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Depuracion de aguas residuales

3 Comentarios
 
30/05/2012 09:32
interpreto de su mensaje que está tratando de simplificar un problema sin pensar en que no hay actos sin consecuencias
si la parcela en la que está ubicado el chalet es suelo rústico, tiene la dimensión adecuada a lo que se propone y el vertido no tendrá consecuencias negativas para el medio (no tiene vecinos muy próximos, ni pozos de captación de agua potable, ni ríos o regatos, etc), es posible que pueda hacerlo
mi opinión es que debe enfocar el problema de otra manera, tal como instalar un sistema de depuración y filtrado al terreno que resulte suficientemente eficiente.
29/05/2012 22:39
hola tengo una pregunta, recientemente me he comprado un chalet y tiene un pozo ciego y me an dicho que casi acada 6 meses tengo que vaciarlo y en el terreno tiene huerto yo podria vaciar el pozo ciego en mi huerto legalmente sin que me multen?
18/04/2012 20:55
Que las NNSS clasifiquen suelo y que los sistemas generales de depuración al servicio del municipio sean insuficentes, me parece una irresponsabilidad del legislador. Esos planes nunca deberían aprobarse.

Si el Plan de Saneamiento y Depuración previsto en la Ley 2/2002, de 29 de abril está aprobado, creo que podrías tener dificultades serias para desarrollar vuestro sector.

El artículo 8º de esa ley establece con carácter vinculante que los instrumentos urbanísticos deben adaptarse a sus determinaciones. Habría que ver cuales son esas determinaciones.

La ley urbanística de Aragón, que es la que mejor conozco, establece que los Planes Parciales deben incluiir las obras de conexión con los sistemas generales existentes, y su reforzamiento si fuese necesario. Todo ello con cargo a los propietarios del sector.

Entiendo que la solución deberías encontrarla entre el ayuntamiento y los redactores del plan parcial. Con informe favorable de la administración competente en la depuración de las aguas, naturalmente.
Depuracion de aguas residuales
18/04/2012 02:17
Saludos

He estado repasando los diferentes post del foro y no he encontrado una respuesta concreta a mi duda.
Una serie de propietarios llevamos años intentando sacar adelante un Plan parcial de Urbanismo en un municipio de Cantabria. las condiciones para el desarrollo de dicho Plan se encuentran recogidas dentro de las normas Subsidiarias del municipio.
Según la ley de Cantabria de 2001 sobre Ordenación Territorial y Urbanismo y su posterior modificacion en 2009, uno de los aspectos necesarios para la tramitación es la obtencion de las diversas aprovaciones sectoriales (electricidad, viales, abastecimiento, saneamiento, etc) de los organismos competentes correspondientes.
Hemos obtenido todas exceptuando la del Saneamiento ya que, aunque la red de colectores si puede asumir los caudales, nos comunican que la EDAR existente está practicamente al borde de su saturación y no podría asumir el efluente ni siquiera tratandose de una red separativa.
Ante esto me surgen una serie de dudas:
1.- ¿puede negarse la administracion a condeceder la aprobacion alegando carencia de infraestructura o por contra tiene la obligación de ampliar las existentes para grantizar el servicio?
2.- ¿que otras soluciones podrian adoptarse? (instalar otra EDAR no seria viable ya que su punto de vertido deberia de situarse junto a una zona de baños)
un saludo
Depuracion de aguas residuales | PorticoLegal
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30/05/2012 09:32
interpreto de su mensaje que está tratando de simplificar un problema sin pensar en que no hay actos sin consecuencias
si la parcela en la que está ubicado el chalet es suelo rústico, tiene la dimensión adecuada a lo que se propone y el vertido no tendrá consecuencias negativas para el medio (no tiene vecinos muy próximos, ni pozos de captación de agua potable, ni ríos o regatos, etc), es posible que pueda hacerlo
mi opinión es que debe enfocar el problema de otra manera, tal como instalar un sistema de depuración y filtrado al terreno que resulte suficientemente eficiente.
29/05/2012 22:39
hola tengo una pregunta, recientemente me he comprado un chalet y tiene un pozo ciego y me an dicho que casi acada 6 meses tengo que vaciarlo y en el terreno tiene huerto yo podria vaciar el pozo ciego en mi huerto legalmente sin que me multen?
18/04/2012 20:55
Que las NNSS clasifiquen suelo y que los sistemas generales de depuración al servicio del municipio sean insuficentes, me parece una irresponsabilidad del legislador. Esos planes nunca deberían aprobarse.

Si el Plan de Saneamiento y Depuración previsto en la Ley 2/2002, de 29 de abril está aprobado, creo que podrías tener dificultades serias para desarrollar vuestro sector.

El artículo 8º de esa ley establece con carácter vinculante que los instrumentos urbanísticos deben adaptarse a sus determinaciones. Habría que ver cuales son esas determinaciones.

La ley urbanística de Aragón, que es la que mejor conozco, establece que los Planes Parciales deben incluiir las obras de conexión con los sistemas generales existentes, y su reforzamiento si fuese necesario. Todo ello con cargo a los propietarios del sector.

Entiendo que la solución deberías encontrarla entre el ayuntamiento y los redactores del plan parcial. Con informe favorable de la administración competente en la depuración de las aguas, naturalmente.
Depuracion de aguas residuales
18/04/2012 02:17
Saludos

He estado repasando los diferentes post del foro y no he encontrado una respuesta concreta a mi duda.
Una serie de propietarios llevamos años intentando sacar adelante un Plan parcial de Urbanismo en un municipio de Cantabria. las condiciones para el desarrollo de dicho Plan se encuentran recogidas dentro de las normas Subsidiarias del municipio.
Según la ley de Cantabria de 2001 sobre Ordenación Territorial y Urbanismo y su posterior modificacion en 2009, uno de los aspectos necesarios para la tramitación es la obtencion de las diversas aprovaciones sectoriales (electricidad, viales, abastecimiento, saneamiento, etc) de los organismos competentes correspondientes.
Hemos obtenido todas exceptuando la del Saneamiento ya que, aunque la red de colectores si puede asumir los caudales, nos comunican que la EDAR existente está practicamente al borde de su saturación y no podría asumir el efluente ni siquiera tratandose de una red separativa.
Ante esto me surgen una serie de dudas:
1.- ¿puede negarse la administracion a condeceder la aprobacion alegando carencia de infraestructura o por contra tiene la obligación de ampliar las existentes para grantizar el servicio?
2.- ¿que otras soluciones podrian adoptarse? (instalar otra EDAR no seria viable ya que su punto de vertido deberia de situarse junto a una zona de baños)
un saludo