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Denuncia por uso de mi finca sin mi consentimiento.

8 Comentarios
 
Denuncia por uso de mi finca sin mi consentimiento.
17/12/2019 23:02
No se si esta es la sección en la que tiene que ir mi consulta, si estoy metiendo la pata que me borren el mensaje

Tengo un terreno como huerta en una provincia y yo vivo a 500 km de ese terreno y me la estaba usando una persona y ahora no quiero que la use y le voy a mandar un burofax pero sospecho que aprovechando mi ausencia va a seguir usándola

Cuadno vaya quiero poner una camara de esas de caza, que tengo que hacer para qeu sea legal cuando vea que sigue usando la finca y lo denuncie? como hago para que quede demostrado qeu la usa después del burofax porque las imagenes no tienen fecha demostrable si lo denuncio podría decir que esas imagenes son de antes del aviso, supongo...

Llevar a algún vecino de testigo está descartado
18/12/2019 13:47
narcea
Es un asunto que requiere ser imaginativo, a ver qué aportan otros foreros:

Por mi parte se me ocurre que cuando vea usted en la cámara que están dentro de la finca, llame a la GC de la localidad y les diga que un tercero se ha introducido contra su voluntad en su terreno ¿está vallado?

Si llega la GC en le momento en el que esa persona esté dentro y levantan un atestado o hacen un informe, puede usted recurrir a dos vías: la civil, con acciones de la protección posesoria, o la penal, denunciando una usurpación.

Yo no soy penalista, pero entiendo que cabe usurpación de un inmueble que e sun terreno agrícola, pero en el foro de penal le podrán ampliar la información.
18/12/2019 15:35
narcea
El delito no distingue entre inmueble urbano o rústico, véase el artículo 245 del Código Penal:

1. Al que con violencia o intimidación en las personas ocupare una cosa inmueble o usurpare un derecho real inmobiliario de pertenencia ajena, se le impondrá, además de las penas en que incurriere por las violencias ejercidas, la pena de prisión de uno a dos años, que se fijará teniendo en cuenta la utilidad obtenida y el daño causado.

2. El que ocupare, sin autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituyan morada, o se mantuviere en ellos contra la voluntad de su titular, será castigado con la pena de multa de tres a seis meses.

Sin embargo, la vía penal a veces no es tan rápida como parece a priori, sobre todo si empiezan con recursos / abogados de oficio...
18/12/2019 16:03
narcea
Y si la guardia civil no va o tarda porque el cuartel más próximo está a 20 km o así? sería pillarlo de alguna manera y denunciarlo con pruebas aportadas por mi...

Si aporto la grabación de una camara y/o unas fotos de que está trabajada la finca y en las fotos sale un periódico con la fecha del día...¿
18/12/2019 22:02
narcea
Los medios de prueba en un juicio son varios, de hecho son muchos, tantos como pueda usted imaginar si sirven para demostrar lo que se dice.

En estos pleitos sobre tierras, es muy común la prueba testifical ¿de verdad no puede confiar en algún vecino, por qué no quieren?

Yo visto lo visto, me reitero. el informe de una patrulla de la GC es lo mejor: aunque tarden media hora en llegar, las faenas agrícolas suelen requerir un poco de tiempo.
19/12/2019 07:58
Hoplon
La GC no lo veo viable porque estoy a 400-500 km y un vecino..... no se meten a no ser que sea por alguna animadversión anterior que yo no se de ninguna...

Tendría que ser con la camara por eso pregunto
19/12/2019 08:20
narcea
A usted le da igual si ese señor ha invadido su finca antes o después del requerimiento, porque ese requerimiento no tiene más que el valor informativo de un apercibimiento, sin más. Su vecino sabe que ese predio no le pertenece y no puede ejercer acciones posesorias en el mismo sin permiso explícito del propietario. No se ponga usted trampas a sí mismo, referenciando toda la legalidad a un mero requerimiento de parte. Denuncie o demande a quien está usando su finca, aportando las grabaciones. Si luego la defensa del denunciado señala que no se puede saber la fecha de las grabaciones, no será porque a este le esté permitido allanar la propiedad ajena, sino para fijar la prescripción en su caso (lo cual no es nada fácil). Pero puede estar seguro de que no volverán a usar su finca.
20/12/2019 14:30
narcea
Entonces puedo denunciarlo con lo de la camara y sin hacer el ridículo?
20/12/2019 14:43
narcea
Denúncielo cuantas veces entre en su finca. Seguro que su vecino no niega que lo haya hecho. No se preocupe, no hará el ridículo sino todo lo contrario, porque lo que más se valora social e institucionalmente es que alguien se ocupe con diligencia de sus propios asuntos.
Denuncia por uso de mi finca sin mi consentimiento. | PorticoLegal
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Denuncia por uso de mi finca sin mi consentimiento.

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Denuncia por uso de mi finca sin mi consentimiento.
17/12/2019 23:02
No se si esta es la sección en la que tiene que ir mi consulta, si estoy metiendo la pata que me borren el mensaje

Tengo un terreno como huerta en una provincia y yo vivo a 500 km de ese terreno y me la estaba usando una persona y ahora no quiero que la use y le voy a mandar un burofax pero sospecho que aprovechando mi ausencia va a seguir usándola

Cuadno vaya quiero poner una camara de esas de caza, que tengo que hacer para qeu sea legal cuando vea que sigue usando la finca y lo denuncie? como hago para que quede demostrado qeu la usa después del burofax porque las imagenes no tienen fecha demostrable si lo denuncio podría decir que esas imagenes son de antes del aviso, supongo...

Llevar a algún vecino de testigo está descartado
18/12/2019 13:47
narcea
Es un asunto que requiere ser imaginativo, a ver qué aportan otros foreros:

Por mi parte se me ocurre que cuando vea usted en la cámara que están dentro de la finca, llame a la GC de la localidad y les diga que un tercero se ha introducido contra su voluntad en su terreno ¿está vallado?

Si llega la GC en le momento en el que esa persona esté dentro y levantan un atestado o hacen un informe, puede usted recurrir a dos vías: la civil, con acciones de la protección posesoria, o la penal, denunciando una usurpación.

Yo no soy penalista, pero entiendo que cabe usurpación de un inmueble que e sun terreno agrícola, pero en el foro de penal le podrán ampliar la información.
18/12/2019 15:35
narcea
El delito no distingue entre inmueble urbano o rústico, véase el artículo 245 del Código Penal:

1. Al que con violencia o intimidación en las personas ocupare una cosa inmueble o usurpare un derecho real inmobiliario de pertenencia ajena, se le impondrá, además de las penas en que incurriere por las violencias ejercidas, la pena de prisión de uno a dos años, que se fijará teniendo en cuenta la utilidad obtenida y el daño causado.

2. El que ocupare, sin autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituyan morada, o se mantuviere en ellos contra la voluntad de su titular, será castigado con la pena de multa de tres a seis meses.

Sin embargo, la vía penal a veces no es tan rápida como parece a priori, sobre todo si empiezan con recursos / abogados de oficio...
18/12/2019 16:03
narcea
Y si la guardia civil no va o tarda porque el cuartel más próximo está a 20 km o así? sería pillarlo de alguna manera y denunciarlo con pruebas aportadas por mi...

Si aporto la grabación de una camara y/o unas fotos de que está trabajada la finca y en las fotos sale un periódico con la fecha del día...¿
18/12/2019 22:02
narcea
Los medios de prueba en un juicio son varios, de hecho son muchos, tantos como pueda usted imaginar si sirven para demostrar lo que se dice.

En estos pleitos sobre tierras, es muy común la prueba testifical ¿de verdad no puede confiar en algún vecino, por qué no quieren?

Yo visto lo visto, me reitero. el informe de una patrulla de la GC es lo mejor: aunque tarden media hora en llegar, las faenas agrícolas suelen requerir un poco de tiempo.
19/12/2019 07:58
Hoplon
La GC no lo veo viable porque estoy a 400-500 km y un vecino..... no se meten a no ser que sea por alguna animadversión anterior que yo no se de ninguna...

Tendría que ser con la camara por eso pregunto
19/12/2019 08:20
narcea
A usted le da igual si ese señor ha invadido su finca antes o después del requerimiento, porque ese requerimiento no tiene más que el valor informativo de un apercibimiento, sin más. Su vecino sabe que ese predio no le pertenece y no puede ejercer acciones posesorias en el mismo sin permiso explícito del propietario. No se ponga usted trampas a sí mismo, referenciando toda la legalidad a un mero requerimiento de parte. Denuncie o demande a quien está usando su finca, aportando las grabaciones. Si luego la defensa del denunciado señala que no se puede saber la fecha de las grabaciones, no será porque a este le esté permitido allanar la propiedad ajena, sino para fijar la prescripción en su caso (lo cual no es nada fácil). Pero puede estar seguro de que no volverán a usar su finca.
20/12/2019 14:30
narcea
Entonces puedo denunciarlo con lo de la camara y sin hacer el ridículo?
20/12/2019 14:43
narcea
Denúncielo cuantas veces entre en su finca. Seguro que su vecino no niega que lo haya hecho. No se preocupe, no hará el ridículo sino todo lo contrario, porque lo que más se valora social e institucionalmente es que alguien se ocupe con diligencia de sus propios asuntos.