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Derechos del autor asalariado frente a otra empresa

2 Comentarios
 
Derechos del autor asalariado frente a otra empresa
15/06/2018 13:55
Buenos días.
Trabajo de administrativa en una empresa que representa en España una compañía alemana.
También soy traductora.

Traduzco mucha documentación y textos para la página web de la compañía que se gestiona de forma centralizada desde Alemania, pero los que traducen para sus países, tienen acceso a un software, desde el cual traducimos y hacemos cambios o subimos archivos en nuestros idiomas.

Esta claro que las traducciones al español dan la posibilidad a nuestros clientes conocer mejor nuestros productos y nos benefícian como empresa.
Esta claro que como traductora de obras derivadas soy autor asalariado, por lo tanto, mis derechos de autor están cedidos a la empresa donde trabajo, con base en un contrato correspondiente.

La compañia que representamos tiene representaciones en varios países.
La página web tiene una lista de países, pero no en cada país hay una representación.
Aunque representamos la compañía en España, podemos vender a los países que no tienen una representación, entre ellos, los países de la América Latina.
Por eso, aunque he visto que mis traducciones aparecen en la página web cuando hacemos un click, por ejemplo, en Argentina, para nuestra empresa es algo bueno, ya que puede atraer a clientes hispanohablantes de la América Latina.

Hace un tiempo, desde la casa central de Alemania, me preguntaron si podía hacer, por una remuneración adicional, las traducciones para la representación de la compañía en los Estados Unidos, en este caso, del inglés al español, dado que este país tiene muchos hispanohablantes. Dije que sí, podría hacerlo en mi tiempo libre. Pero después este trabajo no fue requerido de nuevo.

Hace unos días hemos notado que la parte de nuestro sitio web de los EEUU, además de sus textos en inglés, tiene todas mis traducciones en español, tanto de textos como de archivos adjuntos, que son, en su mayoría, traducciones técnicas.
Ni la representación de los EEUU ni nuestra casa central no nos ha comunicado nada sobre ello, por lo tanto, la empresa estadounidense está beneficiándose de mis traducciones. Porque está claro que un cliente hispanohablante que vive en Texas no va a solicitar productos en España...

Agradecería alguien me indique si estamos en lo cierto y tenemos que exigir algo a la empresa estadounidense - o el pago de una comisión por el uso de la propiedad intelectual nuestra, o directamente la compra de las traducciones por el precio, pues, de traducciones.

Nos gustaría saber si hay alguna norma legal que pueda apoyar nuestra consideración de que no es ético utilizar el trabajo de otra empresa, aunque tenga el mismo nombre.

Muchas gracias en antemano y un saludo.
24/06/2018 21:35
mipregunta
No necesariamente ha de ser ilegal, siempre que se cumplieran determinadas exigencias.
24/06/2018 21:41
sabg
Muchas gracias por su respuesta. Como no tenemos ningún contrato ni acuerdo con la empresa de los EEUU, no sabemos exigencias que ellos tengan que cumplir o de las cuales deberíamo saber.
Derechos del autor asalariado frente a otra empresa | PorticoLegal
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Derechos del autor asalariado frente a otra empresa

2 Comentarios
 
Derechos del autor asalariado frente a otra empresa
15/06/2018 13:55
Buenos días.
Trabajo de administrativa en una empresa que representa en España una compañía alemana.
También soy traductora.

Traduzco mucha documentación y textos para la página web de la compañía que se gestiona de forma centralizada desde Alemania, pero los que traducen para sus países, tienen acceso a un software, desde el cual traducimos y hacemos cambios o subimos archivos en nuestros idiomas.

Esta claro que las traducciones al español dan la posibilidad a nuestros clientes conocer mejor nuestros productos y nos benefícian como empresa.
Esta claro que como traductora de obras derivadas soy autor asalariado, por lo tanto, mis derechos de autor están cedidos a la empresa donde trabajo, con base en un contrato correspondiente.

La compañia que representamos tiene representaciones en varios países.
La página web tiene una lista de países, pero no en cada país hay una representación.
Aunque representamos la compañía en España, podemos vender a los países que no tienen una representación, entre ellos, los países de la América Latina.
Por eso, aunque he visto que mis traducciones aparecen en la página web cuando hacemos un click, por ejemplo, en Argentina, para nuestra empresa es algo bueno, ya que puede atraer a clientes hispanohablantes de la América Latina.

Hace un tiempo, desde la casa central de Alemania, me preguntaron si podía hacer, por una remuneración adicional, las traducciones para la representación de la compañía en los Estados Unidos, en este caso, del inglés al español, dado que este país tiene muchos hispanohablantes. Dije que sí, podría hacerlo en mi tiempo libre. Pero después este trabajo no fue requerido de nuevo.

Hace unos días hemos notado que la parte de nuestro sitio web de los EEUU, además de sus textos en inglés, tiene todas mis traducciones en español, tanto de textos como de archivos adjuntos, que son, en su mayoría, traducciones técnicas.
Ni la representación de los EEUU ni nuestra casa central no nos ha comunicado nada sobre ello, por lo tanto, la empresa estadounidense está beneficiándose de mis traducciones. Porque está claro que un cliente hispanohablante que vive en Texas no va a solicitar productos en España...

Agradecería alguien me indique si estamos en lo cierto y tenemos que exigir algo a la empresa estadounidense - o el pago de una comisión por el uso de la propiedad intelectual nuestra, o directamente la compra de las traducciones por el precio, pues, de traducciones.

Nos gustaría saber si hay alguna norma legal que pueda apoyar nuestra consideración de que no es ético utilizar el trabajo de otra empresa, aunque tenga el mismo nombre.

Muchas gracias en antemano y un saludo.
24/06/2018 21:35
mipregunta
No necesariamente ha de ser ilegal, siempre que se cumplieran determinadas exigencias.
24/06/2018 21:41
sabg
Muchas gracias por su respuesta. Como no tenemos ningún contrato ni acuerdo con la empresa de los EEUU, no sabemos exigencias que ellos tengan que cumplir o de las cuales deberíamo saber.