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Derechos al ser la viuda

4 Comentarios
 
Derechos al ser la viuda
24/01/2021 17:34
Buenas tardes , mi marido falleció hace unos meses . Tenemos 2 hijos en común mayores de edad y emancipados, una vivienda sin hipoteca al 50 % a nombre de mi marido y mia y una cuenta corriente ,ambos de titulares.
A que tengo derecho ?
El dinero que dejó en el banco es solo mío ?
Me pueden obligar a vender el piso ?
Un saludo y gracias
24/01/2021 18:09
surays
Se me olvidó decir que no dejo testamento y no sé si soy heredera o solo usufructuaria al tener hijos .
Gracias
24/01/2021 20:20
surays
Si vuestra residencia era en territorio civil común, además del 50% que es de tu propiedad, tienes derecho a tu legítima, que consiste en el usufructo de 1/3 de la herencia.
24/01/2021 20:43
Juan S
Muchas gracias, entiendo que un tercio de la vivienda y un tercio del dinero del banco ?
Si vivíamos en común .
25/01/2021 20:58
surays
No me refiero a que vivíais en común sino si vuestro lugar de residencia se rige por el Código civil común. Hay lugares como Cataluña, País Vasco, Galicia, Aragón, Baleares, que tienen Derecho Civil Propio.
Aclarado eso, la mitad de la vivienda y la mitad del dinero del banco son de tu propiedad. Además, por herencia, te corresponde el usufructo de 1/3 de la herencia, o sea el usufructo de 1/6 de la vivienda y del dinero del banco.
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Derechos al ser la viuda
24/01/2021 17:34
Buenas tardes , mi marido falleció hace unos meses . Tenemos 2 hijos en común mayores de edad y emancipados, una vivienda sin hipoteca al 50 % a nombre de mi marido y mia y una cuenta corriente ,ambos de titulares.
A que tengo derecho ?
El dinero que dejó en el banco es solo mío ?
Me pueden obligar a vender el piso ?
Un saludo y gracias
24/01/2021 18:09
surays
Se me olvidó decir que no dejo testamento y no sé si soy heredera o solo usufructuaria al tener hijos .
Gracias
24/01/2021 20:20
surays
Si vuestra residencia era en territorio civil común, además del 50% que es de tu propiedad, tienes derecho a tu legítima, que consiste en el usufructo de 1/3 de la herencia.
24/01/2021 20:43
Juan S
Muchas gracias, entiendo que un tercio de la vivienda y un tercio del dinero del banco ?
Si vivíamos en común .
25/01/2021 20:58
surays
No me refiero a que vivíais en común sino si vuestro lugar de residencia se rige por el Código civil común. Hay lugares como Cataluña, País Vasco, Galicia, Aragón, Baleares, que tienen Derecho Civil Propio.
Aclarado eso, la mitad de la vivienda y la mitad del dinero del banco son de tu propiedad. Además, por herencia, te corresponde el usufructo de 1/3 de la herencia, o sea el usufructo de 1/6 de la vivienda y del dinero del banco.