Las vacaciones se deben de disfrutar, no se compensan economicamente salvo que finalice el contrato y no se hayan podido disfrutar pues se deben de pagar y cotizar por ellos.
Sobre el finiquito incluido en nomina, es una practica en el sector de la construccion, por lo menos en la provincia que conozco el convenio estable un % sobre el montante economico y se le adelanta mensualmente.
El nuevo convenio ya no permite esta practica asi que en su momento "fue legal"
Hola buenas, tengo unas dudas y me gustaría que alguien me las aclarara, ¿es legal o ha sido legal alguna vez incluir el finiquito y las vacaciones mensualmente en nómina?Gracias.