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derecho a reclamar herencia?

12 Comentarios
 
Derecho a reclamar herencia?
28/01/2010 12:41
Simplemente quiero saber si me merece la pena reclamar o no tengo ningún derecho. Situación:
- 4 hermanos, uno de ellos mi padre
- mi padre muere cuando yo tenia 2 años (hace mas de 60 años)
- resto de tíos han ido muriendo, hasta el año pasado (no hay testamento). El ultimo en morir (no tiene hijos, ni cónyuge..), pero si deja testamento a favor de la persona que le llevaba sus cuentas.
- Yo de mi padre no recibí nada en su momento, entiendo que su parte la absorbieron mis tíos.
- soy único descendiente (mis tíos no tuvieron hijos...).
La pregunta es: Tengo derecho a reclamar la parte proporcional que, teóricamente era de mi padre? Prescribe por haber pasado tanto tiempo?

Simplemente quiero saber si tengo algún derecho o no. Si así fuese ya iría a un abogado a asesorarme concienzudamente.

Gracias por adelantado
28/01/2010 15:10
LAS HERENCIAS NO PRESCRIBEN.
tienestodo el derecho a reclamar la herencia de tu padre, y posiblemente de algun tio.
pero merece la pena solo si existen bienesque adjudicarse.
si es asi, ves a un abogado que lleve derecho de sucesiones y que te lo arregle todo.
si no tienes dinero pacta con el pago al finalizar todo, yo asi lo hago con muchos clientes.
28/01/2010 18:41
Las herencias no prescriben, peri sí el plazo para aceptarlas o repudiarlas.

El plazo es de 30 años desde que se tiene derecho a heredar.


Con derecho a equivocarme, claro.

29/01/2010 03:20
efectivamente, me equivocaba, pero no tan grave..

el plazo de 30 años es para la prescripción de la acción de petición de la herencia (acción real), y no para su aceptación y repudiación.

Por lo tanto, poco derecho creo que tienes a pedir la herencia de tu padre, si dices que murió hace 60 años...
29/01/2010 08:50
ok, muchas gracias. Pensaba que contaria desde que murio mi ultimo tio el año pasado, que es cuando realmente me entere de todo este tema.
Se que hay bienes y dinero y solo queria reclamar la parte de mi padre, pero como dice lsd2, ya han pasado mas de 30 años.
29/01/2010 09:05
Investiga, que a veces, te puedes encontrar con alguna sorpresa. Pîde información en el Registro de la Propiedad, y en el Catastro, a ver si hay algo a nombre de tu padre. Si cuando falleció tu padre, tu tenías 2 años, tal vez tus tios pusieron su parte a recaudo para ti.
En cualquier caso, y como ya te han comentado, eres heredero de tus dos tios, que no hicieron testamento.
Un saludo.
29/01/2010 10:05
Pero mis 2 tios que no hicieron testamento, entiendo que su parte se la quedo mi otro tio (el que fallecio el año pasado) y este si que dejo testamento (a otro beneficiario). tengo "legitima" por mis tios?
Muchas gracias
29/01/2010 12:50
legítima no tienes, pero sí derecho de representación de tu padre, por lo que de tus tios que no testaron sí que te tocaría algo. De hecho, te tocaría la parte correspondiente a lo que le hubiese tocado a tu padre si viviese..

Antes de nada, ¿dónde vives, y de dónde eran tus tios y tus padres? Porque depende de la respuesta que lo que te he dicho sea válido o no.
29/01/2010 13:00
Yo vivo en Leon, pero tanto mi padre como mis tios eran gallegos (provincia Pontevedra)
Gracias
29/01/2010 13:22
Entonces no te lo puedo asegurar, porque me parecde que galicia tiene derecho civil propio para estos temas.

Acabo de revisarlo, y sí tiene derecho sucesorio propio, y lo que es peor, lo tiene por una ley de 2006, que viene a cambiar otra anterior, por lo que cada herencia hay que tratarla con diferentes leyes.... ufff!!

A ver si alguien por aquí es experto en Dº Civil gallego y nos puede ayudar.
29/01/2010 13:40
Muchisimas gracias
01/02/2010 11:18
efectivamente Isb2, el art 1934 asi lo dice, y ademas comienza a contar desde que fallecio el causante,art 1969, pero deberia ir a un abogado par ver aun si es posible recuperarla, por posibles interrupciones y/o otras cosas.
eso si, ves a un abogado gallego o que conozca su foro.
01/02/2010 11:56
muchas gracias por las respuestas
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28/01/2010 12:41
Simplemente quiero saber si me merece la pena reclamar o no tengo ningún derecho. Situación:
- 4 hermanos, uno de ellos mi padre
- mi padre muere cuando yo tenia 2 años (hace mas de 60 años)
- resto de tíos han ido muriendo, hasta el año pasado (no hay testamento). El ultimo en morir (no tiene hijos, ni cónyuge..), pero si deja testamento a favor de la persona que le llevaba sus cuentas.
- Yo de mi padre no recibí nada en su momento, entiendo que su parte la absorbieron mis tíos.
- soy único descendiente (mis tíos no tuvieron hijos...).
La pregunta es: Tengo derecho a reclamar la parte proporcional que, teóricamente era de mi padre? Prescribe por haber pasado tanto tiempo?

Simplemente quiero saber si tengo algún derecho o no. Si así fuese ya iría a un abogado a asesorarme concienzudamente.

Gracias por adelantado
28/01/2010 15:10
LAS HERENCIAS NO PRESCRIBEN.
tienestodo el derecho a reclamar la herencia de tu padre, y posiblemente de algun tio.
pero merece la pena solo si existen bienesque adjudicarse.
si es asi, ves a un abogado que lleve derecho de sucesiones y que te lo arregle todo.
si no tienes dinero pacta con el pago al finalizar todo, yo asi lo hago con muchos clientes.
28/01/2010 18:41
Las herencias no prescriben, peri sí el plazo para aceptarlas o repudiarlas.

El plazo es de 30 años desde que se tiene derecho a heredar.


Con derecho a equivocarme, claro.

29/01/2010 03:20
efectivamente, me equivocaba, pero no tan grave..

el plazo de 30 años es para la prescripción de la acción de petición de la herencia (acción real), y no para su aceptación y repudiación.

Por lo tanto, poco derecho creo que tienes a pedir la herencia de tu padre, si dices que murió hace 60 años...
29/01/2010 08:50
ok, muchas gracias. Pensaba que contaria desde que murio mi ultimo tio el año pasado, que es cuando realmente me entere de todo este tema.
Se que hay bienes y dinero y solo queria reclamar la parte de mi padre, pero como dice lsd2, ya han pasado mas de 30 años.
29/01/2010 09:05
Investiga, que a veces, te puedes encontrar con alguna sorpresa. Pîde información en el Registro de la Propiedad, y en el Catastro, a ver si hay algo a nombre de tu padre. Si cuando falleció tu padre, tu tenías 2 años, tal vez tus tios pusieron su parte a recaudo para ti.
En cualquier caso, y como ya te han comentado, eres heredero de tus dos tios, que no hicieron testamento.
Un saludo.
29/01/2010 10:05
Pero mis 2 tios que no hicieron testamento, entiendo que su parte se la quedo mi otro tio (el que fallecio el año pasado) y este si que dejo testamento (a otro beneficiario). tengo "legitima" por mis tios?
Muchas gracias
29/01/2010 12:50
legítima no tienes, pero sí derecho de representación de tu padre, por lo que de tus tios que no testaron sí que te tocaría algo. De hecho, te tocaría la parte correspondiente a lo que le hubiese tocado a tu padre si viviese..

Antes de nada, ¿dónde vives, y de dónde eran tus tios y tus padres? Porque depende de la respuesta que lo que te he dicho sea válido o no.
29/01/2010 13:00
Yo vivo en Leon, pero tanto mi padre como mis tios eran gallegos (provincia Pontevedra)
Gracias
29/01/2010 13:22
Entonces no te lo puedo asegurar, porque me parecde que galicia tiene derecho civil propio para estos temas.

Acabo de revisarlo, y sí tiene derecho sucesorio propio, y lo que es peor, lo tiene por una ley de 2006, que viene a cambiar otra anterior, por lo que cada herencia hay que tratarla con diferentes leyes.... ufff!!

A ver si alguien por aquí es experto en Dº Civil gallego y nos puede ayudar.
29/01/2010 13:40
Muchisimas gracias
01/02/2010 11:18
efectivamente Isb2, el art 1934 asi lo dice, y ademas comienza a contar desde que fallecio el causante,art 1969, pero deberia ir a un abogado par ver aun si es posible recuperarla, por posibles interrupciones y/o otras cosas.
eso si, ves a un abogado gallego o que conozca su foro.
01/02/2010 11:56
muchas gracias por las respuestas