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Demandar el colegio de abogados por vulneración del derecho a la asistencia juridica

4 Comentarios
 
Demandar el colegio de abogados por vulneración del derecho a la asistencia juridica
02/09/2020 15:53
Tengo derecho a recibir la asistencia jurídica gratuita por falta de recursos económicos.

En relación con el caso, contra una entidad pública de Cataluña, los abogados del colegio de Abogados que presta el servicio de Orientación jurídica se ha negado continuamente la prestación del servicio a dar mi una orientación jurídica sobre el caso, a mirar y evaluar las amplias pruebas documentarías obtenidos, a dar mi una copia de la grabación del juicio celebrado y a responder a las preguntas que he enviado a los varios abogados designados sobre el servicio, sobre irregularidades en el juicio, sobre la sentencia, y sobre el caso en general.

He tenido que cambiar el abogado 3 veces, por medio de reclamaciones ante el colegio, ante todo lo anterior y últimamente he recibido una resolución desestimando una reclamación que presenté ante el colegio por todo el anterior y comunicándome la 'insostenibilidad de la pretensión'.

Aunque no dice nada sobre recursos en la resolución, supongo que esto significa que no me van a designar otro abogado, pero lo que es evidente que el Colegio de Abogados de Barcelona no tiene ninguna intención de prestar el servicio.

Pues agradecería cualquiera información sobre como seguir con el caso y como presentar una demanda (reclamación por responsabilidad patrimonial?) contra el Colegio de Abogados en cuestión.

Que alternativas existen para los ciudadanos en estas circunstancias? Es posible solicitar los servicios de otro colegio de abogados, quizás de otra comunidad, o recibir la asistencia jurídica gratuita de un abogado sin pasar por el colegio de abogados que lleva el servicio aquí?
13/11/2020 09:05
Tritan
Cuando tengas la respuesta avísame.
Si te explicara lo que estoy viviendo por culpa del colegio de abogados....tapan las malas gestiones que hacen los abogados. Aún teniendo las pruebas.
En mi caso por ejemplo, víctima de violencia de género, me dan abogada de oficio, me denegaron la orden, la abogada no me dijo que se podía recurrir, y no lo recurrió, lo pongo en conocimiento al colegio de abogados, y contestan a todo menos a lo que es demandable , la abogada se defiende con esto que dice el colegio que ha hecho bien las cosas, me dan abogado de oficio para demandarle a la qué no recurrió, hace mal la demanda este último abogado y pide una cantidad de dinero que yo no he pedido, y ahora me encuentro que sino aceptan desestimiento me pueden imponer las costas por mala fe.
En definitiva, yo he sido la víctima de todo y ahora depende de lo que diga el juez tendré que pagar mucho dinero en costas. Teniendo discapacidad muy alta, incapacidad y baja pensión
Y por supuesto, habiéndome quitado cel derecho a recurrir la denegación de la orden de alejamiento y siendo acosada por mi agresor.
13/11/2020 22:57
Superviviente: la condición de beneficiario de justicia gratuita, que si no he entendido mal es su caso, conlleva que aunque recaiga condena en costas no deberá pagarlas, salvo que en el plazo de tres años viniere usted a mejor fortuna. Artículo 36.2 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita.

En cuanto a la pregunta de Tritán, es evidente que para demandar al Colegio de Abogados necesita un abogado, y que si éste ha de ser de oficio debe designarlo... el propio Colegio a demandar. Le recomiendo que indague si en Barcelona hay abogados que trabajen "pro bono" (es decir, sin cobrar a quienes no pueden pagar).

Si introduce en cualquier buscador las palabras "abogado pro bono Barcelona" obtendrá varios resultados. Otra cosa será que acepten llevar su asunto, si lo estudian puede que lleguen a la misma conclusión que ya le han comunicado, que la pretensión es insostenible.
13/11/2020 23:04
Hoplon
La otra parte, pide que se me impongan las costas por mala fe. Me parece increíble lo que me está pasando
14/11/2020 19:51
No debe usted preocuparse, el contrario suele pedir que se impongan las costas al otro.

Pero incluso si recayese una condena en costas, y fueran tasadas, éstas no se ejecutarán, tal como le he expuesto anteriormente.
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Demandar el colegio de abogados por vulneración del derecho a la asistencia juridica
02/09/2020 15:53
Tengo derecho a recibir la asistencia jurídica gratuita por falta de recursos económicos.

En relación con el caso, contra una entidad pública de Cataluña, los abogados del colegio de Abogados que presta el servicio de Orientación jurídica se ha negado continuamente la prestación del servicio a dar mi una orientación jurídica sobre el caso, a mirar y evaluar las amplias pruebas documentarías obtenidos, a dar mi una copia de la grabación del juicio celebrado y a responder a las preguntas que he enviado a los varios abogados designados sobre el servicio, sobre irregularidades en el juicio, sobre la sentencia, y sobre el caso en general.

He tenido que cambiar el abogado 3 veces, por medio de reclamaciones ante el colegio, ante todo lo anterior y últimamente he recibido una resolución desestimando una reclamación que presenté ante el colegio por todo el anterior y comunicándome la 'insostenibilidad de la pretensión'.

Aunque no dice nada sobre recursos en la resolución, supongo que esto significa que no me van a designar otro abogado, pero lo que es evidente que el Colegio de Abogados de Barcelona no tiene ninguna intención de prestar el servicio.

Pues agradecería cualquiera información sobre como seguir con el caso y como presentar una demanda (reclamación por responsabilidad patrimonial?) contra el Colegio de Abogados en cuestión.

Que alternativas existen para los ciudadanos en estas circunstancias? Es posible solicitar los servicios de otro colegio de abogados, quizás de otra comunidad, o recibir la asistencia jurídica gratuita de un abogado sin pasar por el colegio de abogados que lleva el servicio aquí?
13/11/2020 09:05
Tritan
Cuando tengas la respuesta avísame.
Si te explicara lo que estoy viviendo por culpa del colegio de abogados....tapan las malas gestiones que hacen los abogados. Aún teniendo las pruebas.
En mi caso por ejemplo, víctima de violencia de género, me dan abogada de oficio, me denegaron la orden, la abogada no me dijo que se podía recurrir, y no lo recurrió, lo pongo en conocimiento al colegio de abogados, y contestan a todo menos a lo que es demandable , la abogada se defiende con esto que dice el colegio que ha hecho bien las cosas, me dan abogado de oficio para demandarle a la qué no recurrió, hace mal la demanda este último abogado y pide una cantidad de dinero que yo no he pedido, y ahora me encuentro que sino aceptan desestimiento me pueden imponer las costas por mala fe.
En definitiva, yo he sido la víctima de todo y ahora depende de lo que diga el juez tendré que pagar mucho dinero en costas. Teniendo discapacidad muy alta, incapacidad y baja pensión
Y por supuesto, habiéndome quitado cel derecho a recurrir la denegación de la orden de alejamiento y siendo acosada por mi agresor.
13/11/2020 22:57
Superviviente: la condición de beneficiario de justicia gratuita, que si no he entendido mal es su caso, conlleva que aunque recaiga condena en costas no deberá pagarlas, salvo que en el plazo de tres años viniere usted a mejor fortuna. Artículo 36.2 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita.

En cuanto a la pregunta de Tritán, es evidente que para demandar al Colegio de Abogados necesita un abogado, y que si éste ha de ser de oficio debe designarlo... el propio Colegio a demandar. Le recomiendo que indague si en Barcelona hay abogados que trabajen "pro bono" (es decir, sin cobrar a quienes no pueden pagar).

Si introduce en cualquier buscador las palabras "abogado pro bono Barcelona" obtendrá varios resultados. Otra cosa será que acepten llevar su asunto, si lo estudian puede que lleguen a la misma conclusión que ya le han comunicado, que la pretensión es insostenible.
13/11/2020 23:04
Hoplon
La otra parte, pide que se me impongan las costas por mala fe. Me parece increíble lo que me está pasando
14/11/2020 19:51
No debe usted preocuparse, el contrario suele pedir que se impongan las costas al otro.

Pero incluso si recayese una condena en costas, y fueran tasadas, éstas no se ejecutarán, tal como le he expuesto anteriormente.