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Derecho de desistimiento por compra de coche de 2da mano a concesionario multimarca

8 Comentarios
 
Derecho de desistimiento por compra de coche de 2da mano a concesionario multimarca
18/03/2017 10:06
Buenos días. El jueves día 9 de marzo compré un coche de segunda mano a concesionario multimarca sito en Gerona. El martes siguiente dia 14 a el coche se le apagaron todos los sistemas electricos ( me quede sin luces,intermitentes,espejos,mechero,luces de cuadro, limpiaparabrisas, ...) lo llevé a la casa oficial de la marca y detectaron avería en un centralita... aviso al vendedor así como el taller da aviso al seguro de la garantia y la respuesta de este fue que no lo cubre la garantía. El arreglo me lo presupuestaron en casi 1000 euros. Quiero devolver el coche y me dice la empresa a la que se lo compré que no puedo hacerlo.necesitaba saber si dispongo de derecho de desistimiento. Y la forma de. Proceder.
18/03/2017 12:25
Guillermolemos
Buenos días,

Aunque prefería que un compañero experto te lo confirme o me corrija, pues aun soy estudiante de derecho, te voy a dar mi opinión jurídica respecto este tema.

Contando con que en este caso adquiriste el vehículo en un concesionario, puedes gozar de la protección de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios la cual determina que el vendedor tiene el deber de responder frente a cualquier falta de conformidad que pudieras tener con el producto que has adquirido.

En este caso los remedios que propone la ley a esta situación son las de: reparación del producto, su sustitución, de rebaja del precio o de resolución del contrato (lo que implicaría recuperar lo que se pagó).

Para ser mas concretos, el coche, por ser de segunda mano dispone de un plazo de 1 año dentro del cual el vendedor debe responder por dicha falta de conformidad, pero teniendo que avisar al vendedor en los 2 primeros meses desde que conociste el defecto. Por lo tanto, en relación con este asunto, todo esta en orden.

La idea que quiero transmitir, es que sean cuales sean los argumentos jurídicos, en principio, el vendedor debe responder por lo ocurrido.
18/03/2017 15:05
Guillermolemos
Muchas gracias por tu respuesta..agradezco mucho tu tiempo e información. Pero me gustaría tener la certeza 100% de que dispongo de esa posibilidad. Ya que envié un mail a la persona - empresa que me lo vendió y me dice que no lo acepta y que nos veamos en el juzgado.
Un abrazo enorme y mucha suerte con la carrera ojalá pronto seas un gran abogado.
18/03/2017 19:30
Guillermolemos
Tiene usted que requerir formalmente a la empresa que le vendió el vehículo, mediante un notario, un burofax o cualquier instrumento que deje constancia del contenido y de la recepción. No al seguro ni a ninguna otra persona distinta, sino a la vendedora. El contenido del requerimiento ha de redactárselo un profesional, aunque en la red puede encontrar modelos muy buenos. Sea contundente:le han engañado. Hay un 100% de certeza de que puede usted ejercer los derechos de consumidor, de comprador y de ciudadano.
18/03/2017 19:38
Guillermolemos
Muchas gracias por su comentario. El lunes a primera hora comienzo el papeleo.

Un saludo.
19/03/2017 12:00
Grisolía
Una última pregunta.

Que plazo tiene el vendedor para hacer efectiva la devolución?

Y después de requerir a la vendedora dicha devolución.. el coche se lo puedo mandar con transporte independiente o debo de llevárselo personalmente.

Y en el supuesto caso de que no quiera recibir el coche? Como se debe de proceder?

Se deja el vehículo en el concesionario donde compra o debe de venir de vuelta? O se llama a los mosos de escuadra para que levanten atestado de la entrega?
19/03/2017 19:22
Guillermolemos
Está usted muy desorientado, Guillermo, lo cual es lógico. Eso se lo organiza mañana un profesional y le dará solución a todo. El plazo para el vendedor es a la vista, es decir, de forma inmediata, puesto que su morosidad se computa desde el requerimiento. Una vez que le paguen, ya se ocuparán en retirarle el vehículo.
19/03/2017 19:33
Guillermolemos
Comprendo que para Ud. estos detalles por los que pregunta son importantes, pero en la práctica son lo de menos. Lo principal es que el vendedor quiera devolver voluntariamente el coche, lo cual veo muy difícil. Lo demás son detalles más o menos molestos pero sin importancia.
En mi opinión, y estando plenamente de acuerdo con las opiniones tanto de mi compañero Juan Carlos Grisolía como incluso las del estudiante Jusistast (que también considero correctas) no va a tener más remedio que acudir a un abogado porque lo más probable es que el concesionario no le devuelva nada.
17/06/2022 10:53
Se puede ejercer el derecho de desistimiento una vez comprado un vehículo de segunda mano sin motivo aparente para ello,, por ejemplo por que he cambiado de opinión???
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18/03/2017 10:06
Buenos días. El jueves día 9 de marzo compré un coche de segunda mano a concesionario multimarca sito en Gerona. El martes siguiente dia 14 a el coche se le apagaron todos los sistemas electricos ( me quede sin luces,intermitentes,espejos,mechero,luces de cuadro, limpiaparabrisas, ...) lo llevé a la casa oficial de la marca y detectaron avería en un centralita... aviso al vendedor así como el taller da aviso al seguro de la garantia y la respuesta de este fue que no lo cubre la garantía. El arreglo me lo presupuestaron en casi 1000 euros. Quiero devolver el coche y me dice la empresa a la que se lo compré que no puedo hacerlo.necesitaba saber si dispongo de derecho de desistimiento. Y la forma de. Proceder.
18/03/2017 12:25
Guillermolemos
Buenos días,

Aunque prefería que un compañero experto te lo confirme o me corrija, pues aun soy estudiante de derecho, te voy a dar mi opinión jurídica respecto este tema.

Contando con que en este caso adquiriste el vehículo en un concesionario, puedes gozar de la protección de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios la cual determina que el vendedor tiene el deber de responder frente a cualquier falta de conformidad que pudieras tener con el producto que has adquirido.

En este caso los remedios que propone la ley a esta situación son las de: reparación del producto, su sustitución, de rebaja del precio o de resolución del contrato (lo que implicaría recuperar lo que se pagó).

Para ser mas concretos, el coche, por ser de segunda mano dispone de un plazo de 1 año dentro del cual el vendedor debe responder por dicha falta de conformidad, pero teniendo que avisar al vendedor en los 2 primeros meses desde que conociste el defecto. Por lo tanto, en relación con este asunto, todo esta en orden.

La idea que quiero transmitir, es que sean cuales sean los argumentos jurídicos, en principio, el vendedor debe responder por lo ocurrido.
18/03/2017 15:05
Guillermolemos
Muchas gracias por tu respuesta..agradezco mucho tu tiempo e información. Pero me gustaría tener la certeza 100% de que dispongo de esa posibilidad. Ya que envié un mail a la persona - empresa que me lo vendió y me dice que no lo acepta y que nos veamos en el juzgado.
Un abrazo enorme y mucha suerte con la carrera ojalá pronto seas un gran abogado.
18/03/2017 19:30
Guillermolemos
Tiene usted que requerir formalmente a la empresa que le vendió el vehículo, mediante un notario, un burofax o cualquier instrumento que deje constancia del contenido y de la recepción. No al seguro ni a ninguna otra persona distinta, sino a la vendedora. El contenido del requerimiento ha de redactárselo un profesional, aunque en la red puede encontrar modelos muy buenos. Sea contundente:le han engañado. Hay un 100% de certeza de que puede usted ejercer los derechos de consumidor, de comprador y de ciudadano.
18/03/2017 19:38
Guillermolemos
Muchas gracias por su comentario. El lunes a primera hora comienzo el papeleo.

Un saludo.
19/03/2017 12:00
Grisolía
Una última pregunta.

Que plazo tiene el vendedor para hacer efectiva la devolución?

Y después de requerir a la vendedora dicha devolución.. el coche se lo puedo mandar con transporte independiente o debo de llevárselo personalmente.

Y en el supuesto caso de que no quiera recibir el coche? Como se debe de proceder?

Se deja el vehículo en el concesionario donde compra o debe de venir de vuelta? O se llama a los mosos de escuadra para que levanten atestado de la entrega?
19/03/2017 19:22
Guillermolemos
Está usted muy desorientado, Guillermo, lo cual es lógico. Eso se lo organiza mañana un profesional y le dará solución a todo. El plazo para el vendedor es a la vista, es decir, de forma inmediata, puesto que su morosidad se computa desde el requerimiento. Una vez que le paguen, ya se ocuparán en retirarle el vehículo.
19/03/2017 19:33
Guillermolemos
Comprendo que para Ud. estos detalles por los que pregunta son importantes, pero en la práctica son lo de menos. Lo principal es que el vendedor quiera devolver voluntariamente el coche, lo cual veo muy difícil. Lo demás son detalles más o menos molestos pero sin importancia.
En mi opinión, y estando plenamente de acuerdo con las opiniones tanto de mi compañero Juan Carlos Grisolía como incluso las del estudiante Jusistast (que también considero correctas) no va a tener más remedio que acudir a un abogado porque lo más probable es que el concesionario no le devuelva nada.
17/06/2022 10:53
Se puede ejercer el derecho de desistimiento una vez comprado un vehículo de segunda mano sin motivo aparente para ello,, por ejemplo por que he cambiado de opinión???