En Aragón en este tema no cuenta el derecho comun, se aplica el derecho aragonés, y sí, se pueden cerrar las ventanas de la casa colindante aunque hayan pasado muchos años. Otra cosa es que hubiera un acuerdo o permiso con el propietario de la vivienda y autorizara las ventanas, pero esa vivienda deberia haber sido vendida con esa servidumbre.
Consulte con un abogado pero de Aragón, que sabra a que me refiero.
Ya han transcurrido mas de 20 años, por lo que se ha consolidado la servidumbre de luces y vistas, siempre que se pueda demostrar. Debería iniciar urgentemente un juicio, para que el juzgado ordene la suspensión cautelar de la obra (antiguo interdicto de obra nueva), hasta que haya sentencia sobre el derecho de la servidumbre. Teine que saber, que en caso que dicten sentencia en su contra, tendrá que asumir la indemnización al promotor por la paralización de la obra (personal, maquinaria, plazo, etc) Tambien denunciar las obras en el Ayuntamiento.
Para hacer valer ese derecho ha de demostrar el tiempo, y la validez del contrato privado. De aqui en adelante cualquier derecho real a su favor inscribalo en el Registro. En este caso tendrá que pleitear, y si el Juez le da la razón inscríba el resultado de la sentencia.Salvo mejor criterio
Hace 25 años rehabilité una casa en un pueblo de Teruel y se hicieron 2 ventanas en una pared colindante a otra casa que era más baja.Ahora han edificado y me han tapado las ventanas sin avisar.No tengo unos derechos adquiridos después de tantos años?Y si en un contrato privado de mis abuelos,que eran los antiguos propietarios de mi cas,consta que tengo las luces compradas de esas ventanas,me las pueden tapar?