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derecho a servidumbre de paso

2 Comentarios
 
Derecho a servidumbre de paso
19/04/2014 16:40
Hola! Mi casa tiene derecho a una servidumbre de paso por la parte de atrás de vivienda que nos da acceso a otra calle desde el año 1993. Dicha servidumbre se otorgo de mutuo acuerdo entre ambas partes y en el juzgado de paz, donde hay una sentencia.
La propiedad vecina ha sido vendida 3 veces desde 1993, con ningún vecino hemos tenido problemas ni nos han nombrado nada de dicha servidumbre. Hace una semana se vendió la propiedad, y en la firma de la escritura no se hizo constar delante del notario que la propiedad tenia una carga de servidumbre de paso. Por tanto en la escritura no consta dicha servidumbre. Nosotros tenemos la sentencia del juzgado de paz donde dice que nuestra vivienda tiene derecho a dicha servidumbre. Mi miedo es si existe algún modo de que los nuevos vecinos nos nieguen o extingan la servidumbre de paso, y en su caso, que tendríamos que hacer para evitar que así sea.
Recuerdo que el único documento que tenemos es la sentencia del juzgado de paz y el testimonio de los vecinos del pueblo del uso que hacemos de toda la vida de ese paso.
¿podría poner unas puertas para entrar con un vehículo?
21/04/2014 00:43
allá por el año 1933, cuando de la sentencia que refiere, ¿tenía su casa otro acceso a vía pública?
¿habla esa sentencia de un derecho de paso o de una servidumbre de paso?
22/04/2014 12:25
La sentencia és del año 1992, y es una servidumbre de paso. Siempre hemos tenido acceso por delante. La parte de atras era un campo que compraron las dos casa (hace muchissimos años), y de mutuo acuerdo, de palabra, decidieron que el camino seria de las dos casa. El problema surgio cuando vendieron la casa que la dueña se escrituro el camino como suyo y a nosotros se nos quedo una servidumbre de paso. Ahora han vendido la casa y en las escrituras han omitido la servidumbre.
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Derecho a servidumbre de paso
19/04/2014 16:40
Hola! Mi casa tiene derecho a una servidumbre de paso por la parte de atrás de vivienda que nos da acceso a otra calle desde el año 1993. Dicha servidumbre se otorgo de mutuo acuerdo entre ambas partes y en el juzgado de paz, donde hay una sentencia.
La propiedad vecina ha sido vendida 3 veces desde 1993, con ningún vecino hemos tenido problemas ni nos han nombrado nada de dicha servidumbre. Hace una semana se vendió la propiedad, y en la firma de la escritura no se hizo constar delante del notario que la propiedad tenia una carga de servidumbre de paso. Por tanto en la escritura no consta dicha servidumbre. Nosotros tenemos la sentencia del juzgado de paz donde dice que nuestra vivienda tiene derecho a dicha servidumbre. Mi miedo es si existe algún modo de que los nuevos vecinos nos nieguen o extingan la servidumbre de paso, y en su caso, que tendríamos que hacer para evitar que así sea.
Recuerdo que el único documento que tenemos es la sentencia del juzgado de paz y el testimonio de los vecinos del pueblo del uso que hacemos de toda la vida de ese paso.
¿podría poner unas puertas para entrar con un vehículo?
21/04/2014 00:43
allá por el año 1933, cuando de la sentencia que refiere, ¿tenía su casa otro acceso a vía pública?
¿habla esa sentencia de un derecho de paso o de una servidumbre de paso?
22/04/2014 12:25
La sentencia és del año 1992, y es una servidumbre de paso. Siempre hemos tenido acceso por delante. La parte de atras era un campo que compraron las dos casa (hace muchissimos años), y de mutuo acuerdo, de palabra, decidieron que el camino seria de las dos casa. El problema surgio cuando vendieron la casa que la dueña se escrituro el camino como suyo y a nosotros se nos quedo una servidumbre de paso. Ahora han vendido la casa y en las escrituras han omitido la servidumbre.