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Derecho de desconexión de trabajadores en vacaciones: ¿siempre o sólo cuando les conviene a ellos?

7 Comentarios
 
Derecho de desconexión de trabajadores en vacaciones: ¿siempre o sólo cuando les conviene a ellos?
26/07/2019 17:48
Hola.

He visto el telediario de la 1ª cadena de rtve y ha salido una noticia comentada sobre trabajadores y empleados, técnicos en general, gente como yo que se van de vacaciones y tienen que seguir lidiando con las llamaditas y los mensajitos del la empresa o de un jefe que lo único que consiguen con esto es amargarte las vacaciones. Yo ahora mismo estoy de vacaciones hasta fin de mes y lo llevo sufriendo todas las vacaciones. El dichoso aviso de whatsapp y de los mensajes de correo y luego es el encargado que me pregunta cosas o que tengo que ir preparando esto o lo que sea para cuando vuelva. He visto la noticia en el telediario y me ha parecido que decían que la nueva ley de protección de datos lo prevé y lo prohíbe expresamente. Es decir, que los trabajadores tienen derecho a quitarse de encima el soniquete del puñetero móvil venga a dar la caña con las cosas del curro. Que no es plan porque si estás de vacaciones estás de vacaciones y punto. Yo recuerdo antes de los móviles, en los áños 80 y principios de los 90, que es cuando empezó la j******* de las llamaditas en horas de fuera de trabajo y en vacaciones, hasta de noche, cuando le parece al cojonudo de turno.

¿Me lo podéis concretar?

Gracias.
27/07/2019 12:34
Tomasriosla
Puedes mirar el artículo 88 de la LOPD. ¿De todas formas, has probado a decir que no vas a estar disponible durante las vacaciones, no mirar el correo y bloquearles por Whatsapp? Para otra vez sería conveniente tener un número solo para trabajo.
27/07/2019 22:58
Tomasriosla
Hola Tomás (y compañía).

La referencia legal ya te la dio goldbach, así que no vamos a añadir nada más.

La cuestión que querría comentar es la realidad práctica de la solución restrictiva propuesta y basada en "no mirar el correo y bloquearles", además de tener un "número solo para el trabajo"
Muchas normas requieren de un proceso de asimilación por parte de la sociedad o algunos de sus participantes, y esta es una de ellas.

Fue en los años 90 que empecé a oír las primeras quejas contras los móviles por este motivo. Y son muchos años los que lleva el tema del abuso de la comunicación móvil.

Todo está por hacer porque, como dice el artículo mencionado, debe establecerse y modularse mediante negociación colectiva y en función de "la naturaleza y objeto de la relación laboral".

Por otro lado, aplicarlo sin más, con las formas sugeridas por goldbach, es más que dudoso que resulte en una solución sino más bien el principio de un mal final para los que se atrevan a ponerlas en práctica. Cierto que los empleados tiene derecho a ello y que se podría oponer en un proceso por despido sea cual sea la causa, pero también es bien cierto que las empresas cuentan con medios, modos y maneras para despedir o sancionar indirectamente a los tan poco motivados hacia la organización o sus jefes que sean capaces dejar el aviso de no atención a llamadas ni mensajes.

Esta norma se irá instalando progresivamente a medida que se desarrolle la negociación colectiva en todos los sectores, y vayan presentándose quejas y aparezcan las primeras denuncias y noticias sobre procesos judiciales.

Es mi opinión de más de veinte años de observación del fenómeno legal.


--------------

Por cierto, para facilitar las cosas a los que pasen por aquí, paso a pegar el contenido del artículo 88 de la LOPDGDD 3/2018:

"Artículo 88. Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral.

1. Los trabajadores y los empleados públicos tendrán derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar.

2. Las modalidades de ejercicio de este derecho atenderán a la naturaleza y objeto de la relación laboral, potenciarán el derecho a la conciliación de la actividad laboral y la vida personal y familiar y se sujetarán a lo establecido en la negociación colectiva o, en su defecto, a lo acordado entre la empresa y los representantes de los trabajadores.

3. El empleador, previa audiencia de los representantes de los trabajadores, elaborará una política interna dirigida a trabajadores, incluidos los que ocupen puestos directivos, en la que definirán las modalidades de ejercicio del derecho a la desconexión y las acciones de formación y de sensibilización del personal sobre un uso razonable de las herramientas tecnológicas que evite el riesgo de fatiga informática. En particular, se preservará el derecho a la desconexión digital en los supuestos de realización total o parcial del trabajo a distancia así como en el domicilio del empleado vinculado al uso con fines laborales de herramientas tecnológicas."
28/07/2019 11:45
JoséManuelRosón
He leído las respuestas, gracias goldbach, pero lo que dice José Manuel tiene razón, si les digo que no contesto en vacaciones, cuando vuelva ya me encuentro con algún problema. Soy técnico de mantenimiento entre otras actividades y si no respondes a lo que te demandan luego se vengan, y como dice Don José Manuel, ya tienen formas de hacerlo. Siempre exigiendo gente que "lo den todo" y que muestren "compromiso 100% con la empresa", y muchas expresiones parecidas. No se trata de trabajar sino de trabajar y que parezca que te tomas la empresa como si fuese tuya, que te impliques a tope. Y entonces ¿qué es eso de desconectar en vacaciones o que tienes un móvil sólo para el trabajo y luego en las vacaciones no lo conectas? ¿Acaso hace eso una persona "comprometida 100% con la empresa"? NO. Cuando vuelves después de hacer eso ya hay otro que ha subido un peldaño por haber contestado, porque "estaba ahí cuando lo necesitaban". Y subir un peldaño significa que cuando haya que renovar contrato o subir de categoría o renovarte lo que sea, le van a renovar a él (al que respondío) y no a mi que tenía el puto móvil desconectado.

Es lo que dice José Manuel, tienen medios de sobra para obligarte, y muchos de ellos no están escritos en ningún sitio sino que son cosas que se hacen en las empresas y que son muy sutiles. No se pueden demostrar. ¿Qué vas a denunciar cuando llegue el día de renovar contrato y no te lo renueven a tí y sí al que "respondió"? ¿O cuando le suban de nivel o le suban el sueldo y a ti no? No hay nada que demostrar porque no te van a decir porque lo hace ni está escrito en ningún sitio.
28/07/2019 12:25
Tomasriosla
Entiendo que enfrentarte directamente puede tener sus consecuencias. No sé si estás en posición de negociar que si no trabajas en vacaciones te vas y van a salir perdiendo. Si no, solo se me ocurre que hagas mal tu trabajo: dejando el trabajo a medias, mandándoselo a otros, etc. o que vayas buscando otro trabajo. Pero eso ya no tiene que ver con el Derecho.
28/07/2019 13:00
goldbach
No sé en qué trabajas pero lo que he explicado afecta a muchos trabajadores y empleados. A mí me han llamado varias veces estas vacaciones para preguntarme cosas y que les explique lo que he hecho con esto y donde he metido aquello, y lo mismo a otros. No soy un caso aislado. A las empresas les puedes decir que no con muchas cosas, pero luego atente a las consecuencias porque el mercado está copado de trabajadores y profesionales de todos los colores y pueden sustituirte cuando quieran. Por cualquier cosa cogen a otro o suben a otro en lugar de a ti.

Es verdad, no es tema de derecho pero es lo que hay.
28/07/2019 19:30
Tomasriosla
Esta situación se irá normalizando a nivel social y adecuando a lo que constituye un derecho al disfrute del descanso vacacional, que incluye la falta de molestias o intromisiones ajenas a lo que es y debe ser el tiempo libre.
29/07/2019 11:15
JoséManuelRosón
Ojalá sea así y te oigan los hados, que yo - y seguro que miles - estamos hartos del soniquete en vacaciones.

Gracias majo.
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Derecho de desconexión de trabajadores en vacaciones: ¿siempre o sólo cuando les conviene a ellos?
26/07/2019 17:48
Hola.

He visto el telediario de la 1ª cadena de rtve y ha salido una noticia comentada sobre trabajadores y empleados, técnicos en general, gente como yo que se van de vacaciones y tienen que seguir lidiando con las llamaditas y los mensajitos del la empresa o de un jefe que lo único que consiguen con esto es amargarte las vacaciones. Yo ahora mismo estoy de vacaciones hasta fin de mes y lo llevo sufriendo todas las vacaciones. El dichoso aviso de whatsapp y de los mensajes de correo y luego es el encargado que me pregunta cosas o que tengo que ir preparando esto o lo que sea para cuando vuelva. He visto la noticia en el telediario y me ha parecido que decían que la nueva ley de protección de datos lo prevé y lo prohíbe expresamente. Es decir, que los trabajadores tienen derecho a quitarse de encima el soniquete del puñetero móvil venga a dar la caña con las cosas del curro. Que no es plan porque si estás de vacaciones estás de vacaciones y punto. Yo recuerdo antes de los móviles, en los áños 80 y principios de los 90, que es cuando empezó la j******* de las llamaditas en horas de fuera de trabajo y en vacaciones, hasta de noche, cuando le parece al cojonudo de turno.

¿Me lo podéis concretar?

Gracias.
27/07/2019 12:34
Tomasriosla
Puedes mirar el artículo 88 de la LOPD. ¿De todas formas, has probado a decir que no vas a estar disponible durante las vacaciones, no mirar el correo y bloquearles por Whatsapp? Para otra vez sería conveniente tener un número solo para trabajo.
27/07/2019 22:58
Tomasriosla
Hola Tomás (y compañía).

La referencia legal ya te la dio goldbach, así que no vamos a añadir nada más.

La cuestión que querría comentar es la realidad práctica de la solución restrictiva propuesta y basada en "no mirar el correo y bloquearles", además de tener un "número solo para el trabajo"
Muchas normas requieren de un proceso de asimilación por parte de la sociedad o algunos de sus participantes, y esta es una de ellas.

Fue en los años 90 que empecé a oír las primeras quejas contras los móviles por este motivo. Y son muchos años los que lleva el tema del abuso de la comunicación móvil.

Todo está por hacer porque, como dice el artículo mencionado, debe establecerse y modularse mediante negociación colectiva y en función de "la naturaleza y objeto de la relación laboral".

Por otro lado, aplicarlo sin más, con las formas sugeridas por goldbach, es más que dudoso que resulte en una solución sino más bien el principio de un mal final para los que se atrevan a ponerlas en práctica. Cierto que los empleados tiene derecho a ello y que se podría oponer en un proceso por despido sea cual sea la causa, pero también es bien cierto que las empresas cuentan con medios, modos y maneras para despedir o sancionar indirectamente a los tan poco motivados hacia la organización o sus jefes que sean capaces dejar el aviso de no atención a llamadas ni mensajes.

Esta norma se irá instalando progresivamente a medida que se desarrolle la negociación colectiva en todos los sectores, y vayan presentándose quejas y aparezcan las primeras denuncias y noticias sobre procesos judiciales.

Es mi opinión de más de veinte años de observación del fenómeno legal.


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Por cierto, para facilitar las cosas a los que pasen por aquí, paso a pegar el contenido del artículo 88 de la LOPDGDD 3/2018:

"Artículo 88. Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral.

1. Los trabajadores y los empleados públicos tendrán derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar.

2. Las modalidades de ejercicio de este derecho atenderán a la naturaleza y objeto de la relación laboral, potenciarán el derecho a la conciliación de la actividad laboral y la vida personal y familiar y se sujetarán a lo establecido en la negociación colectiva o, en su defecto, a lo acordado entre la empresa y los representantes de los trabajadores.

3. El empleador, previa audiencia de los representantes de los trabajadores, elaborará una política interna dirigida a trabajadores, incluidos los que ocupen puestos directivos, en la que definirán las modalidades de ejercicio del derecho a la desconexión y las acciones de formación y de sensibilización del personal sobre un uso razonable de las herramientas tecnológicas que evite el riesgo de fatiga informática. En particular, se preservará el derecho a la desconexión digital en los supuestos de realización total o parcial del trabajo a distancia así como en el domicilio del empleado vinculado al uso con fines laborales de herramientas tecnológicas."
28/07/2019 11:45
JoséManuelRosón
He leído las respuestas, gracias goldbach, pero lo que dice José Manuel tiene razón, si les digo que no contesto en vacaciones, cuando vuelva ya me encuentro con algún problema. Soy técnico de mantenimiento entre otras actividades y si no respondes a lo que te demandan luego se vengan, y como dice Don José Manuel, ya tienen formas de hacerlo. Siempre exigiendo gente que "lo den todo" y que muestren "compromiso 100% con la empresa", y muchas expresiones parecidas. No se trata de trabajar sino de trabajar y que parezca que te tomas la empresa como si fuese tuya, que te impliques a tope. Y entonces ¿qué es eso de desconectar en vacaciones o que tienes un móvil sólo para el trabajo y luego en las vacaciones no lo conectas? ¿Acaso hace eso una persona "comprometida 100% con la empresa"? NO. Cuando vuelves después de hacer eso ya hay otro que ha subido un peldaño por haber contestado, porque "estaba ahí cuando lo necesitaban". Y subir un peldaño significa que cuando haya que renovar contrato o subir de categoría o renovarte lo que sea, le van a renovar a él (al que respondío) y no a mi que tenía el puto móvil desconectado.

Es lo que dice José Manuel, tienen medios de sobra para obligarte, y muchos de ellos no están escritos en ningún sitio sino que son cosas que se hacen en las empresas y que son muy sutiles. No se pueden demostrar. ¿Qué vas a denunciar cuando llegue el día de renovar contrato y no te lo renueven a tí y sí al que "respondió"? ¿O cuando le suban de nivel o le suban el sueldo y a ti no? No hay nada que demostrar porque no te van a decir porque lo hace ni está escrito en ningún sitio.
28/07/2019 12:25
Tomasriosla
Entiendo que enfrentarte directamente puede tener sus consecuencias. No sé si estás en posición de negociar que si no trabajas en vacaciones te vas y van a salir perdiendo. Si no, solo se me ocurre que hagas mal tu trabajo: dejando el trabajo a medias, mandándoselo a otros, etc. o que vayas buscando otro trabajo. Pero eso ya no tiene que ver con el Derecho.
28/07/2019 13:00
goldbach
No sé en qué trabajas pero lo que he explicado afecta a muchos trabajadores y empleados. A mí me han llamado varias veces estas vacaciones para preguntarme cosas y que les explique lo que he hecho con esto y donde he metido aquello, y lo mismo a otros. No soy un caso aislado. A las empresas les puedes decir que no con muchas cosas, pero luego atente a las consecuencias porque el mercado está copado de trabajadores y profesionales de todos los colores y pueden sustituirte cuando quieran. Por cualquier cosa cogen a otro o suben a otro en lugar de a ti.

Es verdad, no es tema de derecho pero es lo que hay.
28/07/2019 19:30
Tomasriosla
Esta situación se irá normalizando a nivel social y adecuando a lo que constituye un derecho al disfrute del descanso vacacional, que incluye la falta de molestias o intromisiones ajenas a lo que es y debe ser el tiempo libre.
29/07/2019 11:15
JoséManuelRosón
Ojalá sea así y te oigan los hados, que yo - y seguro que miles - estamos hartos del soniquete en vacaciones.

Gracias majo.