No es necesario que existan eststutos, por lo cual como por costumbre se lleva el sistema rotativo, a usted no pueden ignorsrla, si se la saltan debera impugnar
Hasta ahora lo habíamos hecho siguiendo el orden, si bien la forma de elegir al presidente no viene recogido en los Estatutos. Si no se recoge en los estatutos ¿cuál es el mecanismo que establece la norma para elegir presidente?
¿Se puede negar el derecho a la presidencia de la comunidad a alguien que está al día en todas sus obligaciones? En unos meses me toca por turno asumir la presidencia de la Comunidad, sin embargo varias personas por enemistad, no quieren que asuma esa responsabilidad ¿puede privarse a alguien el derecho a ejercer la presidencia?