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denuncia

12 Comentarios
 
Denuncia
22/11/2006 19:40
Como sabeis, el plazo para interponer una denuncia es de seis meses, pero si hay acto de conciliación, dicho acto ¿Interrumple la prescripción? ¿O hay caducidad? Gracias
08/04/2007 23:55
Nadie lo sabe?
09/04/2007 00:19
Eso digo yo.
09/04/2007 00:23
Tengo que pensarlo ...
09/04/2007 00:27
Coñes! pues eso también puede hacerlo la consultante.
Digo yo...
09/04/2007 00:30
JO, ES QUE EN DERECHO PENAL NO SE PUEDE HABLAR DE CADUCIDAD SOLO DE PRESCRIPCION!!!

(jajaja).

Creo que si habla que tiene un plazo de seis meses para denunciar es porque se está refiriendo a una falta. En penal no hay ninguna conciliacíón previa procesalmente regulada. Si transcurre el plazo de seis meses la falta ha prescrito. Sólo se interrumpe la prescripción por determinadas actuacioness: informes del forense, autos de tramitación del juez de instrucción (por ejemplo, tramitación en juicio de faltas) o instrucción de diligencias previas.

A mi entender, si no se ha denunciado en ese plazo HAY PRESCRIPCION, jamas caducidad (en penal, claro).

Ayssss, lo que me ha costado pensar un domingo, con lo entretenida que estoy yo viendo cuarto milenio.


jajajaja
.
09/04/2007 00:33
jo.
09/04/2007 00:34
Qué es 4 milenio??
09/04/2007 00:35
ODIN, cuarto milenio es el programa que echan en la cuatro los domingos por la noche que presenta iker jimenez. no lo conoces?

:-0
09/04/2007 00:40
Maica, está ahora mismo en la tele? Lo estás viendo? Qué miedo!!!!
09/04/2007 00:52
Ah, sí lo ví una vez. Je je, ¡me lo paso mejor foreando, qué le voy a hacer!
09/04/2007 00:54
Estoy pensando que la abogada, cuando venga mañana y nos lea, se va a poner de una lesheeee...
09/04/2007 01:00
Pues si, le hemos llenado el post de cositas y saluditos, jajaajaja. Pero por lo menos le hemos contestado a la pregunta ... ehhhh, que llevaba un tiempo sin contestar. jajaja.
denuncia | PorticoLegal
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Denuncia
22/11/2006 19:40
Como sabeis, el plazo para interponer una denuncia es de seis meses, pero si hay acto de conciliación, dicho acto ¿Interrumple la prescripción? ¿O hay caducidad? Gracias
08/04/2007 23:55
Nadie lo sabe?
09/04/2007 00:19
Eso digo yo.
09/04/2007 00:23
Tengo que pensarlo ...
09/04/2007 00:27
Coñes! pues eso también puede hacerlo la consultante.
Digo yo...
09/04/2007 00:30
JO, ES QUE EN DERECHO PENAL NO SE PUEDE HABLAR DE CADUCIDAD SOLO DE PRESCRIPCION!!!

(jajaja).

Creo que si habla que tiene un plazo de seis meses para denunciar es porque se está refiriendo a una falta. En penal no hay ninguna conciliacíón previa procesalmente regulada. Si transcurre el plazo de seis meses la falta ha prescrito. Sólo se interrumpe la prescripción por determinadas actuacioness: informes del forense, autos de tramitación del juez de instrucción (por ejemplo, tramitación en juicio de faltas) o instrucción de diligencias previas.

A mi entender, si no se ha denunciado en ese plazo HAY PRESCRIPCION, jamas caducidad (en penal, claro).

Ayssss, lo que me ha costado pensar un domingo, con lo entretenida que estoy yo viendo cuarto milenio.


jajajaja
.
09/04/2007 00:33
jo.
09/04/2007 00:34
Qué es 4 milenio??
09/04/2007 00:35
ODIN, cuarto milenio es el programa que echan en la cuatro los domingos por la noche que presenta iker jimenez. no lo conoces?

:-0
09/04/2007 00:40
Maica, está ahora mismo en la tele? Lo estás viendo? Qué miedo!!!!
09/04/2007 00:52
Ah, sí lo ví una vez. Je je, ¡me lo paso mejor foreando, qué le voy a hacer!
09/04/2007 00:54
Estoy pensando que la abogada, cuando venga mañana y nos lea, se va a poner de una lesheeee...
09/04/2007 01:00
Pues si, le hemos llenado el post de cositas y saluditos, jajaajaja. Pero por lo menos le hemos contestado a la pregunta ... ehhhh, que llevaba un tiempo sin contestar. jajaja.