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Denegación de pareja de hecho

4 Comentarios
 
Denegación de pareja de hecho
15/10/2020 23:40
Hola.
Mi novio es norteamericano y hemos iniciado una solicitud de pareja de hecho en Alicante. Nos han requerido un documento que no existe en USA. Se trata del estado de fe de la persona. Allí no existe un registro estatal y todo lo que nos puede proporcionar la embajada es una declaración jurada. El problema es que han estado pidiendo un documento ("apostilla") que tramita una empresa privada a nivel estatal (por Estados, quiero decir) , sin ninguna validez legal (porque puedes estar soltero en un estado y casado en otro) que vale un dineral y que no nos va a llegar a tiempo para el requerimiento.

El caso es que hemos alegado todo esto bien argumentado, respetuosamente y hemos adjuntado una carta de un agente de la embajada de USA en Valencia que se mando en 2015 para un caso similar en el registro civil de Valencia. Mandando eso allí se solucionó.

Todavía no nos han denegado la petición pero temo que lo hagan y me pregunto qué pasaría después. Qué implica que rechacen el trámite? Podemos recurrir y empezar de nuevo el proceso? No sabemos qué hacer.

Gracias
16/10/2020 12:28
Fasasal
Hola:

1.- En Estados Unidos, en efecto, todo lo relativo al estado civil de las personas es competencia de los Estados, no federal. Y las embajadas y consulados son órganos federales, de modo que no es materia de su competencia certificar el estado civil de las personas. Sin embargo, sí expiden un documento en el que la persona declara ante el funcionario consular y bajo su responsabilidad cuál es su estado civil. El funcionario actúa solo como fedatario de la declaración responsable de la persona. Es el llamado "affidavit", cuyo uso en los Estados Unidos es bastante corriente, extendido y aceptado, pues también se debe tener en cuenta que es una cultura jurídica diferente, en la que la falsedad en este tipo de declaraciones es severamente sancionada.

2.- Los documentos expedidos en España por los consulados extranjeros acreditados en España, para poder ser utilizados en España requieren la legalización de la Sección de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores de España (Madrid).

La Apostilla de La Haya solo se le puede colocar a los documentos expedidos EN EL TERRITORIO DEL PAÍS que los expide y cada Estado contratante de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961 determina la autoridad competente para colocar la Apostilla. Pero los documentos consulares, esto es, los documentos expedidos por los consulados de cada Estado acreditados en el territorio de otro Estado y ante las autoridades de ese Estado, están expresamente excluidas de la colocación de la Apostilla de La Haya. Por eso, aquí en España, para documentos consulares que no sean expedidos por consulados de otros Estados parte de la Unión Europea o de Estados parte del Convenio de Londres del Consejo de Europa, se les requiere la legalización del Ministerio de Asuntos Exteriores de España.

3.- Normalmente, se suele aceptar el affidavit firmado por personas estadounidenses ante el consulado de Estados Unidos acreditado en España, debidamente legalizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores de España. Incluso para matrimonios, los encargados del Registro Civil lo aceptan.

4.- En el caso de que se denegara la inscripción en el Registro de Parejas Estables, la resolución denegatoria debe indicar el recurso que sea procedente y el plazo para interponerlo.

Un cordial saludo.
16/10/2020 16:39
Condedecartagena
Muchas gracias! Hicimos todo tal cual lo comentas. Tenemos el affidavit validado por el Ministerio de exteriores y aún así nos piden un documento que no tiene ninguna validez legal. Sí, ese documento existe, pero es a nivel estatal y no nacional. Puedese estar casado en Nebraska y pedirlo en Virginia, donde estás soltero. Un documento que no hace falta en Valencia, ni en Madrid. Pero nos ha tocado a nosotros.
Nos enviaron una notificación vía telemática (Carpeta ciudadana https://www.tramita.gva.es/) y no sabíamos ni cómo teníamos que recurrir o contestar. Tuvimos que mandar un email a un correo genérico. Ni siquiera sabemos el plazo que tenemos. En la notificación ponía 10 días hábiles a contar desde el 6/10 , pero nadie nos contesta al correo y no se pueden subir documentos por ningún sitio...
16/10/2020 19:15
Fasasal
Hola:

Si tiene el documento y han tramitado el procedimiento con certificado digital, la aportación del documento requerido puede hacerse a través de la Sede Electrónica de la Generalitat Valenciana, que es la que tiene a su cargo el Registro de Parejas Estables autonómico, pero necesitará tener certificado digital.

Si no tiene certificado digital y no puede acercarse personalmente, puede enviar el documento a través del servicio ORVE de CORREOS.

Un cordial saludo.
16/10/2020 22:29
Condedecartagena
Gracias! Tengo esa plataforma (el trámite de hecho, lo iniciamos así, online) y no hay manera de adjuntarlo al trámite iniciado para unión de hecho. Solo podría iniciar otro trámite, pero eso no tiene ningun sentido porque como van a saber que he subido ese papel relacionado con esa solicitud aunque adjunte el número de expediente? es una solicitud independiente y no saben si esta relacionada, pasará a una cola ... De hecho, ya bajamos a una oficina prop y la adjuntamos y no hemos tenido noticias, aunque aparece como otro trámite en mi "carpeta ciudadana".

En fin, poco más que preguntar. Solo una ultima cosa. ¿Sabe alguien que pasa si nos la deniegan? Podemos iniciar el trámite de nuevo?

Gracias de nuevo
Denegación de pareja de hecho | PorticoLegal
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Denegación de pareja de hecho
15/10/2020 23:40
Hola.
Mi novio es norteamericano y hemos iniciado una solicitud de pareja de hecho en Alicante. Nos han requerido un documento que no existe en USA. Se trata del estado de fe de la persona. Allí no existe un registro estatal y todo lo que nos puede proporcionar la embajada es una declaración jurada. El problema es que han estado pidiendo un documento ("apostilla") que tramita una empresa privada a nivel estatal (por Estados, quiero decir) , sin ninguna validez legal (porque puedes estar soltero en un estado y casado en otro) que vale un dineral y que no nos va a llegar a tiempo para el requerimiento.

El caso es que hemos alegado todo esto bien argumentado, respetuosamente y hemos adjuntado una carta de un agente de la embajada de USA en Valencia que se mando en 2015 para un caso similar en el registro civil de Valencia. Mandando eso allí se solucionó.

Todavía no nos han denegado la petición pero temo que lo hagan y me pregunto qué pasaría después. Qué implica que rechacen el trámite? Podemos recurrir y empezar de nuevo el proceso? No sabemos qué hacer.

Gracias
16/10/2020 12:28
Fasasal
Hola:

1.- En Estados Unidos, en efecto, todo lo relativo al estado civil de las personas es competencia de los Estados, no federal. Y las embajadas y consulados son órganos federales, de modo que no es materia de su competencia certificar el estado civil de las personas. Sin embargo, sí expiden un documento en el que la persona declara ante el funcionario consular y bajo su responsabilidad cuál es su estado civil. El funcionario actúa solo como fedatario de la declaración responsable de la persona. Es el llamado "affidavit", cuyo uso en los Estados Unidos es bastante corriente, extendido y aceptado, pues también se debe tener en cuenta que es una cultura jurídica diferente, en la que la falsedad en este tipo de declaraciones es severamente sancionada.

2.- Los documentos expedidos en España por los consulados extranjeros acreditados en España, para poder ser utilizados en España requieren la legalización de la Sección de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores de España (Madrid).

La Apostilla de La Haya solo se le puede colocar a los documentos expedidos EN EL TERRITORIO DEL PAÍS que los expide y cada Estado contratante de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961 determina la autoridad competente para colocar la Apostilla. Pero los documentos consulares, esto es, los documentos expedidos por los consulados de cada Estado acreditados en el territorio de otro Estado y ante las autoridades de ese Estado, están expresamente excluidas de la colocación de la Apostilla de La Haya. Por eso, aquí en España, para documentos consulares que no sean expedidos por consulados de otros Estados parte de la Unión Europea o de Estados parte del Convenio de Londres del Consejo de Europa, se les requiere la legalización del Ministerio de Asuntos Exteriores de España.

3.- Normalmente, se suele aceptar el affidavit firmado por personas estadounidenses ante el consulado de Estados Unidos acreditado en España, debidamente legalizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores de España. Incluso para matrimonios, los encargados del Registro Civil lo aceptan.

4.- En el caso de que se denegara la inscripción en el Registro de Parejas Estables, la resolución denegatoria debe indicar el recurso que sea procedente y el plazo para interponerlo.

Un cordial saludo.
16/10/2020 16:39
Condedecartagena
Muchas gracias! Hicimos todo tal cual lo comentas. Tenemos el affidavit validado por el Ministerio de exteriores y aún así nos piden un documento que no tiene ninguna validez legal. Sí, ese documento existe, pero es a nivel estatal y no nacional. Puedese estar casado en Nebraska y pedirlo en Virginia, donde estás soltero. Un documento que no hace falta en Valencia, ni en Madrid. Pero nos ha tocado a nosotros.
Nos enviaron una notificación vía telemática (Carpeta ciudadana https://www.tramita.gva.es/) y no sabíamos ni cómo teníamos que recurrir o contestar. Tuvimos que mandar un email a un correo genérico. Ni siquiera sabemos el plazo que tenemos. En la notificación ponía 10 días hábiles a contar desde el 6/10 , pero nadie nos contesta al correo y no se pueden subir documentos por ningún sitio...
16/10/2020 19:15
Fasasal
Hola:

Si tiene el documento y han tramitado el procedimiento con certificado digital, la aportación del documento requerido puede hacerse a través de la Sede Electrónica de la Generalitat Valenciana, que es la que tiene a su cargo el Registro de Parejas Estables autonómico, pero necesitará tener certificado digital.

Si no tiene certificado digital y no puede acercarse personalmente, puede enviar el documento a través del servicio ORVE de CORREOS.

Un cordial saludo.
16/10/2020 22:29
Condedecartagena
Gracias! Tengo esa plataforma (el trámite de hecho, lo iniciamos así, online) y no hay manera de adjuntarlo al trámite iniciado para unión de hecho. Solo podría iniciar otro trámite, pero eso no tiene ningun sentido porque como van a saber que he subido ese papel relacionado con esa solicitud aunque adjunte el número de expediente? es una solicitud independiente y no saben si esta relacionada, pasará a una cola ... De hecho, ya bajamos a una oficina prop y la adjuntamos y no hemos tenido noticias, aunque aparece como otro trámite en mi "carpeta ciudadana".

En fin, poco más que preguntar. Solo una ultima cosa. ¿Sabe alguien que pasa si nos la deniegan? Podemos iniciar el trámite de nuevo?

Gracias de nuevo