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3 Comentarios
 
24/11/2010 14:48
El incumplimiento de la obligación de informar por el órgano de adminsitración, siempre que no se justifique por la defensa de los intereses sociales, abre la puerta a la impugnación de acuerdos por vicio de nulidad.

Ese deber de información queda restringido en las sociedades limitadas a poner a disposición de los socios los documentos contables formulados por los administradores para ser aprobados por la junta general además de informes concretos referidos a diferentes asuntos comprendidos en la orden del día de esa junta.

Los socios tienen derecho a solicitar por escrito antes de la junta los informes o aclaraciones que estimen preciso acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día.

Por tanto, debes esperar a la próxima junta y pedir por escrito las cuentas y la información que consideres necesaria. Si no te proporcionan esa información puedes impugnar los acuerdos como mencioné anteriormente (vía civil) o puedes acudir a la vía penal (Código Penal Art 293) por impedimento o denegación de derechos. La sanción es multa de seis a doce meses.

Un saludo,
24/11/2010 12:41
Gracias.
si,sé que puedo obtenerlas en el registro pero imagino que la empresa está obligada a proporcionarme la información.Mi consulta es más bien donde puedo dirigirme para denunciar este hecho.
Gracias
24/11/2010 12:37
Las cuentas desde el 2005 al 2009 deben de estar depositadas en el registro mercantil y son públicas y, por tanto, accesibles a todos, no hace falta ser socio.

Un saludo,
Derecho a la información.
24/11/2010 12:20
Buenos dias.
Soy socia fundadora de una sociedad limitada y poseo el 2% del capital social.La empresa se creo en 2005 y desde entonces me han negado la información del estado de cuentas y situación de la empresa.He solicitado la información via burofax y la empresa no responde.
Que debo hacer ahora ??
Gracias
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24/11/2010 14:48
El incumplimiento de la obligación de informar por el órgano de adminsitración, siempre que no se justifique por la defensa de los intereses sociales, abre la puerta a la impugnación de acuerdos por vicio de nulidad.

Ese deber de información queda restringido en las sociedades limitadas a poner a disposición de los socios los documentos contables formulados por los administradores para ser aprobados por la junta general además de informes concretos referidos a diferentes asuntos comprendidos en la orden del día de esa junta.

Los socios tienen derecho a solicitar por escrito antes de la junta los informes o aclaraciones que estimen preciso acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día.

Por tanto, debes esperar a la próxima junta y pedir por escrito las cuentas y la información que consideres necesaria. Si no te proporcionan esa información puedes impugnar los acuerdos como mencioné anteriormente (vía civil) o puedes acudir a la vía penal (Código Penal Art 293) por impedimento o denegación de derechos. La sanción es multa de seis a doce meses.

Un saludo,
24/11/2010 12:41
Gracias.
si,sé que puedo obtenerlas en el registro pero imagino que la empresa está obligada a proporcionarme la información.Mi consulta es más bien donde puedo dirigirme para denunciar este hecho.
Gracias
24/11/2010 12:37
Las cuentas desde el 2005 al 2009 deben de estar depositadas en el registro mercantil y son públicas y, por tanto, accesibles a todos, no hace falta ser socio.

Un saludo,
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24/11/2010 12:20
Buenos dias.
Soy socia fundadora de una sociedad limitada y poseo el 2% del capital social.La empresa se creo en 2005 y desde entonces me han negado la información del estado de cuentas y situación de la empresa.He solicitado la información via burofax y la empresa no responde.
Que debo hacer ahora ??
Gracias