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Desahucio de un bar

2 Comentarios
 
04/03/2009 12:42
Hola matsumura. Yo en primer lugar comprobaría que efectivamente los actuales arrendatarios NO tienen base legal para ocupar el local.

En segundo lugar y si la comprobación anterior resultase positiva intentaría hablar con los actuales ocupantes del inmueble para que devolviesen las llaves y desocupasen los enseres del local.

En último lugar si el punto segundo no produjese resultado positivo resolvería el contrato por imposibilidad sobrevenida de desarrollar el objeto del mismo. El tema de exigir posibles perjuicios lo dejo a tu elección.

Recibe un cordial saludo.
03/03/2009 11:44
En mi opinión dado que el nuevo arrendatario se presume tercero de buena fe y tiene un contrato firmado, tendría derecho a ocupar el local e iniciar su actividad, el inconveniente, los perjuicios que pueda sufrir por actuaciones maliciosas del subarrendatario o del arrendatario primitivo que tiendan a perturbar el uso pacífico del local.

Los problemas vendrían desde mi punto de vista para el propietario, pues pese haber notificado la extinción del contrato, realmente no se le ha puesto a su disposición el local.

Veo problema en cuanto al contenido del bar. Si es del propietario no pasa nada pero si es del actual arrendatario o subarrendatario no tengo muy claro que puedan permanecer en el local y mucho menos deshacerse de ello porque no hay nada que indique que se ha renunciado al contenido o se ha abandonado, y el antarior arrendatario podría denunicar que le "ha desparecido algo".

Para evitar problemas, yo creo que el propietario debería instar desahucio por expiración del plazo convenido y solicitar la puesta a su disposión del local,aunque evidentemente supone un perjuicio para tu cliente, dado el tiempo en que se demoraría las actuaciones.

Realmente es un caso interesante y creo que el arrendador se ha precipitado al arrendar de nuevo el local sin tener la posesión del mismo.
Desahucio de un bar
02/03/2009 22:29
Señores, necesito consejo, tengo un cliente con un contrato para entrar a un bar, desde el dia de ayer, y el actual inquilino no quiere devolver las llaves, y su subarriendo ha finalizado desde el dia 28 del mes pasado y la propiedad le notificó oficialmente la no renovación por burofax, tanto al subarrendador como al arrendadatario ¿puede mi cliente entrar, poniendo sus cerraduras?..desentendiéndose de lo que ocurra entre la propiedad y el actual inquilino que además está "cedido" en el arrendamiento.
Desahucio de un bar | PorticoLegal
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Desahucio de un bar

2 Comentarios
 
04/03/2009 12:42
Hola matsumura. Yo en primer lugar comprobaría que efectivamente los actuales arrendatarios NO tienen base legal para ocupar el local.

En segundo lugar y si la comprobación anterior resultase positiva intentaría hablar con los actuales ocupantes del inmueble para que devolviesen las llaves y desocupasen los enseres del local.

En último lugar si el punto segundo no produjese resultado positivo resolvería el contrato por imposibilidad sobrevenida de desarrollar el objeto del mismo. El tema de exigir posibles perjuicios lo dejo a tu elección.

Recibe un cordial saludo.
03/03/2009 11:44
En mi opinión dado que el nuevo arrendatario se presume tercero de buena fe y tiene un contrato firmado, tendría derecho a ocupar el local e iniciar su actividad, el inconveniente, los perjuicios que pueda sufrir por actuaciones maliciosas del subarrendatario o del arrendatario primitivo que tiendan a perturbar el uso pacífico del local.

Los problemas vendrían desde mi punto de vista para el propietario, pues pese haber notificado la extinción del contrato, realmente no se le ha puesto a su disposición el local.

Veo problema en cuanto al contenido del bar. Si es del propietario no pasa nada pero si es del actual arrendatario o subarrendatario no tengo muy claro que puedan permanecer en el local y mucho menos deshacerse de ello porque no hay nada que indique que se ha renunciado al contenido o se ha abandonado, y el antarior arrendatario podría denunicar que le "ha desparecido algo".

Para evitar problemas, yo creo que el propietario debería instar desahucio por expiración del plazo convenido y solicitar la puesta a su disposión del local,aunque evidentemente supone un perjuicio para tu cliente, dado el tiempo en que se demoraría las actuaciones.

Realmente es un caso interesante y creo que el arrendador se ha precipitado al arrendar de nuevo el local sin tener la posesión del mismo.
Desahucio de un bar
02/03/2009 22:29
Señores, necesito consejo, tengo un cliente con un contrato para entrar a un bar, desde el dia de ayer, y el actual inquilino no quiere devolver las llaves, y su subarriendo ha finalizado desde el dia 28 del mes pasado y la propiedad le notificó oficialmente la no renovación por burofax, tanto al subarrendador como al arrendadatario ¿puede mi cliente entrar, poniendo sus cerraduras?..desentendiéndose de lo que ocurra entre la propiedad y el actual inquilino que además está "cedido" en el arrendamiento.