Si hubiese concatenación de ctos podría ser pero es que usted nos dice que son distintas empresas con diferentes jefes (personas físicas) pero que su relación de que sean matrimonio no es motivo para que las empresas estén bien diferenciadas y ademas es una relación de mutuo acuerdo y solicitado el cambio de empresa por usted mismo y por lo que entiendo le han hecho cada vez un nuevo cto ya que sino seria cesión ilegal de trabajadores. Asi que a mi entender no tiene usted derecho a reclamar la antigüedad. SMO
He trabajado en una tienda a nombre de mi jefe, persona fisica, 7 años. De comun acuerdo, acepte el traslado a otra tienda a nombre de su mujer, tambien persona fisica, donde he trabajado 40 dias con antiguedad "0". Por cuestiones mias personales he pedido el traslado al primer establecimiento donde trabaje y sigo trabajando, figurando en mi hoja de salario una antiguedad "0". Todo ello de comun acuerdo entre las dos empresas y yo. Es correcta esta antiguedad. ¿ Puedo reclamar mi antiguedad de 7 años más el tiempo transcurrido ?. ¿De cuanto tiempo dispongo para hacerlo? .Familiares mios me comentan, que en caso que la Empresa fuera mal mi indemnizacion seria en base a la nueva antiguedad. ¿es cierto?. Agradezco de antemano su respuesta. ATTE.