Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Denegación de un giro desde prisión

3 Comentarios
 
Denegación de un giro desde prisión
28/06/2014 16:55
Mi cuñado, que está en prisión, de vez en cuando nos enviaba giros para ayudarnos económicamente a su hermano y a mi, pues nos hemos quedado en paro y pocas veces nos llega para pagar las facturas. Mi cuñado tiene un trabajo dentro de la cárcel y cobra por ello todos los meses. El caso es que el director de la prisión le ha prohibido mandarnos giros, y me gustaría saber hasta que punto esto es legal. Es su dinero, trabajado por él, y no somos cualquiera de la calle, somos su familia. ¿Hasta que punto tiene potestad un director de prisión para prohibir esto a un preso? Espero respuestas y muchísimas gracias de antemano.
29/06/2014 09:07
Hola,
Esto a mi nunca lo había visto. Te aconsejo que busqueis dentro del centro penitenciario la explicación oficial. SI no existe o no os dan ninguna, siempre podeis presentar un escrito en los Servicios Centrales Penitenciario, que decidirán como órgano superior jerárquico del Centro Penitenciario

Pero imagino que obtendreis una respuesta más rápida si directamente le preguntais a los profesionales que están dentro del centro, cualquier funcionario que trabaje con tu cuñado diariamente en su tratamiento podrá darle una respuesta.
29/06/2014 17:45
Hola de nuevo, muchas gracias por contestar tan rápido. La explicación que dan desde prisión es que utiliza ese dinero para que nosotros le paguemos la droga (cosa que es imposible porque no sale de permiso y solo hablamos con él mediante comunicaciones, nunca en vis a vis.) Cabe decir que no tienen indicio alguno para afirmar tal cosa, lo ha decidido por su mano mayor.
29/06/2014 18:30
Pues recurrir esa decision, solicitando que le permitan hacer los giros. Y aportar documentacion de la necesidad que teneis de recibir ese dinero.
Certificados de seguridad social, sobre vuestra situacion laboral. Libro de familia y padron, para acreditar la gente que vive y depende de ese dinero.
Al no trner ingresos necesitareis un abogado, peto podeis solicitar beneficiaros de la justicia gratuita. Acudir al colegio de abogados y os explicaran como conseguir uno.
Saludos
Denegación de un giro desde prisión | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Denegación de un giro desde prisión

3 Comentarios
 
Denegación de un giro desde prisión
28/06/2014 16:55
Mi cuñado, que está en prisión, de vez en cuando nos enviaba giros para ayudarnos económicamente a su hermano y a mi, pues nos hemos quedado en paro y pocas veces nos llega para pagar las facturas. Mi cuñado tiene un trabajo dentro de la cárcel y cobra por ello todos los meses. El caso es que el director de la prisión le ha prohibido mandarnos giros, y me gustaría saber hasta que punto esto es legal. Es su dinero, trabajado por él, y no somos cualquiera de la calle, somos su familia. ¿Hasta que punto tiene potestad un director de prisión para prohibir esto a un preso? Espero respuestas y muchísimas gracias de antemano.
29/06/2014 09:07
Hola,
Esto a mi nunca lo había visto. Te aconsejo que busqueis dentro del centro penitenciario la explicación oficial. SI no existe o no os dan ninguna, siempre podeis presentar un escrito en los Servicios Centrales Penitenciario, que decidirán como órgano superior jerárquico del Centro Penitenciario

Pero imagino que obtendreis una respuesta más rápida si directamente le preguntais a los profesionales que están dentro del centro, cualquier funcionario que trabaje con tu cuñado diariamente en su tratamiento podrá darle una respuesta.
29/06/2014 17:45
Hola de nuevo, muchas gracias por contestar tan rápido. La explicación que dan desde prisión es que utiliza ese dinero para que nosotros le paguemos la droga (cosa que es imposible porque no sale de permiso y solo hablamos con él mediante comunicaciones, nunca en vis a vis.) Cabe decir que no tienen indicio alguno para afirmar tal cosa, lo ha decidido por su mano mayor.
29/06/2014 18:30
Pues recurrir esa decision, solicitando que le permitan hacer los giros. Y aportar documentacion de la necesidad que teneis de recibir ese dinero.
Certificados de seguridad social, sobre vuestra situacion laboral. Libro de familia y padron, para acreditar la gente que vive y depende de ese dinero.
Al no trner ingresos necesitareis un abogado, peto podeis solicitar beneficiaros de la justicia gratuita. Acudir al colegio de abogados y os explicaran como conseguir uno.
Saludos