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denuncia contra vehículo desconocido

6 Comentarios
 
Denuncia contra vehículo desconocido
22/06/2012 11:57
Hola. Es la primera vez que tengo que formular, una denuncia, contra un vehículo fugado. Tengo testigos que acreditarán que el vehículo se fugó, sin poder alcanzar a ver la matrícula, por lo que no habrá problemas para que el Consrocio responda civilmente. Pero, mi duda es cómo formular la denuncia, contra un vehículo y conductor, de los que no tengo datos. ¿Puedo formularla sin más, indicando que el vehículo se dió a la fuga?
22/06/2012 19:46
Creo que lo tienes mal. El consorcio se hace cargo cuando hay un contrario insolvente, no cuando éste es desconocido.
Salvo mejor opinión.
22/06/2012 20:20
De acuerdo con Kapitán, no creo que el consorcio cubra ese riesgo.
Imagínate lo fácil que sería para cualquiera que se encuentra su coche golpeado, presentar un par de testigos de como vieron el golpe pero no pudieron coger la matrícula...
El consorcio cubriría, por ejemplo, los daños ocasionados por un coche robado (siempre que se sepa que coche es), ya que su póliza no cubriría tal suceso.
25/06/2012 10:49
Buenos días
Se trata de uno de los supuestos de responsabilidad del Consorcio. Mirad el artículo 11 del Real Decreto legislativo 8/2004, en su apartado 1, que dice:
1.- Corresponde al Consorcio de Compensación de Seguros, dentro del ámbito territorial y hasta el límite cuantitativo del aseguramiento obligatorio:
• a) Indemnizar a quienes hubieran sufrido daños en sus personas, por siniestros ocurridos en España, en aquellos casos en que el vehículo causante sea desconocido.
No obstante, si como consecuencia de un accidente causado por un vehículo desconocido se hubieran derivado daños personales significativos, el Consorcio de Compensación de Seguros habrá de indemnizar también los eventuales daños en los bienes derivados del mismo accidente. En este último caso, podrá fijarse reglamentariamente una franquicia no superior a 500 euros.
Se considerarán daños personales significativos la muerte, la incapacidad permanente o la incapacidad temporal que requiera, al menos, una estancia hospitalaria superior a siete días.
25/06/2012 17:17
Luna, tú misma te das la respuesta:
Ha habido daños personales significativos? Entiendo que no, pues ya lo habrías comentado en tu primer escrito, por lo tanto no entran los daños materiales.
25/06/2012 17:48
Capitán, sí existen daños personales significativos, que son precisamente los de mi cliente. No represento a ningún perjudicado por daños materiales, por lo que me resulta indiferente si existen estos últimos. Existe numerosa jurisprudencia sobre responsabilidad del Consorcio en accidentes ocasionados por vehículos desconocidos, o que se han dado a la fuga. Sólo necesitaba una idea, o un formulario, para redactar esa denuncia sin identificación del causante, del responsable criminal del hecho. gracias de todas formas.
25/06/2012 18:18
En ese caso..., pero es que hasta ahora no habías hablado de lesiones y menos significativas, tan solo de un accidente con un vehículo fugado, por ello interpreté, veo que erróneamente, que sólo se habían producido daños materiales.
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Hola. Es la primera vez que tengo que formular, una denuncia, contra un vehículo fugado. Tengo testigos que acreditarán que el vehículo se fugó, sin poder alcanzar a ver la matrícula, por lo que no habrá problemas para que el Consrocio responda civilmente. Pero, mi duda es cómo formular la denuncia, contra un vehículo y conductor, de los que no tengo datos. ¿Puedo formularla sin más, indicando que el vehículo se dió a la fuga?
22/06/2012 19:46
Creo que lo tienes mal. El consorcio se hace cargo cuando hay un contrario insolvente, no cuando éste es desconocido.
Salvo mejor opinión.
22/06/2012 20:20
De acuerdo con Kapitán, no creo que el consorcio cubra ese riesgo.
Imagínate lo fácil que sería para cualquiera que se encuentra su coche golpeado, presentar un par de testigos de como vieron el golpe pero no pudieron coger la matrícula...
El consorcio cubriría, por ejemplo, los daños ocasionados por un coche robado (siempre que se sepa que coche es), ya que su póliza no cubriría tal suceso.
25/06/2012 10:49
Buenos días
Se trata de uno de los supuestos de responsabilidad del Consorcio. Mirad el artículo 11 del Real Decreto legislativo 8/2004, en su apartado 1, que dice:
1.- Corresponde al Consorcio de Compensación de Seguros, dentro del ámbito territorial y hasta el límite cuantitativo del aseguramiento obligatorio:
• a) Indemnizar a quienes hubieran sufrido daños en sus personas, por siniestros ocurridos en España, en aquellos casos en que el vehículo causante sea desconocido.
No obstante, si como consecuencia de un accidente causado por un vehículo desconocido se hubieran derivado daños personales significativos, el Consorcio de Compensación de Seguros habrá de indemnizar también los eventuales daños en los bienes derivados del mismo accidente. En este último caso, podrá fijarse reglamentariamente una franquicia no superior a 500 euros.
Se considerarán daños personales significativos la muerte, la incapacidad permanente o la incapacidad temporal que requiera, al menos, una estancia hospitalaria superior a siete días.
25/06/2012 17:17
Luna, tú misma te das la respuesta:
Ha habido daños personales significativos? Entiendo que no, pues ya lo habrías comentado en tu primer escrito, por lo tanto no entran los daños materiales.
25/06/2012 17:48
Capitán, sí existen daños personales significativos, que son precisamente los de mi cliente. No represento a ningún perjudicado por daños materiales, por lo que me resulta indiferente si existen estos últimos. Existe numerosa jurisprudencia sobre responsabilidad del Consorcio en accidentes ocasionados por vehículos desconocidos, o que se han dado a la fuga. Sólo necesitaba una idea, o un formulario, para redactar esa denuncia sin identificación del causante, del responsable criminal del hecho. gracias de todas formas.
25/06/2012 18:18
En ese caso..., pero es que hasta ahora no habías hablado de lesiones y menos significativas, tan solo de un accidente con un vehículo fugado, por ello interpreté, veo que erróneamente, que sólo se habían producido daños materiales.