Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

derecho a pernoctar nunca lo ha usado

16 Comentarios
 
10/11/2010 11:43
gracias adsec y rospa, lo mismo digo para tí, esperemos que se te arregle todo
un saludo
10/11/2010 10:35
Gracias Adsec, muy amable, veremos que ocurre, y siempre en la lucha de lo mejor para la niña, mucha suerte nazka32, que te vaya todo bien, y soluciones pronto lo de tu niño y sobre todo la tranquilidad no vivir siempre esperando un sobresalto....venga mucha suerte, y buen día, gracias Adsec
10/11/2010 10:29
En ambos casos, lo mejor, efectivamente, es dejar las cosas bien atadas, y pedir que los convenios se ajusten a la realidad, para evitar sorpresas desagradables. Si es de mutuo acuerdo, mucho mejor; si no, ambas pueden solicitarlo judicialmente, pues razones no les faltan.
10/11/2010 10:17
con lo de ciertos dias me referia a que hasta que no lo haya visitado un numero determinado de dias no se lo pueda llevar a dormir, (que en enero hace 3 años que no lo ve) y me da algo si por ejemplo estas navidades dice que se lo lleva los 9 dias que le corresponde (nunka lo ha hecho). Pues si se reduce se queda sin visitas, por que el en vez de aceptar los findes de semana alternos como es habitual pidió solo el primer finde de cada mes. Que igual siguie sin llevarselo y tal, pero quiero tener las cosas atadas por si acaso.
10/11/2010 10:17
Adsec, para demostrar que no es persona para cuidar a una niña pequeña, por varias razones que no voy a explicar aquí, pero tienes libertad para pensar lo que quieras y acertaras seguro, y tal es el caso que teniendo el derecho a llevarsela no lo ha solicitado, él mismo se reconocerá como mejor no me la llevo, que repito le honra reconocerlo sin admitirlo, yo Adsec "invitarlo" no puedo, no debo ni quiero, me imagino que lo entiendes, espero....Pero para no repitir más este tema, mi duda era si ha de pasar un tiempo para poder pedir una modificación en esa sentencia, que estoy convencida él no querrá, pero mi fin es demostrar que al no hacer tal uso de su "deber como padre", pues que se anule y así yo personalmente conseguir la tranquilidad que nunca usará esa "frase" para sólo inquietarme, todo esto es muy complicado.... de nuevo gracias Adsec
10/11/2010 09:59
Hola Nazka32. Eso parece difícil, sobre todo por cómo definir lo de "tener trato de ciertos días". Supongo que lo que procedería, ya que no cumple con el régimen actual, es solicitar que se reduzca.
10/11/2010 09:48
y en mi caso que el padre no cumple ni siquiera el regimen de vistas, por si algun dia le da por cumplirlo se podría solicitar una modificacion de medidas poniendo algo asi como que hasta que no tenga trato con el niño de ciertos dias seguidos no se lo pueda llevar a dormir?
10/11/2010 09:36
En ese caso, no creo que las amenazas sean tales. Me explico: lo que dice el padre es "ojo, que puedo cumplir la sentencia".
Entiendo que hay un problema de formas, no de fondo. Él tiene derecho a no estar de acuerdo con ciertos gastos, objetivamente, lo que no hace bien es la manera en que lo expresa. Yo creo que, si lo piensa usted fríamente, la situación no es tan grave (si es que estoy entendiendo bien el asunto, claro). Quiero decir que, aparentemente, ambos están de acuerdo con la situación, más o menos y, cuando surgen roces, se afrontan con malas formas. Tal vez, incluso, al padre le empiece a apetecer la idea de comenzar las pernoctas, y esté buscando una excusa, pues no se atreva a plantearlo claramente después de tanto tiempo.
En cualquier caso, da la impresión de que es algo que pueden resolver hablando. Quizá podría usted "invitarlo" a iniciar las pernoctas, poco a poco, dándole instrucciones de cómo proceder en según qué casos...
Espero no haberme metido demasiado en cuestiones personales. Soy consciente de que buscaba más un asesoramiento jurídico que este tipo de comentario.
10/11/2010 09:19
Adsec, como poderlo explicar brevemente?, mi caso es que la separación era si o si, y que por su parte la detonó él, es más él fue quien se fue de el domicilio, es mucho más, él fue el que quizo sentencia en papel, bueno dicho esto, que hasta pienso es mejor que conste en papel, el caso es que durante todo este tiempo él se ha arrepentido, y por mi parte ya no hay retroceso, bueno lo de dormir fuera, me refiero a que la niña duerma en donde él resida que por otro lado no tengo ni idea de donde ni en qué condiciones lo hace....y las amenazas no son otras más que eso, cuando le comento algún gasto no previsible de la niña, pues salta con lo de no te doy nada, y si sigues así pues me llevo a la niña los fines de semana, ahí es donde yo digo que amor de padre o interes de estar con ella no hay, sólo las ganas de hacerme daño a mí....cada caso es un mundo, y trato de abreviar mucho, pero siempre me extiendo, gracias de nuevo por tu interés Adsec
10/11/2010 08:12
No hay un plazo prudencial, que yo sepa. Mandan las circunstancias. Si el padre no pernocta, por propia voluntad como es el caso, lo mejor es pedir la modificación tan pronto como él deje claro que no desea las pernoctas. En ese sentido, ha transcurrido tiempo más que de sobra.
Lo que no entiendo muy bien son las amenazas. ¿Qué significa dormir "fuera"? Y ¿por qué la amenaza, qué quiere a cambio de no llevársela a dormir "fuera"?
Disculpe si soy demasiado entrometido, es curiosidad, y por entender mejor el caso.
09/11/2010 23:00
Adsec, gracias por tus letras, él decir que yo me opongo ??, vamos es que está en sentencia no me puedo negar, de hacerlo se sabe que me puede hasta denunciar, es una orden de un juez, aparte que no es cierto, pero entiendo lo que dices...Casi seguro que se optará por cambiar lo que consta en tal sentencia que seguro él se negará, pero quiero acabar ya con sus "amenazas", tratandose de que ya han transcurridos dos años, cuánto tiempo prudencial hay que esperar para poder pedir una modificación en la sentencia ???....gracias Adsec
09/11/2010 22:51
El problema de esa situación, Rospa, es que si la sentencia dice que la niña pasará con su padre los fines de semana alternos, y no lo hace, él podría decir que usted no se lo permite. Naturalmente, estoy hablando de una situación que ojalá no ocurra nunca, en la que él se decida a hacerle daño a usted por cualquier medio.
Lo mejor es siempre que se cumpla el convenio o sentencia, y si se quiere hacer otra cosa, que se firme por escrito o se pida una modificación de medidas. La situación que se ha creado es estable mientras ambos vayan de buena fe, pero puede ser un polvorín si esa actitud cambia.
09/11/2010 22:37
Gracias por responderme José Ramón, la sentencia dice que la niña pernocte fines de semanas alternos con su padre, yo nunca me he opuesto a que lo cumpla, que por otro lado agradezco no lo haga, e incluso él mismo ha de saberlo mejor que nadie cuando ni siquiera lo hace diciendomelo previamente,claro... Sé que de querer cambiar las medidas que consta en la setencia de hace ya dos años, ha de ser de nuevo con abogado y procurador, y tambien pienso que tratandose de una menor de escasos tres años, yo demostrar puedo hasta de como parpadea y de sus manías al dormir, pero él por su parte no puede hacerlo, pocas más pruebas puedo dar yo, pero ninguna puede dar él...el caso José Ramón, que aunque insisto que ni quiero que use tal derecho a llevarsela a dormir, el tema es que como sabe lo que duele, con ello me amenaza ante cualquier perrería que tenga.....de nuevo gracias José Ramón
09/11/2010 22:18
Si la sentencia dice que es opcional la pernocta para el no custodio ambos están actuando correctamente. Es de suponer que la sentencia indica que en caso de hacer uso del derecho de pernocta debe comunicarlo al custodio con una antelación.

En relación a intentar Vd. suprimir ese derecho a las pernoctas debería promover un cambio de medidas al respecto, con abogado y procurador. Puede que no sean aceptado el cambio si el no custodio se niega y Vd. no puede demostrar que la supuesta incapacidad para atender al hijo común es posterior a la sentencia de hace dos años.
09/11/2010 21:15
paciencia nazka32, ....alguien que sepa algo...muchas gracias
09/11/2010 18:36
yo estoy en el mismo caso que tu ya que el padre de mi hijo en 8 años (el nene tiene 9) jamas se lo ha llevado a dormir, a ver si alguien nos aclara ese punto, si habría que pedir una modificación de convenio para que recoja ese aspecto o que?
Muchas gracias
Derecho a pernoctar nunca lo ha usado
09/11/2010 18:16
Hola a todos, brevemente cuento un poco mi caso..estoy separada del padre de mi hija hace ya dos años y medio y desde hace dos años existe una setencia donde se le dice a él a parte de los gastos que tiene que compartir a medias, se le dice que la niña se la puede llevar a pernoctar los fines de semanas alternos, así como los quince días de vacaciones, bien, el caso es que nunca lo ha hecho, ni yo tampoco se lo he dicho, podría ampliar mucha más información pero sólo digo que no es apto para cuidar a una niña de tres años, e incluso creo que le honra a él mismo no hacer uso, supongo que también él opinará lo mismo, y por eso no lo ha utilizado, bueno, sin liarme más, el caso es que para cuando le "interesa", aunque nunca lo ha hecho, ya repito que la niña nunca ha dormido fuera de mi casa, pues lo utiliza para amenazarme, diciendome que se la va a llevar a dormir fuera...entonces yo quisiera saber si hay o existe algun tiempo prudencial para que si él no utiliza su derecho a llevarsela a pernoctar pudiera yo solicitar una nueva sentencia para que se le quite tal derecho que repito nunca HA QUERIDO USAR, y con ello así poder vivir sin esas "amenazas", muchas gracias a todos...
derecho a pernoctar nunca lo ha usado | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

derecho a pernoctar nunca lo ha usado

16 Comentarios
 
10/11/2010 11:43
gracias adsec y rospa, lo mismo digo para tí, esperemos que se te arregle todo
un saludo
10/11/2010 10:35
Gracias Adsec, muy amable, veremos que ocurre, y siempre en la lucha de lo mejor para la niña, mucha suerte nazka32, que te vaya todo bien, y soluciones pronto lo de tu niño y sobre todo la tranquilidad no vivir siempre esperando un sobresalto....venga mucha suerte, y buen día, gracias Adsec
10/11/2010 10:29
En ambos casos, lo mejor, efectivamente, es dejar las cosas bien atadas, y pedir que los convenios se ajusten a la realidad, para evitar sorpresas desagradables. Si es de mutuo acuerdo, mucho mejor; si no, ambas pueden solicitarlo judicialmente, pues razones no les faltan.
10/11/2010 10:17
con lo de ciertos dias me referia a que hasta que no lo haya visitado un numero determinado de dias no se lo pueda llevar a dormir, (que en enero hace 3 años que no lo ve) y me da algo si por ejemplo estas navidades dice que se lo lleva los 9 dias que le corresponde (nunka lo ha hecho). Pues si se reduce se queda sin visitas, por que el en vez de aceptar los findes de semana alternos como es habitual pidió solo el primer finde de cada mes. Que igual siguie sin llevarselo y tal, pero quiero tener las cosas atadas por si acaso.
10/11/2010 10:17
Adsec, para demostrar que no es persona para cuidar a una niña pequeña, por varias razones que no voy a explicar aquí, pero tienes libertad para pensar lo que quieras y acertaras seguro, y tal es el caso que teniendo el derecho a llevarsela no lo ha solicitado, él mismo se reconocerá como mejor no me la llevo, que repito le honra reconocerlo sin admitirlo, yo Adsec "invitarlo" no puedo, no debo ni quiero, me imagino que lo entiendes, espero....Pero para no repitir más este tema, mi duda era si ha de pasar un tiempo para poder pedir una modificación en esa sentencia, que estoy convencida él no querrá, pero mi fin es demostrar que al no hacer tal uso de su "deber como padre", pues que se anule y así yo personalmente conseguir la tranquilidad que nunca usará esa "frase" para sólo inquietarme, todo esto es muy complicado.... de nuevo gracias Adsec
10/11/2010 09:59
Hola Nazka32. Eso parece difícil, sobre todo por cómo definir lo de "tener trato de ciertos días". Supongo que lo que procedería, ya que no cumple con el régimen actual, es solicitar que se reduzca.
10/11/2010 09:48
y en mi caso que el padre no cumple ni siquiera el regimen de vistas, por si algun dia le da por cumplirlo se podría solicitar una modificacion de medidas poniendo algo asi como que hasta que no tenga trato con el niño de ciertos dias seguidos no se lo pueda llevar a dormir?
10/11/2010 09:36
En ese caso, no creo que las amenazas sean tales. Me explico: lo que dice el padre es "ojo, que puedo cumplir la sentencia".
Entiendo que hay un problema de formas, no de fondo. Él tiene derecho a no estar de acuerdo con ciertos gastos, objetivamente, lo que no hace bien es la manera en que lo expresa. Yo creo que, si lo piensa usted fríamente, la situación no es tan grave (si es que estoy entendiendo bien el asunto, claro). Quiero decir que, aparentemente, ambos están de acuerdo con la situación, más o menos y, cuando surgen roces, se afrontan con malas formas. Tal vez, incluso, al padre le empiece a apetecer la idea de comenzar las pernoctas, y esté buscando una excusa, pues no se atreva a plantearlo claramente después de tanto tiempo.
En cualquier caso, da la impresión de que es algo que pueden resolver hablando. Quizá podría usted "invitarlo" a iniciar las pernoctas, poco a poco, dándole instrucciones de cómo proceder en según qué casos...
Espero no haberme metido demasiado en cuestiones personales. Soy consciente de que buscaba más un asesoramiento jurídico que este tipo de comentario.
10/11/2010 09:19
Adsec, como poderlo explicar brevemente?, mi caso es que la separación era si o si, y que por su parte la detonó él, es más él fue quien se fue de el domicilio, es mucho más, él fue el que quizo sentencia en papel, bueno dicho esto, que hasta pienso es mejor que conste en papel, el caso es que durante todo este tiempo él se ha arrepentido, y por mi parte ya no hay retroceso, bueno lo de dormir fuera, me refiero a que la niña duerma en donde él resida que por otro lado no tengo ni idea de donde ni en qué condiciones lo hace....y las amenazas no son otras más que eso, cuando le comento algún gasto no previsible de la niña, pues salta con lo de no te doy nada, y si sigues así pues me llevo a la niña los fines de semana, ahí es donde yo digo que amor de padre o interes de estar con ella no hay, sólo las ganas de hacerme daño a mí....cada caso es un mundo, y trato de abreviar mucho, pero siempre me extiendo, gracias de nuevo por tu interés Adsec
10/11/2010 08:12
No hay un plazo prudencial, que yo sepa. Mandan las circunstancias. Si el padre no pernocta, por propia voluntad como es el caso, lo mejor es pedir la modificación tan pronto como él deje claro que no desea las pernoctas. En ese sentido, ha transcurrido tiempo más que de sobra.
Lo que no entiendo muy bien son las amenazas. ¿Qué significa dormir "fuera"? Y ¿por qué la amenaza, qué quiere a cambio de no llevársela a dormir "fuera"?
Disculpe si soy demasiado entrometido, es curiosidad, y por entender mejor el caso.
09/11/2010 23:00
Adsec, gracias por tus letras, él decir que yo me opongo ??, vamos es que está en sentencia no me puedo negar, de hacerlo se sabe que me puede hasta denunciar, es una orden de un juez, aparte que no es cierto, pero entiendo lo que dices...Casi seguro que se optará por cambiar lo que consta en tal sentencia que seguro él se negará, pero quiero acabar ya con sus "amenazas", tratandose de que ya han transcurridos dos años, cuánto tiempo prudencial hay que esperar para poder pedir una modificación en la sentencia ???....gracias Adsec
09/11/2010 22:51
El problema de esa situación, Rospa, es que si la sentencia dice que la niña pasará con su padre los fines de semana alternos, y no lo hace, él podría decir que usted no se lo permite. Naturalmente, estoy hablando de una situación que ojalá no ocurra nunca, en la que él se decida a hacerle daño a usted por cualquier medio.
Lo mejor es siempre que se cumpla el convenio o sentencia, y si se quiere hacer otra cosa, que se firme por escrito o se pida una modificación de medidas. La situación que se ha creado es estable mientras ambos vayan de buena fe, pero puede ser un polvorín si esa actitud cambia.
09/11/2010 22:37
Gracias por responderme José Ramón, la sentencia dice que la niña pernocte fines de semanas alternos con su padre, yo nunca me he opuesto a que lo cumpla, que por otro lado agradezco no lo haga, e incluso él mismo ha de saberlo mejor que nadie cuando ni siquiera lo hace diciendomelo previamente,claro... Sé que de querer cambiar las medidas que consta en la setencia de hace ya dos años, ha de ser de nuevo con abogado y procurador, y tambien pienso que tratandose de una menor de escasos tres años, yo demostrar puedo hasta de como parpadea y de sus manías al dormir, pero él por su parte no puede hacerlo, pocas más pruebas puedo dar yo, pero ninguna puede dar él...el caso José Ramón, que aunque insisto que ni quiero que use tal derecho a llevarsela a dormir, el tema es que como sabe lo que duele, con ello me amenaza ante cualquier perrería que tenga.....de nuevo gracias José Ramón
09/11/2010 22:18
Si la sentencia dice que es opcional la pernocta para el no custodio ambos están actuando correctamente. Es de suponer que la sentencia indica que en caso de hacer uso del derecho de pernocta debe comunicarlo al custodio con una antelación.

En relación a intentar Vd. suprimir ese derecho a las pernoctas debería promover un cambio de medidas al respecto, con abogado y procurador. Puede que no sean aceptado el cambio si el no custodio se niega y Vd. no puede demostrar que la supuesta incapacidad para atender al hijo común es posterior a la sentencia de hace dos años.
09/11/2010 21:15
paciencia nazka32, ....alguien que sepa algo...muchas gracias
09/11/2010 18:36
yo estoy en el mismo caso que tu ya que el padre de mi hijo en 8 años (el nene tiene 9) jamas se lo ha llevado a dormir, a ver si alguien nos aclara ese punto, si habría que pedir una modificación de convenio para que recoja ese aspecto o que?
Muchas gracias
Derecho a pernoctar nunca lo ha usado
09/11/2010 18:16
Hola a todos, brevemente cuento un poco mi caso..estoy separada del padre de mi hija hace ya dos años y medio y desde hace dos años existe una setencia donde se le dice a él a parte de los gastos que tiene que compartir a medias, se le dice que la niña se la puede llevar a pernoctar los fines de semanas alternos, así como los quince días de vacaciones, bien, el caso es que nunca lo ha hecho, ni yo tampoco se lo he dicho, podría ampliar mucha más información pero sólo digo que no es apto para cuidar a una niña de tres años, e incluso creo que le honra a él mismo no hacer uso, supongo que también él opinará lo mismo, y por eso no lo ha utilizado, bueno, sin liarme más, el caso es que para cuando le "interesa", aunque nunca lo ha hecho, ya repito que la niña nunca ha dormido fuera de mi casa, pues lo utiliza para amenazarme, diciendome que se la va a llevar a dormir fuera...entonces yo quisiera saber si hay o existe algun tiempo prudencial para que si él no utiliza su derecho a llevarsela a pernoctar pudiera yo solicitar una nueva sentencia para que se le quite tal derecho que repito nunca HA QUERIDO USAR, y con ello así poder vivir sin esas "amenazas", muchas gracias a todos...