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Derecho adquirido.

1 Comentarios
 
07/02/2018 13:19
Vbf
El trabajador solo tiene derecho a cobrar el plus transporte o equivalente si viene establecido en el Convenio Colectivo, en alguna normativa de la empresa o si la empresa, por propia voluntad, decide pagarlo. Si no estamos en ninguna de estas situaciones, no se tendrá derecho a este plus.

Si la empresa ya lo venía pagando, aunque no viniese dispuesto en el Convenio Colectivo ni ninguna norma, tendrá que seguir pagándolo, y para poder dejar de hacerlo tendrá que realizar una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, necesitando causas objetivas para hacerlo, ya que se considera un derecho adquirido por el trabajador.
Derecho adquirido.
07/02/2018 12:33
Hola, gracias por su ayuda.
Trabajo en agencia de viajes desde hace 30 años. Desde siempre nos han puesto en las nominas de las pagas extras (que son 4 al año) el plus de transporte, que sabemos, ahora, que no corresponde a ponerlo ahi. Ahora, la empresa dice que como no es legal que esté ese plus ahi, nos lo quita, y ya está. Obviamente, si nos lo quita, perdemos cerca de 500 eur al año, que vamos a dejar de percibir. Eso se puede hacer asi? Tenemos, despues de tantos años, el derecho adquirido a que nos lo sigan pagando de otra forma en las nominas normales?
Espero su contestacion, muchas gracias.
Un saludo.
Derecho adquirido. | PorticoLegal
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07/02/2018 13:19
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El trabajador solo tiene derecho a cobrar el plus transporte o equivalente si viene establecido en el Convenio Colectivo, en alguna normativa de la empresa o si la empresa, por propia voluntad, decide pagarlo. Si no estamos en ninguna de estas situaciones, no se tendrá derecho a este plus.

Si la empresa ya lo venía pagando, aunque no viniese dispuesto en el Convenio Colectivo ni ninguna norma, tendrá que seguir pagándolo, y para poder dejar de hacerlo tendrá que realizar una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, necesitando causas objetivas para hacerlo, ya que se considera un derecho adquirido por el trabajador.
Derecho adquirido.
07/02/2018 12:33
Hola, gracias por su ayuda.
Trabajo en agencia de viajes desde hace 30 años. Desde siempre nos han puesto en las nominas de las pagas extras (que son 4 al año) el plus de transporte, que sabemos, ahora, que no corresponde a ponerlo ahi. Ahora, la empresa dice que como no es legal que esté ese plus ahi, nos lo quita, y ya está. Obviamente, si nos lo quita, perdemos cerca de 500 eur al año, que vamos a dejar de percibir. Eso se puede hacer asi? Tenemos, despues de tantos años, el derecho adquirido a que nos lo sigan pagando de otra forma en las nominas normales?
Espero su contestacion, muchas gracias.
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