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derechos si quieres plegar de un trabajo pero estas contratado por una ETT

1 Comentarios
 
Derechos si quieres plegar de un trabajo pero estas contratado por una ett
30/11/2010 17:12
Hola,
Os cuento: Despúes de 2 meses buscando trabajo y mandando un monton de CV, a empresas y ETTs, por fin conseguí un trabajo a través de ETT que según lo que me comentaron encajaba con mi perfil y con el tipo de trabajo que buscaba. A parte de firmar un contrato basura, ahora me encuentro que los trabajos que estoy haciendo no tienen nada que ver con lo que me explicaron en la ETT, por la cual yo firme el contrato. Me siento engañada y creo que es un atento contra mi dignidad. Mi pregunta es la siguiente:
Si quiero plegar de este trabajo, tengo derecho a paro? La empresa ETT me tiene que proporcionar la documentacion necesaria? Gracias
30/11/2010 17:32
La protección de la contingencia de desempleo en que se encuentren quienes, pudiendo y queriendo trabajar, pierdan su empleo o vean reducida su jornada ordinaria de trabajo. (Art 203 LGSS)

Por lo tanto no tienes derecho a paro si rescindes voluntariamente el contrato.

Saludos
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Derechos si quieres plegar de un trabajo pero estas contratado por una ett
30/11/2010 17:12
Hola,
Os cuento: Despúes de 2 meses buscando trabajo y mandando un monton de CV, a empresas y ETTs, por fin conseguí un trabajo a través de ETT que según lo que me comentaron encajaba con mi perfil y con el tipo de trabajo que buscaba. A parte de firmar un contrato basura, ahora me encuentro que los trabajos que estoy haciendo no tienen nada que ver con lo que me explicaron en la ETT, por la cual yo firme el contrato. Me siento engañada y creo que es un atento contra mi dignidad. Mi pregunta es la siguiente:
Si quiero plegar de este trabajo, tengo derecho a paro? La empresa ETT me tiene que proporcionar la documentacion necesaria? Gracias
30/11/2010 17:32
La protección de la contingencia de desempleo en que se encuentren quienes, pudiendo y queriendo trabajar, pierdan su empleo o vean reducida su jornada ordinaria de trabajo. (Art 203 LGSS)

Por lo tanto no tienes derecho a paro si rescindes voluntariamente el contrato.

Saludos