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Denunciar a la policia judicial por falsear contenido en los sumarios

11 Comentarios
 
Denunciar a la policia judicial por falsear contenido en los sumarios
11/10/2021 22:19
Buenas noches , todos habréis visto errores policiales que os han ayudado a preparar la defensa .
Pero¿ Alguna vez habéis visto algo que realmente sea denunciable y lo habéis hecho?
Estoy ante un sumario que dicen que ven un coche hacer una transacción de droga y el coche aún no se ha comprado, que un coche con baliza ilegal va a un sitio y reconocen a un chico que esta grabado en otro sitio ( como sólo siguen la baliza dicen que el conductor es el conductor habitual) ,
que graban a una persona en el domicilio que aún no vive .... En fin .
Yo lo veo completamente denunciable por fraude procesal y delito de falsedad . Pero también se que estas cosas luego no van a ningún lado , alguna vez habéis hecho algo parecido? ¿ Lo denunciaríais antes del juicio , entiendo que son cosas objetivas y que otro juzgado podría juzgarlas no?

Un saludo a todos
12/10/2021 18:42
antiguos1valor
Hola. Me encantaría ayudarte porque estoy muy puesto en la materia, pero tu mensaje es un caos y no me ha quedado claro nada de lo que dices.

¿Podrías explicarte mejor para poder ayudarte yo o los demás?.
12/10/2021 23:32
Entumente
Buenas noches , gracias por tu respuesta .
Voy a tratar de explicarme mejor , en un sumario han falsificado demasiados datos .
Me gustaría denunciarles por fraude procesal , y saber si alguien lo ha hecho antes con éxito.
Hay MENTIRAS que son gordísimas , como que ven un coche a un objetivo de la operación en Enero ( y lo compra en Febrero) , o que en otra casa ven llegar un día a un objetivo y entra en casa de otro ( y se muda a esa casa dos meses más tarde ) , es decir, hechos muy concretos y muy fáciles de demostrar que son mentira .
Es una operación gorda y con muchos registros , pero en la gran mayoría no han cogido nada, y hay muchas muchas mentiras . UNA AUTENTICA VERGUENZA .
12/10/2021 23:39
antiguos1valor
A lo que me refiero que narran cosas imposibles que hayan pasado y además las adornan con hechos delictivos , que iban con mochilas que a juicio de está instrucción es una clara compra - venta de .... bla bla .
13/10/2021 09:31
antiguos1valor
A ver... eso que has dicho de que son fáciles de demostrar, perdona pero no coincido contigo.

Que una persona compre un coche al mes siguiente de lo expuesto, o se vaya a vivir a una casa de igual forma, no quiere decir que lo conduzca antes de comprarlo, o que viva o visite esa casa antes de vivir allí de forma oficial.

Por lo tanto, lo que tú llamas pruebas, en realidad son solo suposiciones. Alejándote, claramente, de la objetividad.

Lo importante, para que pudieran usarse esas suposiciones, sería saber si el vendedor del coche, o su entorno, tenía algún tipo de relación con tu cliente. Si la tenían, entonces la has cagado.

De igual manera ocurre con lo que dices con lo de la casa.

Y por cierto, en el primer mensaje ya lo dijiste, falsedad documental por funcionario público (390.1 CP).

En este artículo, tienes varios apartados que encajarían con lo que dices, sobre todo el 3º.
13/10/2021 09:36
antiguos1valor
Es por eso que necesitamos ver muchas más cosas para poder saber si es o no defendible como tú lo planteas. Por la complejidad de todo lo que debe contener el sumario o legajo.
13/10/2021 10:36
Por ejemplo, te voy a contar mi caso (mi caso se divide en muchas partes y me centraré en la falsedad documental de la guardia civil).

Vaya por delante que "yo soy la víctima denunciante y no un investigado de drogas ni historias raras".

Como habrás podido leer en el mensaje que inicié ayer sobre negligencia en un recurso de apelación, resulta que un magistrado impuso unas medidas cautelares a una mercantil que me está haciendo la vida imposible.

En ese auto, además de las medidas cautelares, también se ordena a la guardia civil y a la policía local para que, de forma quincenal, informen a su señoría del cumplimiento, o no, de dichas medidas.

Hace poco se me ocurrió revisar por encima alguno de esos informes, encontrándome con varios que telita telita telita.

Uno de estos informes que se ofician a su señoría por orden de este, dice que yo llamé a la guardia civil. Que no tienen datos del requirente. Que este se quejaba de que la mercantil tenía la puerta abierta y que ello le ocasionaba molestias. Osease, que estoy "jamao" y llamo por idioteces.

Ahora te voy a explicar lo que son pruebas contundentes y el por qué de que estos señores estén siendo investigados por un juzgado (denuncia iniciada por fiscalía) y, a su vez, investigados por asuntos internos de la guardia civil.

Resulta que yo grabo todas mis conversaciones (no, no es un delito si yo formo parte de ellas), y en la grabación (con fecha y hora a la que ellos se refieren) se escucha perfectamente como me identifico a pregunta de agente de la sala COS.
En esta conversación informo de que se están quebrantando las medidas cautelares impuestas por su señoría; pues, están entrando camiones con la cámara frigorífica encendida.
Les explico que además, fiscalía de medio ambiente, que es quien inicia la denuncia en los juzgados por reparto, también la acusa de un delito de lesiones hacia mi persona. Por lo tanto, estos ruidos, me están lesionando porque estoy en tratamiento psicológico y psíquico desde 2013 por culpa de estos ruidos que en infinidad de ocasiones han sido evaluados y superan en ocasiones más de 25 dB lo permitido.
En ningún momento digo o menciono algo semejante a tal estupidez de que me molesta una puerta abierta.

Eso es una prueba y no una suposición.
De no tenerla, aunque fuera verdad lo que denuncio, sería una suposición por la que no se investigaría solicitando la conversación grabada por la sala COS.
Así de mal funciona esta justicia. Pero como la tengo, me hacen caso.

Pero no solo está esa prueba, porque resulta que yo grabo todos los camiones que entran y salen con la cámara frigorífica encendida. Y precisamente el camión que dio lugar a mi llamada, al salir de la mercantil, se caló. Dejando ver claramente que el ruido que seguía existiendo, era el de la cámara frigorífica (motor independiente al de la cabeza del camión); pues, unos 10 segundos después de calársele el motor al camión, lo arrancó. Dejando apreciar, perfectamente, tal arranque.

Por si acaso a nadie le vale el registro que queda en las propiedades del archivo cuando se graba (como para certificar la fecha y la hora), buen previsor que yo soy, contrasto lo que grabo con mi vídeo cámara, mostrando en la misma escena las noticias internacionales del teletexto del canal de TV de FDF (Factoría de Ficción de Tele 5).

Esto es otra prueba veraz que se une a la anterior (conversación telefónica).

Por lo tanto, esto son pruebas claras y contundentes y no son suposiciones. Ergo, es una falsedad documental como un templo de grande. Entre otros apartados, el 3º del 390.1 CP; porque me hacen dueño de comentarios que yo no he pronunciado (demostrado con la conversación grabada).

Y no os preguntéis si existe dolo o no, porque está claro que lo que buscan es el desprecio con tales comentarios que no han existido. Porque son tan ignorantes que piensan que una víctima es un delincuente, y que además, es un analfabeto.

Y sí, esto no suele ser habitual por parte de quien tiene que defender a la víctima, pero en este caso lo es porque esto es una pedanía y la guardia civil, comandante de sala, es muy amigo de la mercantil.

Y esto es solo un ejemplo de muchas más pruebas. Y ojo, solo te he contado la que no resulta ser la más grave.


Tienes tú pruebas contundentes o solo suposiciones?.
Si solo son suposiciones, no merece la pena que los denuncies; aunque, por probar, no perderás nada, solo que puedan atacarte por denunciar con suposiciones.
13/10/2021 10:52
Entumente
Ahora bien, en tus conclusiones provisionales (para que el fiscal lo tenga en cuenta a la hora de hacer las suyas, si es que no las ha hecho ya), yo pondría que la policía judicial (supongo que te refieres a ellos porque son los que hacen la labor que comentas), con estos hechos deja de ser un mero observador (o testigo) y pasa a ser parte de los hechos.

Saludos y suerte.
13/10/2021 11:48
Entumente
Buenos días, gracias por tus respuestas . Me gustaría hablar contigo de una forma más privada ¿Es posible?
Exponerte bien el problema y con datos más concretos que por un foro público resulta imposible.

Respecto al tema del coche , ellos dicen textualmente tras comprobar la titularidad del vehículo no cabe duda de que el conductor es .... La realidad es que ese vehículo nunca estuvo ahí .
No que estuviera y lo condujese él porque conozca al anterior dueño. Pero están juntando piezas para encajarlas como mejor les convenga en una investigación de años . Igual que si te dejarán auditar los TIPS de ese día nunca ninguno metió ese coche ...

Sobre el tema de grabaciones también hay algo importante aquí , ¿Como has hecho para que tengan validez legal ? ¿Has peritado hora y día antes de aportarla?
La tuya es una conversación telefónica , pero si hubiera sido en un cuartel de la Guardia Civil tiene la misma validez? o sería algo privado y te la pueden tumbar?
Muchas gracias de ante mano . Te agradezco mucho tu ayuda .
13/10/2021 13:18
antiguos1valor
Antes que nada quiero decirte que, aunque estudio leyes y sentencias, yo no soy abogado.
Todo lo que te digo te lo digo gracias a que he estudiado y analizado todo tipo de sentencias; que aunque parezca que no, una vez que comprendes toda la terminología y todos los tecnicismos de estas, son la biblia para saber como son las cosas en el mundo judicial.

Dicho esto, no sé si por aquí está permitido dar datos nuestros para poder contactarnos.
Tampoco sé ni si hay privados como si de un chat se tratase.

Como bien dices tú, es difícil exponer una causa tan compleja en un breve mensaje; pero, dices que el vehículo nunca estuvo allí y yo te vuelvo a preguntar: ¿hay pruebas o testigos que lo demuestren?. Pero no cualquier prueba o testigo como por ejemplo un familiar; sino, pruebas como el dueño del coche y que este no sea amigo o familiar, o parte en los hechos imputados.

Yo no pongo en duda que sea cierto lo que estás diciendo de que estén uniendo hechos aislados para poder enjuiciarlo. Con decirte como me están tratando a mí como víctima para defender a la mercantil que es la denunciada, ya te estoy diciendo que me lo creo.

Sobre lo de la validez... yo no he hecho nada. Solo que ellos son los que tendrán que validar lo que quieran validar. Ellos son los que ahora se tendrán que defender y pedirán la prueba pericial. Aunque, creo que ya queda patente con los metadatos del los archivos al grabarse. Osease, en todo archivo grabado, se registran unos datos como la fecha y la hora en la que se finaliza la grabación (en ocasiones, dependiendo del programa que controle la grabación, puede que marque la fecha y la hora en la que comienza a grabar).
Evidentemente, esta fecha y hora depende mucho de la fecha y la hora del propio aparato que graba; porque, si yo tengo la fecha incorrectamente puesta, la grabará incorrectamente.
Aunque, "por ejemplo", muchas cámaras de video vigilancia IP que funcionan por wifi, no te dejan cambiar hora y fecha; sacando la propia cámara esta información de internet. Ese tipo de cámaras son 100 x 100 veraces.

En mi caso, como llamo a la sala COS de la comandancia, además de la fecha con el que el programa nombra al archivo creado, también se crean una propiedades de archivo (metadatos); los cuales registran la hora y la fecha que tiene el teléfono en ese momento.
Pero, además, como llamo a la sala COS, la conversación la registran ellos y se queda almacenada en su base de datos. Por lo tanto, es fácilmente contrastada solicitando dicha llamada a la sala COS de la comandancia de la GC.

En el caso del vídeo que comento, además de exactamente lo mismo que ocurre con los audios, en el final de mis vídeos, como tengo cerca el TV, enfoco el teletexto de FDF (que es, junto a los demás canales de MediaSet, quien mejor deja ver la hora y la fecha). Así pues, como la fecha y hora del teletexto son los que da el canal y estos no se pueden modificar (es imposible hacerlo), es 100 x 100 veraz ante cualquier tribunal.

Respecto a lo que pregunta sobres si es legal grabar una conversación en un cuartel de la guardia civil... sí, lo es. Pero lo es si tú formas parte de la conversación y si no lo haces como persona jurídica.
Por ejemplo, si tu eres abogado y grabas la conversación, sería ilegal y no la admitirían como prueba porque, en tu condición de persona jurídica, debes informar previamente de que vas a grabar la conversación. Claro está, salvo que tengas una orden judicial que te permita no informar a quienes van a ser grabados; formes o no parte de ella.
Pero si tú la grabas como persona física, por ejemplo, eres el denunciado, sí puedes grabarla sin previa autorización y sin informar en ningún momento de que estás grabando la conversación de la que tú formas parte. Si no formas parte de la conversación, es un delito grabarla. Por lo que serás acusado de un delito de descubrimiento y revelación de secretos (delitos contra la intimidad de las personas).

Así que si la grabación a la que te refieres se ha realizado por parte del acusado, o de cualquier familiar o testigo o lo que sea que no sea una persona jurídica, NO TE LA PODRÁN TUMBAR.
13/10/2021 18:24
Entumente
Buenas tardes , sobre lo del coche ellos afirman ver el coche circulando y que tras comprobar la titularidad les arroja a "JORGE" y sin ningún tipo de duda el agente que lo ve afirma que es "JORGE" .
Si el coche que "JORGE" aún no lo ha comprado , aunque lo llevase , o aunque lo llevase "PEPE" ( propietario en aquel momento " nunca pudo pasar que lo vieran lo identificaran y fuera "Jorge" la titularidad que arrojase . La realidad que han visto 100 veces a "JORGE" con él , pero para encajar las piezas a su gusto , se inventan ese seguimiento un año antes .

Muchas gracias por todo y un saludo .
08/07/2022 01:26
la guardia civil hace los informes con unas palabras que tienen en un texto autocompletado que a veces ni ellos mismos entienden, y los jueces lo unico que saben mirar es lo que pone arriba me refiero a la firma y el sello GUARDIA CIVIL COMANDANCIA DE SEVILLA PUESTO DE ECIJA USECIC y el sello bien grande para que no se fien en otra cosa, vamos que utilizan el nombre de la institucion para reafirmarse que son la guardia civil y que todo lo que dcein es verdad
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11 Comentarios
 
Denunciar a la policia judicial por falsear contenido en los sumarios
11/10/2021 22:19
Buenas noches , todos habréis visto errores policiales que os han ayudado a preparar la defensa .
Pero¿ Alguna vez habéis visto algo que realmente sea denunciable y lo habéis hecho?
Estoy ante un sumario que dicen que ven un coche hacer una transacción de droga y el coche aún no se ha comprado, que un coche con baliza ilegal va a un sitio y reconocen a un chico que esta grabado en otro sitio ( como sólo siguen la baliza dicen que el conductor es el conductor habitual) ,
que graban a una persona en el domicilio que aún no vive .... En fin .
Yo lo veo completamente denunciable por fraude procesal y delito de falsedad . Pero también se que estas cosas luego no van a ningún lado , alguna vez habéis hecho algo parecido? ¿ Lo denunciaríais antes del juicio , entiendo que son cosas objetivas y que otro juzgado podría juzgarlas no?

Un saludo a todos
12/10/2021 18:42
antiguos1valor
Hola. Me encantaría ayudarte porque estoy muy puesto en la materia, pero tu mensaje es un caos y no me ha quedado claro nada de lo que dices.

¿Podrías explicarte mejor para poder ayudarte yo o los demás?.
12/10/2021 23:32
Entumente
Buenas noches , gracias por tu respuesta .
Voy a tratar de explicarme mejor , en un sumario han falsificado demasiados datos .
Me gustaría denunciarles por fraude procesal , y saber si alguien lo ha hecho antes con éxito.
Hay MENTIRAS que son gordísimas , como que ven un coche a un objetivo de la operación en Enero ( y lo compra en Febrero) , o que en otra casa ven llegar un día a un objetivo y entra en casa de otro ( y se muda a esa casa dos meses más tarde ) , es decir, hechos muy concretos y muy fáciles de demostrar que son mentira .
Es una operación gorda y con muchos registros , pero en la gran mayoría no han cogido nada, y hay muchas muchas mentiras . UNA AUTENTICA VERGUENZA .
12/10/2021 23:39
antiguos1valor
A lo que me refiero que narran cosas imposibles que hayan pasado y además las adornan con hechos delictivos , que iban con mochilas que a juicio de está instrucción es una clara compra - venta de .... bla bla .
13/10/2021 09:31
antiguos1valor
A ver... eso que has dicho de que son fáciles de demostrar, perdona pero no coincido contigo.

Que una persona compre un coche al mes siguiente de lo expuesto, o se vaya a vivir a una casa de igual forma, no quiere decir que lo conduzca antes de comprarlo, o que viva o visite esa casa antes de vivir allí de forma oficial.

Por lo tanto, lo que tú llamas pruebas, en realidad son solo suposiciones. Alejándote, claramente, de la objetividad.

Lo importante, para que pudieran usarse esas suposiciones, sería saber si el vendedor del coche, o su entorno, tenía algún tipo de relación con tu cliente. Si la tenían, entonces la has cagado.

De igual manera ocurre con lo que dices con lo de la casa.

Y por cierto, en el primer mensaje ya lo dijiste, falsedad documental por funcionario público (390.1 CP).

En este artículo, tienes varios apartados que encajarían con lo que dices, sobre todo el 3º.
13/10/2021 09:36
antiguos1valor
Es por eso que necesitamos ver muchas más cosas para poder saber si es o no defendible como tú lo planteas. Por la complejidad de todo lo que debe contener el sumario o legajo.
13/10/2021 10:36
Por ejemplo, te voy a contar mi caso (mi caso se divide en muchas partes y me centraré en la falsedad documental de la guardia civil).

Vaya por delante que "yo soy la víctima denunciante y no un investigado de drogas ni historias raras".

Como habrás podido leer en el mensaje que inicié ayer sobre negligencia en un recurso de apelación, resulta que un magistrado impuso unas medidas cautelares a una mercantil que me está haciendo la vida imposible.

En ese auto, además de las medidas cautelares, también se ordena a la guardia civil y a la policía local para que, de forma quincenal, informen a su señoría del cumplimiento, o no, de dichas medidas.

Hace poco se me ocurrió revisar por encima alguno de esos informes, encontrándome con varios que telita telita telita.

Uno de estos informes que se ofician a su señoría por orden de este, dice que yo llamé a la guardia civil. Que no tienen datos del requirente. Que este se quejaba de que la mercantil tenía la puerta abierta y que ello le ocasionaba molestias. Osease, que estoy "jamao" y llamo por idioteces.

Ahora te voy a explicar lo que son pruebas contundentes y el por qué de que estos señores estén siendo investigados por un juzgado (denuncia iniciada por fiscalía) y, a su vez, investigados por asuntos internos de la guardia civil.

Resulta que yo grabo todas mis conversaciones (no, no es un delito si yo formo parte de ellas), y en la grabación (con fecha y hora a la que ellos se refieren) se escucha perfectamente como me identifico a pregunta de agente de la sala COS.
En esta conversación informo de que se están quebrantando las medidas cautelares impuestas por su señoría; pues, están entrando camiones con la cámara frigorífica encendida.
Les explico que además, fiscalía de medio ambiente, que es quien inicia la denuncia en los juzgados por reparto, también la acusa de un delito de lesiones hacia mi persona. Por lo tanto, estos ruidos, me están lesionando porque estoy en tratamiento psicológico y psíquico desde 2013 por culpa de estos ruidos que en infinidad de ocasiones han sido evaluados y superan en ocasiones más de 25 dB lo permitido.
En ningún momento digo o menciono algo semejante a tal estupidez de que me molesta una puerta abierta.

Eso es una prueba y no una suposición.
De no tenerla, aunque fuera verdad lo que denuncio, sería una suposición por la que no se investigaría solicitando la conversación grabada por la sala COS.
Así de mal funciona esta justicia. Pero como la tengo, me hacen caso.

Pero no solo está esa prueba, porque resulta que yo grabo todos los camiones que entran y salen con la cámara frigorífica encendida. Y precisamente el camión que dio lugar a mi llamada, al salir de la mercantil, se caló. Dejando ver claramente que el ruido que seguía existiendo, era el de la cámara frigorífica (motor independiente al de la cabeza del camión); pues, unos 10 segundos después de calársele el motor al camión, lo arrancó. Dejando apreciar, perfectamente, tal arranque.

Por si acaso a nadie le vale el registro que queda en las propiedades del archivo cuando se graba (como para certificar la fecha y la hora), buen previsor que yo soy, contrasto lo que grabo con mi vídeo cámara, mostrando en la misma escena las noticias internacionales del teletexto del canal de TV de FDF (Factoría de Ficción de Tele 5).

Esto es otra prueba veraz que se une a la anterior (conversación telefónica).

Por lo tanto, esto son pruebas claras y contundentes y no son suposiciones. Ergo, es una falsedad documental como un templo de grande. Entre otros apartados, el 3º del 390.1 CP; porque me hacen dueño de comentarios que yo no he pronunciado (demostrado con la conversación grabada).

Y no os preguntéis si existe dolo o no, porque está claro que lo que buscan es el desprecio con tales comentarios que no han existido. Porque son tan ignorantes que piensan que una víctima es un delincuente, y que además, es un analfabeto.

Y sí, esto no suele ser habitual por parte de quien tiene que defender a la víctima, pero en este caso lo es porque esto es una pedanía y la guardia civil, comandante de sala, es muy amigo de la mercantil.

Y esto es solo un ejemplo de muchas más pruebas. Y ojo, solo te he contado la que no resulta ser la más grave.


Tienes tú pruebas contundentes o solo suposiciones?.
Si solo son suposiciones, no merece la pena que los denuncies; aunque, por probar, no perderás nada, solo que puedan atacarte por denunciar con suposiciones.
13/10/2021 10:52
Entumente
Ahora bien, en tus conclusiones provisionales (para que el fiscal lo tenga en cuenta a la hora de hacer las suyas, si es que no las ha hecho ya), yo pondría que la policía judicial (supongo que te refieres a ellos porque son los que hacen la labor que comentas), con estos hechos deja de ser un mero observador (o testigo) y pasa a ser parte de los hechos.

Saludos y suerte.
13/10/2021 11:48
Entumente
Buenos días, gracias por tus respuestas . Me gustaría hablar contigo de una forma más privada ¿Es posible?
Exponerte bien el problema y con datos más concretos que por un foro público resulta imposible.

Respecto al tema del coche , ellos dicen textualmente tras comprobar la titularidad del vehículo no cabe duda de que el conductor es .... La realidad es que ese vehículo nunca estuvo ahí .
No que estuviera y lo condujese él porque conozca al anterior dueño. Pero están juntando piezas para encajarlas como mejor les convenga en una investigación de años . Igual que si te dejarán auditar los TIPS de ese día nunca ninguno metió ese coche ...

Sobre el tema de grabaciones también hay algo importante aquí , ¿Como has hecho para que tengan validez legal ? ¿Has peritado hora y día antes de aportarla?
La tuya es una conversación telefónica , pero si hubiera sido en un cuartel de la Guardia Civil tiene la misma validez? o sería algo privado y te la pueden tumbar?
Muchas gracias de ante mano . Te agradezco mucho tu ayuda .
13/10/2021 13:18
antiguos1valor
Antes que nada quiero decirte que, aunque estudio leyes y sentencias, yo no soy abogado.
Todo lo que te digo te lo digo gracias a que he estudiado y analizado todo tipo de sentencias; que aunque parezca que no, una vez que comprendes toda la terminología y todos los tecnicismos de estas, son la biblia para saber como son las cosas en el mundo judicial.

Dicho esto, no sé si por aquí está permitido dar datos nuestros para poder contactarnos.
Tampoco sé ni si hay privados como si de un chat se tratase.

Como bien dices tú, es difícil exponer una causa tan compleja en un breve mensaje; pero, dices que el vehículo nunca estuvo allí y yo te vuelvo a preguntar: ¿hay pruebas o testigos que lo demuestren?. Pero no cualquier prueba o testigo como por ejemplo un familiar; sino, pruebas como el dueño del coche y que este no sea amigo o familiar, o parte en los hechos imputados.

Yo no pongo en duda que sea cierto lo que estás diciendo de que estén uniendo hechos aislados para poder enjuiciarlo. Con decirte como me están tratando a mí como víctima para defender a la mercantil que es la denunciada, ya te estoy diciendo que me lo creo.

Sobre lo de la validez... yo no he hecho nada. Solo que ellos son los que tendrán que validar lo que quieran validar. Ellos son los que ahora se tendrán que defender y pedirán la prueba pericial. Aunque, creo que ya queda patente con los metadatos del los archivos al grabarse. Osease, en todo archivo grabado, se registran unos datos como la fecha y la hora en la que se finaliza la grabación (en ocasiones, dependiendo del programa que controle la grabación, puede que marque la fecha y la hora en la que comienza a grabar).
Evidentemente, esta fecha y hora depende mucho de la fecha y la hora del propio aparato que graba; porque, si yo tengo la fecha incorrectamente puesta, la grabará incorrectamente.
Aunque, "por ejemplo", muchas cámaras de video vigilancia IP que funcionan por wifi, no te dejan cambiar hora y fecha; sacando la propia cámara esta información de internet. Ese tipo de cámaras son 100 x 100 veraces.

En mi caso, como llamo a la sala COS de la comandancia, además de la fecha con el que el programa nombra al archivo creado, también se crean una propiedades de archivo (metadatos); los cuales registran la hora y la fecha que tiene el teléfono en ese momento.
Pero, además, como llamo a la sala COS, la conversación la registran ellos y se queda almacenada en su base de datos. Por lo tanto, es fácilmente contrastada solicitando dicha llamada a la sala COS de la comandancia de la GC.

En el caso del vídeo que comento, además de exactamente lo mismo que ocurre con los audios, en el final de mis vídeos, como tengo cerca el TV, enfoco el teletexto de FDF (que es, junto a los demás canales de MediaSet, quien mejor deja ver la hora y la fecha). Así pues, como la fecha y hora del teletexto son los que da el canal y estos no se pueden modificar (es imposible hacerlo), es 100 x 100 veraz ante cualquier tribunal.

Respecto a lo que pregunta sobres si es legal grabar una conversación en un cuartel de la guardia civil... sí, lo es. Pero lo es si tú formas parte de la conversación y si no lo haces como persona jurídica.
Por ejemplo, si tu eres abogado y grabas la conversación, sería ilegal y no la admitirían como prueba porque, en tu condición de persona jurídica, debes informar previamente de que vas a grabar la conversación. Claro está, salvo que tengas una orden judicial que te permita no informar a quienes van a ser grabados; formes o no parte de ella.
Pero si tú la grabas como persona física, por ejemplo, eres el denunciado, sí puedes grabarla sin previa autorización y sin informar en ningún momento de que estás grabando la conversación de la que tú formas parte. Si no formas parte de la conversación, es un delito grabarla. Por lo que serás acusado de un delito de descubrimiento y revelación de secretos (delitos contra la intimidad de las personas).

Así que si la grabación a la que te refieres se ha realizado por parte del acusado, o de cualquier familiar o testigo o lo que sea que no sea una persona jurídica, NO TE LA PODRÁN TUMBAR.
13/10/2021 18:24
Entumente
Buenas tardes , sobre lo del coche ellos afirman ver el coche circulando y que tras comprobar la titularidad les arroja a "JORGE" y sin ningún tipo de duda el agente que lo ve afirma que es "JORGE" .
Si el coche que "JORGE" aún no lo ha comprado , aunque lo llevase , o aunque lo llevase "PEPE" ( propietario en aquel momento " nunca pudo pasar que lo vieran lo identificaran y fuera "Jorge" la titularidad que arrojase . La realidad que han visto 100 veces a "JORGE" con él , pero para encajar las piezas a su gusto , se inventan ese seguimiento un año antes .

Muchas gracias por todo y un saludo .
08/07/2022 01:26
la guardia civil hace los informes con unas palabras que tienen en un texto autocompletado que a veces ni ellos mismos entienden, y los jueces lo unico que saben mirar es lo que pone arriba me refiero a la firma y el sello GUARDIA CIVIL COMANDANCIA DE SEVILLA PUESTO DE ECIJA USECIC y el sello bien grande para que no se fien en otra cosa, vamos que utilizan el nombre de la institucion para reafirmarse que son la guardia civil y que todo lo que dcein es verdad