes de Diciembre 2002 hasta hoy. Le puse una demanda y dia de la celebración del juicio, solicitó abogado y procurador de oficio por no poder costearse uno propio. La situación es desesperante porque este señor esta dilatando el proceso deliberadamente. Ahora tengo que esperar a que le asignen un abogado y un procuardor y me han dicho que tardaran uno dos meses. Cuando se celebre el nuevo juicio, ¿Tendrán en cuenta esta circunstancia?. ¿Cuanto puede pasar hastar echarle?
09/05/2003 05:08
Siento confirmarte que constitucionalmente tiene derecho a dicha defensa. Ahora bien, dile a tu Abogado que a través del Procurador controle si en efecto el contrario está cumplimentando los trámites (ello se sabe consultando en el Colegio de Abogados y Procuradores). En caso de dejadez, presentar escrito en el Juzgado para que requieran a dichos Colegios e informen.
14/05/2003 19:26
quiero comentarte que cuando le notifican al arrendatario (demandado) la interposición de la demanda de desahucio, al igual que ocurre en el auto de admisión de la demanda, se le concede un plazo de tres días desde la notificación, para que manifieste si va a ir asistido de Abogado, o solicita que se le designe del turno de oficio, por ello tal y como has manifestado quizás ese plazo no lo hubieran tenido en cuenta. (no recuerdo que artículo es de la Ley de Enjuiciamiento Civil)
Demanda de desaucio | PorticoLegal
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Demanda de desaucio
06/05/2003 17:02
Tengo un local comercial alquilado desde marzo 2002. El arrendatario no me paga la mensualidad desde el mes de Diciembre 2002 hasta hoy. Le puse una demanda y dia de la celebración del juicio, solicitó abogado y procurador de oficio por no poder costearse uno propio. La situación es desesperante porque este señor esta dilatando el proceso deliberadamente. Ahora tengo que esperar a que le asignen un abogado y un procuardor y me han dicho que tardaran uno dos meses. Cuando se celebre el nuevo juicio, ¿Tendrán en cuenta esta circunstancia?. ¿Cuanto puede pasar hastar echarle?
09/05/2003 05:08
Siento confirmarte que constitucionalmente tiene derecho a dicha defensa. Ahora bien, dile a tu Abogado que a través del Procurador controle si en efecto el contrario está cumplimentando los trámites (ello se sabe consultando en el Colegio de Abogados y Procuradores). En caso de dejadez, presentar escrito en el Juzgado para que requieran a dichos Colegios e informen.
14/05/2003 19:26
quiero comentarte que cuando le notifican al arrendatario (demandado) la interposición de la demanda de desahucio, al igual que ocurre en el auto de admisión de la demanda, se le concede un plazo de tres días desde la notificación, para que manifieste si va a ir asistido de Abogado, o solicita que se le designe del turno de oficio, por ello tal y como has manifestado quizás ese plazo no lo hubieran tenido en cuenta. (no recuerdo que artículo es de la Ley de Enjuiciamiento Civil)