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derecho laboral

8 Comentarios
 
26/06/2012 18:52
Gracias por la información Robert c, creo que lo podriamos concluir, alegando que el tribunal constitucional declara
que el Estado tiene competencia exclusiva sobre:
La legislación laboral, sin perjuicio de su ejecución por las C.CA.A.
UN saludo
22/06/2012 19:56
Roberto c
Vuelve usted a insistir en su pregunta a la cual ya le he respondido en gran parte.
Ahora bien dice usted que a los de Barcelona ya les han aplicado un ERE extitntivo pero que les han dado un listado a 29 trabajadores mas, que si van m al las cosas...
Mire si no estaban incljuidos en el ERE planteado para echarles a ustedes deberasn iniciar nuevamente un proceso de ERE extintivo con los nuevos plazos y demas si lo que pretenden es aprovechar el ERE planteado para que si una vez vean que las cosas van mal sin iniciar nuevamente el proceso despedirles, pues estaremos ante un defecto formal que podreis denunciar y nuevamente se atrasaran mas los plazos.
En cuanto a lo del delegado, usted si no quiere no tiene que firmar nada, vamos a ver firmar ¿para que? ¿para que negocie el ERE con la empresa? o para que salga elegido, si es esta segunda opción debe haber un proceso de elecciones sindicales en las que se forman candidaturas y una vez realizado todo el proceso se culmina el mismo con la votación de forma directa y secreta yuna vez escrutados los votos se eligen los representantes. Si es que ya son miembros electos y es para negociar ante un ERE, (cuidado a ver si la empresa os esta imponiendo a alguien que les firme un cheque en blanco) o tb lo que hacen es que os lo lleve un deldegado en concreto dse alguna sección sindical y lo que os estan pidiendo es una carta de representación para que os lo puedan llevar los abogados del sindicato en cuestión, si es esto último ten en cuenta que si no estabas afiliado a ese sindicato pues mas adelante os cobraran un tanto por ciento de lo que os consigan de indemnización.

Acer, acer; La verdad que no te contesto por que me asaltan muchas dudas al respecto sobre normativa laboral ante las CCAA que tengan trasladadas competencias en materia laboral ya que si bien pueden tener las CCAA trasladadas competenciasd en materia laboral la normativa vigente, (creo no equivocarme pero a lo mejor estoy metiendo una gambada imptesionante), es normativa estatal que cada CCAA debe desarrollar y por tanto me inclino a pensar que dictan normasd de organización interna, ya te digo esto me queda muy grande e igual estoy metidno la gamba.
Estoy seguro que otros foreros me corregiran si estoy equivocado, la verdad es que te estoy dando una opinión muy arriesgada sin tener conocimientos sobre el particular.
Un saludo.
22/06/2012 13:33
Bueno creo que no he dejado muy claro mi respuesta anterior
Entonces se supone que si algunas comunidades autónomas tienen potestad sobre materias relativas a la inspección de trabajo, esto quiere decir que puede dictar leyes, por lo tanto podríamos decir que las comunidades autónomas si pueden dictar leyes laborales
22/06/2012 13:16
supongo que mi profesor de laboral se habrá referido con que no pueden dictar leyes en general de ámbito estatal, al no especificar me que no pueden dictar leyes autonómicas.( es que fue una pregunta de examen) Entonces si a algunas comunidades le traspasa algunas materias relativas a la inspección de trabajo, esto quiere decir que puede dictar leyes en esta materia o mas bien se refiere a que puede dictar normas internas o de organización
22/06/2012 13:03
Creo que no me he expresado bien, ya que para mí este mundo es desconocido.

Lo que tengo que firmar es un docuemnto para nombrar representante de los trabajadores, ya que somos 35 tiendas en España y la central está en Barcelona.

Lo de la notificación me refiero a que a los de central (Barcelona) ya se les ha aplicado el ERE de extinción, pero nos han dado un listado donde aparecemos 29 trabajadores que, si van mal las cosas, os echan.

Quiero saber si cuando digan de echarme me lo deben de notificar con tiempo o ya estoy informado.

Lo de las pagas que me deben ¿se incluye en la indemnización o me las deben pagar justo al despedirme?.

¿Me debo dirigir al FOGASA para reclamar en caso de que mi indemnización no sea la adecuada?

Muchas garcias por la celeridad en la respuesta.
22/06/2012 12:39
No te entiendo Roberto c, si dices que os acaban de notificar, ¿como es que luego preguntas si os han niotificado?¿como se efectuo la notificación, por medio del Comité? ¿Directamente a vosotros?
-Si como dices, esta en concurso de acreedores pues lo mas probable es que os pague el FOGASA, pero claro, el problema esta en que con la reforma última quien debe solicitsar el pago del 40 % es el empresario y el retribuir el total de la deuda a los trabajadores, si como dices esta en concurso de acreedores será el administrador encargado de decir lo que os debe.
-En la indemnización debera incluir las pagas que is deben vacaciones y resto de parte proporcional de paas extra y por supuesto que si n o os lo paga debereis reclamarlo.
-La última cuestión no la entiendo ¿porque tienes que fiormar ningún dociumento?¿Será acaso para que os lleve un sindicato concreto la reclamación de la indemnización?
22/06/2012 12:32
Las comunidades autónomas dictan leyes, desde luego. El derecho laboral es competencia del "Estado" pero algunas comunidades autonomas tienen traspasadas algunas materias relativas a la inspección de trabajo.

Un saludo
22/06/2012 12:12
Buenas:
Nos acaban de notificar un ERE de extincion a varios trabajadores de la empresa. REsulta que a los 10 de central ya están fuera de la empresa y, que dependiendo de nuestro rendimiento cerrarán o no las demás tiendas. La empresa ha entrado en cocnurso de acreedores y el administrador concursal ha propuesto el ERE. Los trabajadores tenemos 3 pagas extra y yo llevo 21 meses trabajando con ellos y con contrato indefinido.

Mis preguntas son:

¿Ya estoy avisado con antelación de 15 días para despedirme?
Me deben la paga extra de marzo y la de junio ¿al estar en concurso de acreedores me la pagarán?
¿Puedo reclamar si la indemnización no incluye las pagas que me deben?
¿Debo firmar un documento para proponer un representante de los trabajadores que no conozco?

Muchas gracias por su atención
Derecho laboral
22/06/2012 12:05
Hola, se que las comunidades autonomicas no pueden dictar leyes, pero mi duda es si ¿puede exisitr leyes autonómicas labroles?
gracias de antemano
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8 Comentarios
 
26/06/2012 18:52
Gracias por la información Robert c, creo que lo podriamos concluir, alegando que el tribunal constitucional declara
que el Estado tiene competencia exclusiva sobre:
La legislación laboral, sin perjuicio de su ejecución por las C.CA.A.
UN saludo
22/06/2012 19:56
Roberto c
Vuelve usted a insistir en su pregunta a la cual ya le he respondido en gran parte.
Ahora bien dice usted que a los de Barcelona ya les han aplicado un ERE extitntivo pero que les han dado un listado a 29 trabajadores mas, que si van m al las cosas...
Mire si no estaban incljuidos en el ERE planteado para echarles a ustedes deberasn iniciar nuevamente un proceso de ERE extintivo con los nuevos plazos y demas si lo que pretenden es aprovechar el ERE planteado para que si una vez vean que las cosas van mal sin iniciar nuevamente el proceso despedirles, pues estaremos ante un defecto formal que podreis denunciar y nuevamente se atrasaran mas los plazos.
En cuanto a lo del delegado, usted si no quiere no tiene que firmar nada, vamos a ver firmar ¿para que? ¿para que negocie el ERE con la empresa? o para que salga elegido, si es esta segunda opción debe haber un proceso de elecciones sindicales en las que se forman candidaturas y una vez realizado todo el proceso se culmina el mismo con la votación de forma directa y secreta yuna vez escrutados los votos se eligen los representantes. Si es que ya son miembros electos y es para negociar ante un ERE, (cuidado a ver si la empresa os esta imponiendo a alguien que les firme un cheque en blanco) o tb lo que hacen es que os lo lleve un deldegado en concreto dse alguna sección sindical y lo que os estan pidiendo es una carta de representación para que os lo puedan llevar los abogados del sindicato en cuestión, si es esto último ten en cuenta que si no estabas afiliado a ese sindicato pues mas adelante os cobraran un tanto por ciento de lo que os consigan de indemnización.

Acer, acer; La verdad que no te contesto por que me asaltan muchas dudas al respecto sobre normativa laboral ante las CCAA que tengan trasladadas competencias en materia laboral ya que si bien pueden tener las CCAA trasladadas competenciasd en materia laboral la normativa vigente, (creo no equivocarme pero a lo mejor estoy metiendo una gambada imptesionante), es normativa estatal que cada CCAA debe desarrollar y por tanto me inclino a pensar que dictan normasd de organización interna, ya te digo esto me queda muy grande e igual estoy metidno la gamba.
Estoy seguro que otros foreros me corregiran si estoy equivocado, la verdad es que te estoy dando una opinión muy arriesgada sin tener conocimientos sobre el particular.
Un saludo.
22/06/2012 13:33
Bueno creo que no he dejado muy claro mi respuesta anterior
Entonces se supone que si algunas comunidades autónomas tienen potestad sobre materias relativas a la inspección de trabajo, esto quiere decir que puede dictar leyes, por lo tanto podríamos decir que las comunidades autónomas si pueden dictar leyes laborales
22/06/2012 13:16
supongo que mi profesor de laboral se habrá referido con que no pueden dictar leyes en general de ámbito estatal, al no especificar me que no pueden dictar leyes autonómicas.( es que fue una pregunta de examen) Entonces si a algunas comunidades le traspasa algunas materias relativas a la inspección de trabajo, esto quiere decir que puede dictar leyes en esta materia o mas bien se refiere a que puede dictar normas internas o de organización
22/06/2012 13:03
Creo que no me he expresado bien, ya que para mí este mundo es desconocido.

Lo que tengo que firmar es un docuemnto para nombrar representante de los trabajadores, ya que somos 35 tiendas en España y la central está en Barcelona.

Lo de la notificación me refiero a que a los de central (Barcelona) ya se les ha aplicado el ERE de extinción, pero nos han dado un listado donde aparecemos 29 trabajadores que, si van mal las cosas, os echan.

Quiero saber si cuando digan de echarme me lo deben de notificar con tiempo o ya estoy informado.

Lo de las pagas que me deben ¿se incluye en la indemnización o me las deben pagar justo al despedirme?.

¿Me debo dirigir al FOGASA para reclamar en caso de que mi indemnización no sea la adecuada?

Muchas garcias por la celeridad en la respuesta.
22/06/2012 12:39
No te entiendo Roberto c, si dices que os acaban de notificar, ¿como es que luego preguntas si os han niotificado?¿como se efectuo la notificación, por medio del Comité? ¿Directamente a vosotros?
-Si como dices, esta en concurso de acreedores pues lo mas probable es que os pague el FOGASA, pero claro, el problema esta en que con la reforma última quien debe solicitsar el pago del 40 % es el empresario y el retribuir el total de la deuda a los trabajadores, si como dices esta en concurso de acreedores será el administrador encargado de decir lo que os debe.
-En la indemnización debera incluir las pagas que is deben vacaciones y resto de parte proporcional de paas extra y por supuesto que si n o os lo paga debereis reclamarlo.
-La última cuestión no la entiendo ¿porque tienes que fiormar ningún dociumento?¿Será acaso para que os lleve un sindicato concreto la reclamación de la indemnización?
22/06/2012 12:32
Las comunidades autónomas dictan leyes, desde luego. El derecho laboral es competencia del "Estado" pero algunas comunidades autonomas tienen traspasadas algunas materias relativas a la inspección de trabajo.

Un saludo
22/06/2012 12:12
Buenas:
Nos acaban de notificar un ERE de extincion a varios trabajadores de la empresa. REsulta que a los 10 de central ya están fuera de la empresa y, que dependiendo de nuestro rendimiento cerrarán o no las demás tiendas. La empresa ha entrado en cocnurso de acreedores y el administrador concursal ha propuesto el ERE. Los trabajadores tenemos 3 pagas extra y yo llevo 21 meses trabajando con ellos y con contrato indefinido.

Mis preguntas son:

¿Ya estoy avisado con antelación de 15 días para despedirme?
Me deben la paga extra de marzo y la de junio ¿al estar en concurso de acreedores me la pagarán?
¿Puedo reclamar si la indemnización no incluye las pagas que me deben?
¿Debo firmar un documento para proponer un representante de los trabajadores que no conozco?

Muchas gracias por su atención
Derecho laboral
22/06/2012 12:05
Hola, se que las comunidades autonomicas no pueden dictar leyes, pero mi duda es si ¿puede exisitr leyes autonómicas labroles?
gracias de antemano