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Derechos y la herencia de la mujer de mi padre

7 Comentarios
 
13/06/2012 21:51
si de un piso y un dinero, el 50% es de la viuda por su parte de gananciales, del 50% de los 2 hijos del matrimonio la corresponde a la viuda 1/3 del piso en usufructo de cada hijo, pero además en las escrituras capitalizan según la edad el lote de los bienes asignandola además 4ooo y pico euros.....¿dice la ley que hay que capitalizar según la edad de la viuda y además usufructuar?, tengo un debate pues yo entendía que si se capitaliza no se usufructua, pero quizá puedo estar equivocado .
12/06/2012 22:59
El "papel de renuncia" no tiene validez.
Si tu padre quiere proteger los intereses de los hijos, legaría a la segunda esposa el valor del legado en dinero o en un bien "secundario". Depende de él. Si le preocupa el tema, id a ver a un abogado. Por los 70€ de consulta del abogado y otros tantos de Notario os podéis ahorrar quebraderos de cabeza en el futuro.
12/06/2012 21:28
¿Y si fallece primero la mujer de tu padre? Se acabaría el problema.
Nunca se debe de pronosticar la muerte de nadie, y menos de tu padre.
12/06/2012 13:07
Ke deberia de hacer mi padre para que no tengamos problemas en un futuro con su mujer el dia que él fallezca. Deberia de firmar algún la mujer. Él hizo testamento, me dijo que dejo de albacea a mi, pero el testamento lo hizo antes de casarse. Que podria hacer yo en ese caso. Y también que su mujer va a firmar un papel en el que renuncia a todo, ¿tiene alguna valide?
12/06/2012 12:41
Pues 1/3 en usufructo de la mitad de tu padre... que podríais pagarle y quitarlo de en medio....


Artículo 839.

Los herederos podrán satisfacer al cónyuge su parte de usufructo, asignándole una renta vitalicia, los productos de determinados bienes, u un capital en efectivo, procediendo de mutuo acuerdo y, en su defecto, por virtud de mandato judicial.

Mientras esto no se realice, estarán afectos todos los bienes de la herencia al pago de la parte de usufructo que corresponda al cónyuge.

Artículo 840.

Cuando el cónyuge viudo concurra con hijos sólo del causante, podrá exigir que su derecho de usufructo le sea satisfecho, a elección de los hijos, asignándole un capital en dinero o un lote de bienes hereditarios.

12/06/2012 12:36
Pero heredaria bienes? Y si es usufructuaria como dices que le tocaria, si los bienes son una tienda y un piso.
12/06/2012 09:28
Me imagino que ahora mismo tu padre tiene la propiedad del 50% de cada bien, y además el usufructo del tercio del 50% restante.

Cuando fallezca tu padre, su nueva mujer podrá ser usufructuaria del tercio del 50%, es decir, de la parte de la que es propietario ahora tu padre.

Saludos
Derechos y la herencia de la mujer de mi padre
12/06/2012 02:43
Hola os cuento mi preocupación. Mi padre se quedo viudo hace diez años años, estaba casado con mi madre en bienes gananciales y hace poco se ha vuelto a casar con otra mujer. Somos cuatro hermanos de Jerez. Mi madre no dejo testamento.

Quería saber que le tocaría a la nueva mujer de mi padre con estos vienes bienes; un piso y un local. Y si tiene derecho a ser usufructuaria. En vida y en muerte de mi padre.
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13/06/2012 21:51
si de un piso y un dinero, el 50% es de la viuda por su parte de gananciales, del 50% de los 2 hijos del matrimonio la corresponde a la viuda 1/3 del piso en usufructo de cada hijo, pero además en las escrituras capitalizan según la edad el lote de los bienes asignandola además 4ooo y pico euros.....¿dice la ley que hay que capitalizar según la edad de la viuda y además usufructuar?, tengo un debate pues yo entendía que si se capitaliza no se usufructua, pero quizá puedo estar equivocado .
12/06/2012 22:59
El "papel de renuncia" no tiene validez.
Si tu padre quiere proteger los intereses de los hijos, legaría a la segunda esposa el valor del legado en dinero o en un bien "secundario". Depende de él. Si le preocupa el tema, id a ver a un abogado. Por los 70€ de consulta del abogado y otros tantos de Notario os podéis ahorrar quebraderos de cabeza en el futuro.
12/06/2012 21:28
¿Y si fallece primero la mujer de tu padre? Se acabaría el problema.
Nunca se debe de pronosticar la muerte de nadie, y menos de tu padre.
12/06/2012 13:07
Ke deberia de hacer mi padre para que no tengamos problemas en un futuro con su mujer el dia que él fallezca. Deberia de firmar algún la mujer. Él hizo testamento, me dijo que dejo de albacea a mi, pero el testamento lo hizo antes de casarse. Que podria hacer yo en ese caso. Y también que su mujer va a firmar un papel en el que renuncia a todo, ¿tiene alguna valide?
12/06/2012 12:41
Pues 1/3 en usufructo de la mitad de tu padre... que podríais pagarle y quitarlo de en medio....


Artículo 839.

Los herederos podrán satisfacer al cónyuge su parte de usufructo, asignándole una renta vitalicia, los productos de determinados bienes, u un capital en efectivo, procediendo de mutuo acuerdo y, en su defecto, por virtud de mandato judicial.

Mientras esto no se realice, estarán afectos todos los bienes de la herencia al pago de la parte de usufructo que corresponda al cónyuge.

Artículo 840.

Cuando el cónyuge viudo concurra con hijos sólo del causante, podrá exigir que su derecho de usufructo le sea satisfecho, a elección de los hijos, asignándole un capital en dinero o un lote de bienes hereditarios.

12/06/2012 12:36
Pero heredaria bienes? Y si es usufructuaria como dices que le tocaria, si los bienes son una tienda y un piso.
12/06/2012 09:28
Me imagino que ahora mismo tu padre tiene la propiedad del 50% de cada bien, y además el usufructo del tercio del 50% restante.

Cuando fallezca tu padre, su nueva mujer podrá ser usufructuaria del tercio del 50%, es decir, de la parte de la que es propietario ahora tu padre.

Saludos
Derechos y la herencia de la mujer de mi padre
12/06/2012 02:43
Hola os cuento mi preocupación. Mi padre se quedo viudo hace diez años años, estaba casado con mi madre en bienes gananciales y hace poco se ha vuelto a casar con otra mujer. Somos cuatro hermanos de Jerez. Mi madre no dejo testamento.

Quería saber que le tocaría a la nueva mujer de mi padre con estos vienes bienes; un piso y un local. Y si tiene derecho a ser usufructuaria. En vida y en muerte de mi padre.