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Derechos

7 Comentarios
 
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09/04/2003 12:28
Tengo un contrato eventual, he estado contratada 3 meses a jornada completa y otros 3 a media jornada, ¿que derecho tengo a la hora del disfrute de las vacaciones, a media jornada o a jornada completa? ¿y las pagas extras? tengo 3 al año. Mi ultimo contrato ha sido a media jornada.
09/04/2003 20:49
Según lo establecido en el art. 12.4.d, del R.D.L. 1/1995, Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, " Los trabajadores a tiempo parcial tendrán los mismos derechos que los trabajadores a tiempo completo. Cuando corresponda en atención a su naturaleza, tales derechos serán reconocidos en las disposiciones legales y reglamentarias y en los convenios colectivos de manera proporcional, en función del tiempo trabajado".

Lo anterior significa que existe un principio de proporcionalidad, en función de las horas trabajadas. Sin embargo, hay que hacer una distinción en cuanto a los derechos del trabajador a tiempo parcial.
Cuando se trata de conceptos no cuantificables dinerariamente, no se aplicaría la reducción proporcional a la reducción operada sobre la jornada ordinaria. Por ejemplo: días de vacaciones. Un trabajador a tiempo parcial tiene los mismos días de vacaciones que un trabajador a tiempo completo. Otra cosa será la remuneración económica que le corresponda por esos días ya que serían diferentes.
Otro ejemplo: Si solicita el permiso por matrimonio tendría derecho a los 15 días establecidos en el E.T. al igual que un trabajador a tiempo completo.

Si el derecho correspondiente tuviese una naturaleza dineraria o económica (Pagas Extras) resultaría aplicable una reducción en cuantía proporcional a la reducción operada sobre la jornada ordinaria.

Saludos.
10/04/2003 10:58
Gracias por tu respuesta, JESUSFER, pero lo que yo quiero saber es que si por haber realizado 3 meses a jornada completa y 3 meses a media jornada, si por los 3 meses de jornada completa tendria derecho al doble de dias de vacaciones, respecto a mi reduccion de jornada, o simplemente me pagarian mas esos dias de vacaciones que estuve a jornada completa, gracias
10/04/2003 15:34
Perdona q me entrometa,pero si te sirve de ayuda los dias de vacaciones no son prorrateables a diferencia de las pagas.Por lo tanto, idependientemente de la jornada q hayas tenido te corresponderan 30 dias naturales al año(art. 38 e.T.)
Por otro lado las vacaciones no son compensables economicamente, salvo q debido a la finalizacion de un contrato eventual el trabajador no hubiera disfrutado de las mismas ,en cuyo caso se tendrian que liquidar.
Un saludo.
11/04/2003 10:46
gracias sandra.
11/04/2003 12:57
A mi entender, si los 3 primeros meses a jornada completa no disfrutaste vacaciones, y te las hacen disfrutar ahora que estas a jornada parcial, los 7,5 dias que corresponden a jornada completa deberian transformarse ahora en 15 dias, ya que ahora estas cobrando la mitad del salario, y no es justo. Yo esto lo hago en mi empresa. Dependera del periodo en que te den las vacaciones y del sueldo que cobres en ese momento. No es justo que si te corresponden 7,5 dias de vacaciones de los primeros 3 meses a jornada completa ahora solo te paguen a jornada parcial. A mi entender deberian darte 7.5 *2 + 7.5 de parcial. Si no me has entendido, dime algo.
14/04/2003 11:11
Perfectamente te he entendio, eso es lo que yo pensaba , pero no sabia si eso era legal o no, pq otra posibilidad seria, que esos primeros 7,5 dias me los pagen a jornada completa y los otros a media jornada, pero no se si se puede hacer legal mente
14/04/2003 18:15
Lo normal es que si continuas trabajando disfrutes las vacaciones que ya te he comentado que te corresponden. No te las pueden compensar economicamente a no ser que finalices contrato y no haya continuidad o pidas la baja voluntaria. Otra cosa diferente es que entre empresa y trabajador se llegue a un acuerdo de pago fuera de nomina, pero no se si es el caso. Lo normal es que las disfrutes.
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Tengo un contrato eventual, he estado contratada 3 meses a jornada completa y otros 3 a media jornada, ¿que derecho tengo a la hora del disfrute de las vacaciones, a media jornada o a jornada completa? ¿y las pagas extras? tengo 3 al año. Mi ultimo contrato ha sido a media jornada.
09/04/2003 20:49
Según lo establecido en el art. 12.4.d, del R.D.L. 1/1995, Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, " Los trabajadores a tiempo parcial tendrán los mismos derechos que los trabajadores a tiempo completo. Cuando corresponda en atención a su naturaleza, tales derechos serán reconocidos en las disposiciones legales y reglamentarias y en los convenios colectivos de manera proporcional, en función del tiempo trabajado".

Lo anterior significa que existe un principio de proporcionalidad, en función de las horas trabajadas. Sin embargo, hay que hacer una distinción en cuanto a los derechos del trabajador a tiempo parcial.
Cuando se trata de conceptos no cuantificables dinerariamente, no se aplicaría la reducción proporcional a la reducción operada sobre la jornada ordinaria. Por ejemplo: días de vacaciones. Un trabajador a tiempo parcial tiene los mismos días de vacaciones que un trabajador a tiempo completo. Otra cosa será la remuneración económica que le corresponda por esos días ya que serían diferentes.
Otro ejemplo: Si solicita el permiso por matrimonio tendría derecho a los 15 días establecidos en el E.T. al igual que un trabajador a tiempo completo.

Si el derecho correspondiente tuviese una naturaleza dineraria o económica (Pagas Extras) resultaría aplicable una reducción en cuantía proporcional a la reducción operada sobre la jornada ordinaria.

Saludos.
10/04/2003 10:58
Gracias por tu respuesta, JESUSFER, pero lo que yo quiero saber es que si por haber realizado 3 meses a jornada completa y 3 meses a media jornada, si por los 3 meses de jornada completa tendria derecho al doble de dias de vacaciones, respecto a mi reduccion de jornada, o simplemente me pagarian mas esos dias de vacaciones que estuve a jornada completa, gracias
10/04/2003 15:34
Perdona q me entrometa,pero si te sirve de ayuda los dias de vacaciones no son prorrateables a diferencia de las pagas.Por lo tanto, idependientemente de la jornada q hayas tenido te corresponderan 30 dias naturales al año(art. 38 e.T.)
Por otro lado las vacaciones no son compensables economicamente, salvo q debido a la finalizacion de un contrato eventual el trabajador no hubiera disfrutado de las mismas ,en cuyo caso se tendrian que liquidar.
Un saludo.
11/04/2003 10:46
gracias sandra.
11/04/2003 12:57
A mi entender, si los 3 primeros meses a jornada completa no disfrutaste vacaciones, y te las hacen disfrutar ahora que estas a jornada parcial, los 7,5 dias que corresponden a jornada completa deberian transformarse ahora en 15 dias, ya que ahora estas cobrando la mitad del salario, y no es justo. Yo esto lo hago en mi empresa. Dependera del periodo en que te den las vacaciones y del sueldo que cobres en ese momento. No es justo que si te corresponden 7,5 dias de vacaciones de los primeros 3 meses a jornada completa ahora solo te paguen a jornada parcial. A mi entender deberian darte 7.5 *2 + 7.5 de parcial. Si no me has entendido, dime algo.
14/04/2003 11:11
Perfectamente te he entendio, eso es lo que yo pensaba , pero no sabia si eso era legal o no, pq otra posibilidad seria, que esos primeros 7,5 dias me los pagen a jornada completa y los otros a media jornada, pero no se si se puede hacer legal mente
14/04/2003 18:15
Lo normal es que si continuas trabajando disfrutes las vacaciones que ya te he comentado que te corresponden. No te las pueden compensar economicamente a no ser que finalices contrato y no haya continuidad o pidas la baja voluntaria. Otra cosa diferente es que entre empresa y trabajador se llegue a un acuerdo de pago fuera de nomina, pero no se si es el caso. Lo normal es que las disfrutes.