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Derecho a paro

3 Comentarios
 
Derecho a paro
02/11/2003 20:34
En un momento de acaloramiento con mi jefe, dejé mi empleo después de 15 años y ahora no tengo derecho a paro.

Me han comentado que si conservo un empleo durante un mínimo de 3 meses sí que podría solicitarlo al INEM y me lo concederían.

Voy a acudir a varias ETT a ver si logro un empleo por al menos ese tiempo. Pero ¿y si juntara los 3 meses en varios contratos eventuales? ¿Valdría igual o me pondrían problemas en el INEM?

Gracias.
03/11/2003 10:13
Esta pregunta ha sido contestada en numerosas ocasiones en este foro desde sus diferentes matices.

No obstante, te diré que la baja voluntaria o dimisión del trabajador no produce una situación legal de desempleo. Ahora bien, las cotizaciones al desempleo las sigues manteniendo y cuando tengas un causa que sea reconocida como situación de desempleo podrás tener derecho a la prestación por desempleo.

Lo que no está reconocido como situación legal de desempleo es cuando se resuelve la relación laboral por el nuevo empresario en el período de prueba cuando no han pasado tres meses desde la baja voluntaria anterior.

Si tienes un contrato de obra y servicio y éste finaliza antes de los tres meses. Estarías en situación legal de desempleo. Y tendrías derecho al paro.

Saludos.
03/11/2003 16:49
Totalmente correcto pero el problema es que no siempre el INEM actua así y extiende una presunción de fraude de ley a cualquier contrato inferior a tres meses. Si así fuera, hay que reclamar y fácilmente se logrará el reconocimiento aunque sea en vía judicial.
Ya he comentado en éstos foros el caso paradógico de la maestra que trabaja en un bar como camarera con contrato indefinido y acepta una sustitución como maestra ofrecida por la Consejería de poca duración para coger puntos.
¿Se va a atrever el INEM a decir que una Consejería ha actuado en connivencia con la trabajadora para obtener fraudulentamente el desempleo?
En éstos casos vas más tranquilo a juicio si el segundo contrato es más favorable económicamente que el segundo,
si pruebas la existencia real de salario mediante ingresos o cheques en cuenta o que el horario del segundo contrato es más favorable que el primero.
03/11/2003 19:10
Está claro que el INEM no puede presumir fraude ni connivencia en un contrato con una empresa pública, y de hecho no lo hace, al menos el Inem que yo conozco, aunque exista (algunos ayuntamientos...) Pero está también claro que si la connivencia existe sólo puede ser una presunción porque es imposible de probar.Quien tiene el propósito de cometerlo ya se cuida de alta y baja en Seguridad Social, contrato , recibos de salarios que "demuestren" su "existencia real" etc.
Para denegar un expediente de ese tipo hay que ver muchos aspectos: el tiempo que transcurre de la baja voluntaria al segundo contrato, la duración de éste, la ocupación del último de acuerdo a la profesión del trabajador y su titulación, el aumento o disminución de rentas salariales y de cotización , la "justificación" del último contrato,si es o no una empresa pública, si es una empresa familiar, si hay uno sólo o varios contratos posteriores a la baja voluntaria etc...
En el caso de Antonio, no me parece fácil que una ETT se preste a connivencia con el trabajador para cometer fraude. Un solo contrato podría acreditar situación legal de desempleo, en mi opinión, aunque en el INEM ...
Y ya que Pang comenta un caso creo que real, va otro,fresquito de esta mañana: gestoría que contrata a una trabajadora que había sido baja voluntaria con un contrato de obra para tareas de archivo, depuración de expedientes etc...cuando estaba embarazada de 8 meses, siendo baja por I.T. a los pocos días hasta poco antes de finalizar el contrato y percibiendo la prestación por maternidad tras su finalización para pasar luego a la prestación por desempleo. Si esto es un fraude (que quizá no) ¿puede determinarlo la Inspección si todo tiene apariencia de legalidad?
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02/11/2003 20:34
En un momento de acaloramiento con mi jefe, dejé mi empleo después de 15 años y ahora no tengo derecho a paro.

Me han comentado que si conservo un empleo durante un mínimo de 3 meses sí que podría solicitarlo al INEM y me lo concederían.

Voy a acudir a varias ETT a ver si logro un empleo por al menos ese tiempo. Pero ¿y si juntara los 3 meses en varios contratos eventuales? ¿Valdría igual o me pondrían problemas en el INEM?

Gracias.
03/11/2003 10:13
Esta pregunta ha sido contestada en numerosas ocasiones en este foro desde sus diferentes matices.

No obstante, te diré que la baja voluntaria o dimisión del trabajador no produce una situación legal de desempleo. Ahora bien, las cotizaciones al desempleo las sigues manteniendo y cuando tengas un causa que sea reconocida como situación de desempleo podrás tener derecho a la prestación por desempleo.

Lo que no está reconocido como situación legal de desempleo es cuando se resuelve la relación laboral por el nuevo empresario en el período de prueba cuando no han pasado tres meses desde la baja voluntaria anterior.

Si tienes un contrato de obra y servicio y éste finaliza antes de los tres meses. Estarías en situación legal de desempleo. Y tendrías derecho al paro.

Saludos.
03/11/2003 16:49
Totalmente correcto pero el problema es que no siempre el INEM actua así y extiende una presunción de fraude de ley a cualquier contrato inferior a tres meses. Si así fuera, hay que reclamar y fácilmente se logrará el reconocimiento aunque sea en vía judicial.
Ya he comentado en éstos foros el caso paradógico de la maestra que trabaja en un bar como camarera con contrato indefinido y acepta una sustitución como maestra ofrecida por la Consejería de poca duración para coger puntos.
¿Se va a atrever el INEM a decir que una Consejería ha actuado en connivencia con la trabajadora para obtener fraudulentamente el desempleo?
En éstos casos vas más tranquilo a juicio si el segundo contrato es más favorable económicamente que el segundo,
si pruebas la existencia real de salario mediante ingresos o cheques en cuenta o que el horario del segundo contrato es más favorable que el primero.
03/11/2003 19:10
Está claro que el INEM no puede presumir fraude ni connivencia en un contrato con una empresa pública, y de hecho no lo hace, al menos el Inem que yo conozco, aunque exista (algunos ayuntamientos...) Pero está también claro que si la connivencia existe sólo puede ser una presunción porque es imposible de probar.Quien tiene el propósito de cometerlo ya se cuida de alta y baja en Seguridad Social, contrato , recibos de salarios que "demuestren" su "existencia real" etc.
Para denegar un expediente de ese tipo hay que ver muchos aspectos: el tiempo que transcurre de la baja voluntaria al segundo contrato, la duración de éste, la ocupación del último de acuerdo a la profesión del trabajador y su titulación, el aumento o disminución de rentas salariales y de cotización , la "justificación" del último contrato,si es o no una empresa pública, si es una empresa familiar, si hay uno sólo o varios contratos posteriores a la baja voluntaria etc...
En el caso de Antonio, no me parece fácil que una ETT se preste a connivencia con el trabajador para cometer fraude. Un solo contrato podría acreditar situación legal de desempleo, en mi opinión, aunque en el INEM ...
Y ya que Pang comenta un caso creo que real, va otro,fresquito de esta mañana: gestoría que contrata a una trabajadora que había sido baja voluntaria con un contrato de obra para tareas de archivo, depuración de expedientes etc...cuando estaba embarazada de 8 meses, siendo baja por I.T. a los pocos días hasta poco antes de finalizar el contrato y percibiendo la prestación por maternidad tras su finalización para pasar luego a la prestación por desempleo. Si esto es un fraude (que quizá no) ¿puede determinarlo la Inspección si todo tiene apariencia de legalidad?