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Derecho de repetición. Promotor contra agentes de la construcción

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Derecho de repetición. promotor contra agentes de la construcción
perfilAnónimo
19/02/2018 11:13
Hola compañeros:

Una comunidad de propietarios que sufria varios defectos constructivos alcanzo acuerdo indemnizatorio con las aseguradoras de arquitectos y arquitectos tecnicos por los gastos que hasta ese momento llevaban realizados mas los que se preveian para la completa reparacion.

Los gastos de reparacion fueron mayores y la comunidad de propietarios se dirigio contra la promotora quien le indemnizo lo que faltaba.

Yo llevo a la promotora y queria informarme sobre el derecho de repeticion que puedo tener sobre los agentes de la construccion, en este sentido, decir que el edificio es anterior a la LOE y que en el documento transaccional entre comunidad de propietarios y las aseguradoras se indico que dadas las patologias del edificio no podian individualizarse las responsables de los agentes intervinientes y que en virtud de dicho acuerdo nada reclamaria en el futuro la comunidad de prop. a dichas aseguradoras.

Cabria un derecho de repeticion en este caso? estaria subrogandose la promotora en los derechos y obligaciones de la Com. de prop.? por que en tal caso el compromiso de no reclamar en el futuro asumido en el documento transaccional impediria la repaticion, no?

Ayudarme por favor. Gracias de antemano.
Derecho de repetición. Promotor contra agentes de la construcción | PorticoLegal
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Derecho de repetición. promotor contra agentes de la construcción
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19/02/2018 11:13
Hola compañeros:

Una comunidad de propietarios que sufria varios defectos constructivos alcanzo acuerdo indemnizatorio con las aseguradoras de arquitectos y arquitectos tecnicos por los gastos que hasta ese momento llevaban realizados mas los que se preveian para la completa reparacion.

Los gastos de reparacion fueron mayores y la comunidad de propietarios se dirigio contra la promotora quien le indemnizo lo que faltaba.

Yo llevo a la promotora y queria informarme sobre el derecho de repeticion que puedo tener sobre los agentes de la construccion, en este sentido, decir que el edificio es anterior a la LOE y que en el documento transaccional entre comunidad de propietarios y las aseguradoras se indico que dadas las patologias del edificio no podian individualizarse las responsables de los agentes intervinientes y que en virtud de dicho acuerdo nada reclamaria en el futuro la comunidad de prop. a dichas aseguradoras.

Cabria un derecho de repeticion en este caso? estaria subrogandose la promotora en los derechos y obligaciones de la Com. de prop.? por que en tal caso el compromiso de no reclamar en el futuro asumido en el documento transaccional impediria la repaticion, no?

Ayudarme por favor. Gracias de antemano.