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Denegacion por fraude de ley

2 Comentarios
 
Denegacion por fraude de ley
26/05/2009 15:39
Hola,

En Noviembre llegue a España, desde el Reino Unido y se me concedió una prestación de desempleo con lo trabajado anteriormente en España. Me comunicaron que necesitaría el E301 para poder añadir la temporada trabajada en el Reino Unido a mi expediente en España.

En Enero, se me terminaron las prestaciones y se me comunico que para poder utilizar las cotizaciones del Reino Unido, debería, trabajar de nuevo en España, si especificar un periodo tiempo en concreto.

En mayo, después de pasar 5 meses buscando empleo, se me contrato como extra de cocina de fin de semana, en total 2 días.

A la semana me di de alta en las oficinas del INEM. La resolución fue denegada a los 4 días como fraude de ley. La razón fue no haber trabajado solo 2 días para cobrar las prestaciones.

Yo ocupe un puesto de trabajo legal. Anteriormente he trabajado mucho de extra de cocina, es más, es mi profesión. Estoy dado de alta en agencias, pero no me llaman.

¿Cómo se puede considerar esto como fraude de ley?

El requisitos para cobrar la prestación de desempleo de nivel contributivo, es ocupar un puesto de trabajo en España tras el retorno. Y no piden más.

¿Entonces como es que se me ha sido denegada?

Muchas Gracias.
26/05/2009 17:15
Pues porque consideran que los dos días que has trabajado han sido para poder optar el paro.

Dale las gracias a la cantidad de gente que ha utilizado eso para defraudar, ahora el INEM suele denegarlo y, para poder optar el paro, deberías recurrir y, una vez te lo vuelvan a denegar (que lo harán) ir a un contencioso-administrativo.
26/05/2009 18:24
TN dijo: "y, una vez te lo vuelvan a denegar (que lo harán)"

Bueno TN, con la reclamación previa hay de todo. fifty-fifty por lo que yo he visto. Se suele a veces dar parte a inspección de trabajo para que emita un informe.
Denegacion por fraude de ley | PorticoLegal
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Denegacion por fraude de ley

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Denegacion por fraude de ley
26/05/2009 15:39
Hola,

En Noviembre llegue a España, desde el Reino Unido y se me concedió una prestación de desempleo con lo trabajado anteriormente en España. Me comunicaron que necesitaría el E301 para poder añadir la temporada trabajada en el Reino Unido a mi expediente en España.

En Enero, se me terminaron las prestaciones y se me comunico que para poder utilizar las cotizaciones del Reino Unido, debería, trabajar de nuevo en España, si especificar un periodo tiempo en concreto.

En mayo, después de pasar 5 meses buscando empleo, se me contrato como extra de cocina de fin de semana, en total 2 días.

A la semana me di de alta en las oficinas del INEM. La resolución fue denegada a los 4 días como fraude de ley. La razón fue no haber trabajado solo 2 días para cobrar las prestaciones.

Yo ocupe un puesto de trabajo legal. Anteriormente he trabajado mucho de extra de cocina, es más, es mi profesión. Estoy dado de alta en agencias, pero no me llaman.

¿Cómo se puede considerar esto como fraude de ley?

El requisitos para cobrar la prestación de desempleo de nivel contributivo, es ocupar un puesto de trabajo en España tras el retorno. Y no piden más.

¿Entonces como es que se me ha sido denegada?

Muchas Gracias.
26/05/2009 17:15
Pues porque consideran que los dos días que has trabajado han sido para poder optar el paro.

Dale las gracias a la cantidad de gente que ha utilizado eso para defraudar, ahora el INEM suele denegarlo y, para poder optar el paro, deberías recurrir y, una vez te lo vuelvan a denegar (que lo harán) ir a un contencioso-administrativo.
26/05/2009 18:24
TN dijo: "y, una vez te lo vuelvan a denegar (que lo harán)"

Bueno TN, con la reclamación previa hay de todo. fifty-fifty por lo que yo he visto. Se suele a veces dar parte a inspección de trabajo para que emita un informe.