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derecho a pedirme mi vida laboral

9 Comentarios
 
Derecho a pedirme mi vida laboral
25/04/2014 18:24
Hola buenas tardes;
Tengo una duda y me gustaria que alguien me la solventara, porque no me habia pasado nunca... Trabajo a media jornada y estoy de baja desde este miercoles y en la empresa me han pedido mi vida laboral, me ha comentado la jefa que es porque estoy a media jornada y para que pueda cobrar... Hasta que punto ellos tienen derecho a pedirme mi vida laboral? Y para que la quieren realmente? Gracias de antemano! Un saludo
25/04/2014 19:41
Entiendo que su baja sera por contingencias comunes (accidente común o enfermedad común), por lo que para tener derecho a prestación por IT necesita usted acreditar un periodo de cotización de 180 días e interpreto que en esta última empresa usted no lleva esos 6 meses cotizados o trabajando y es por ello que quieran ver una vida laboral para ver si realmente tiene usted derecho al cobro de la prestación, eso si ellos no tienen ningún derecho a pedirle esa vida laboral.
SMO.
25/04/2014 23:00
Gracias por contestar, llevo para ser exactos 8 meses trabajando en esta empresa y si, es por enfermedad comun el motivo de la baja.
26/04/2014 01:04
Pues si como dice ya lleva en esa empresa mas de 180 díascotizados el solicitarle una vida laboral persigue otros objetivos nada haalagueños para usted, no lo presente, no pueden exigirselo.
26/04/2014 12:07
Muchas gracias por su ayuda, aclaraciones y por su amabilidad. Un saludo!
26/04/2014 12:49
Como práticamente siempre, estoy plenamente de acuerdo contigo jamgpreve.

Sólo una pequeña concreción, se ha de tener en consideración un periodo mínimo de cotización de 180 días en los últimos 5 años, y sólo en el supuesto de situación de baja por incapacidad temporal por contingencias comunes, sí, pero exclusivamente en el supuesto de enfermedad común.
En el supuesto de accidente no laboral, no se precisa dicha requerimiento a efectos de ser beneficiario.
26/04/2014 14:30
Lo conocía solo que no vida necesario dar tanto detalle, no obstante tu apreciación remata mi planteamiento.
26/04/2014 14:53
Hola, perdonar pero no entiendo en que puede perjudicar el facilitar la vida laboral en este caso?
26/04/2014 16:17
Mire pensando mal y pronto, el trabajador inicia un periodo de IT y si piden la vida laboral saldrá su historial de los años cotizados y de las empresas en las que trabajo anteriormente y con esos datos pueden dirigirse a estas e informarse sobre si el trabajador es conflictivo o sobre si tiene continuos periodos de IT. Ahora le parece peligroso lo de la vida laboral?
Lo que esta claro es que para comprobar si tiene o no derecho a cobrar no es.
SMO.
26/04/2014 17:24
ya veo que se hila fino...
Buen consejo...
y muchas gracias por la aclaración.
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25/04/2014 18:24
Hola buenas tardes;
Tengo una duda y me gustaria que alguien me la solventara, porque no me habia pasado nunca... Trabajo a media jornada y estoy de baja desde este miercoles y en la empresa me han pedido mi vida laboral, me ha comentado la jefa que es porque estoy a media jornada y para que pueda cobrar... Hasta que punto ellos tienen derecho a pedirme mi vida laboral? Y para que la quieren realmente? Gracias de antemano! Un saludo
25/04/2014 19:41
Entiendo que su baja sera por contingencias comunes (accidente común o enfermedad común), por lo que para tener derecho a prestación por IT necesita usted acreditar un periodo de cotización de 180 días e interpreto que en esta última empresa usted no lleva esos 6 meses cotizados o trabajando y es por ello que quieran ver una vida laboral para ver si realmente tiene usted derecho al cobro de la prestación, eso si ellos no tienen ningún derecho a pedirle esa vida laboral.
SMO.
25/04/2014 23:00
Gracias por contestar, llevo para ser exactos 8 meses trabajando en esta empresa y si, es por enfermedad comun el motivo de la baja.
26/04/2014 01:04
Pues si como dice ya lleva en esa empresa mas de 180 díascotizados el solicitarle una vida laboral persigue otros objetivos nada haalagueños para usted, no lo presente, no pueden exigirselo.
26/04/2014 12:07
Muchas gracias por su ayuda, aclaraciones y por su amabilidad. Un saludo!
26/04/2014 12:49
Como práticamente siempre, estoy plenamente de acuerdo contigo jamgpreve.

Sólo una pequeña concreción, se ha de tener en consideración un periodo mínimo de cotización de 180 días en los últimos 5 años, y sólo en el supuesto de situación de baja por incapacidad temporal por contingencias comunes, sí, pero exclusivamente en el supuesto de enfermedad común.
En el supuesto de accidente no laboral, no se precisa dicha requerimiento a efectos de ser beneficiario.
26/04/2014 14:30
Lo conocía solo que no vida necesario dar tanto detalle, no obstante tu apreciación remata mi planteamiento.
26/04/2014 14:53
Hola, perdonar pero no entiendo en que puede perjudicar el facilitar la vida laboral en este caso?
26/04/2014 16:17
Mire pensando mal y pronto, el trabajador inicia un periodo de IT y si piden la vida laboral saldrá su historial de los años cotizados y de las empresas en las que trabajo anteriormente y con esos datos pueden dirigirse a estas e informarse sobre si el trabajador es conflictivo o sobre si tiene continuos periodos de IT. Ahora le parece peligroso lo de la vida laboral?
Lo que esta claro es que para comprobar si tiene o no derecho a cobrar no es.
SMO.
26/04/2014 17:24
ya veo que se hila fino...
Buen consejo...
y muchas gracias por la aclaración.