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Demanda solidaria

1 Comentarios
 
Demanda solidaria
16/07/2020 14:25
Saludos:

Por favor quería preguntar en caso de demanda solidaria, (a varios demandados en una sola demanda) como se calcularían las costas.

Se multiplican por cada uno de los demandados?

Pueden ser condenados a costas en parte, o quien sea condenado correrá con todo?

Hay un baremo o norma que se pueda consultar para hacerse una idea de cuánto sería el montante?

Hay un máximo?

Muchas gracias...
16/07/2020 15:45
Mariyomisma
El juez es quien tiene que señalar con todas las letras que la condena, caso de haberla, es solidaria. Si no lo dice, hay que ejecutarla mancomunadamente, es decir, que cada condenado responde de la cantidad, en general alícuota, que resulte de fragmentar las costas. Como quiera que se trata de justicia rogada, el abogado ha de poner en el suplico que tal y cual personas sean condenadas solidariamente al pago de lo que se pide y de las costas en caso de vencimiento. Las costas no se calculan sobre parámetros personales, sino sobre el interés económico del pleito, que es una magnitud objetiva. De esta forma, resulta irrelevante cuántos de los condemandados resulten condenados y cuantos absueltos, porque la cantidad por la que lo resulten es lo que determinará cuánto tienen que pagar.
Demanda solidaria | PorticoLegal
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Demanda solidaria
16/07/2020 14:25
Saludos:

Por favor quería preguntar en caso de demanda solidaria, (a varios demandados en una sola demanda) como se calcularían las costas.

Se multiplican por cada uno de los demandados?

Pueden ser condenados a costas en parte, o quien sea condenado correrá con todo?

Hay un baremo o norma que se pueda consultar para hacerse una idea de cuánto sería el montante?

Hay un máximo?

Muchas gracias...
16/07/2020 15:45
Mariyomisma
El juez es quien tiene que señalar con todas las letras que la condena, caso de haberla, es solidaria. Si no lo dice, hay que ejecutarla mancomunadamente, es decir, que cada condenado responde de la cantidad, en general alícuota, que resulte de fragmentar las costas. Como quiera que se trata de justicia rogada, el abogado ha de poner en el suplico que tal y cual personas sean condenadas solidariamente al pago de lo que se pide y de las costas en caso de vencimiento. Las costas no se calculan sobre parámetros personales, sino sobre el interés económico del pleito, que es una magnitud objetiva. De esta forma, resulta irrelevante cuántos de los condemandados resulten condenados y cuantos absueltos, porque la cantidad por la que lo resulten es lo que determinará cuánto tienen que pagar.