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desahucio

2 Comentarios
 
Desahucio
03/12/2002 10:34
he heredado una vivienda muy antigua en mal estado. esta casa es de dos plantas y tiene varios apartamentos. dos de ellos estan arrendados con contratos del año 1.979 y el otro del año 1.975. yo estoy casado con separación de bienes y no tenemos vivienda. Me gustaria saber que tengo que hacer para desahuciar a los inquilinos porque me piden que les pague cantidades que yo no puedo hacer frente.¿ que formulas hay para poder tener mi casa libre de inquilinos. Gracias.
dada la fecha del arriendo no tienes otra opción
que plantear una demanda de desahucio por nece-
sitar tu la vivienda aunque para ello deberàs avi-
sar a los inquilinos con un plazo de 1 año de ante-
lación. Dicho aviso deberá ser fehaciente, es decir,
que se puede acreditar como serìa judicialmente o
notarialmente. En cuanto a las cantidades que di-
ces no aclaras cuales son para saber si las debes
abonar o no
dada la fecha del arriendo no tienes otra opción
que plantear una demanda de desahucio por nece-
sitar tu la vivienda aunque para ello deberàs avi-
sar a los inquilinos con un plazo de 1 año de ante-
lación. Dicho aviso deberá ser fehaciente, es decir,
que se puede acreditar como serìa judicialmente o
notarialmente. En cuanto a las cantidades que di-
ces no aclaras cuales son para saber si las debes
abonar o no
desahucio | PorticoLegal
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Desahucio
03/12/2002 10:34
he heredado una vivienda muy antigua en mal estado. esta casa es de dos plantas y tiene varios apartamentos. dos de ellos estan arrendados con contratos del año 1.979 y el otro del año 1.975. yo estoy casado con separación de bienes y no tenemos vivienda. Me gustaria saber que tengo que hacer para desahuciar a los inquilinos porque me piden que les pague cantidades que yo no puedo hacer frente.¿ que formulas hay para poder tener mi casa libre de inquilinos. Gracias.
dada la fecha del arriendo no tienes otra opción
que plantear una demanda de desahucio por nece-
sitar tu la vivienda aunque para ello deberàs avi-
sar a los inquilinos con un plazo de 1 año de ante-
lación. Dicho aviso deberá ser fehaciente, es decir,
que se puede acreditar como serìa judicialmente o
notarialmente. En cuanto a las cantidades que di-
ces no aclaras cuales son para saber si las debes
abonar o no
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que plantear una demanda de desahucio por nece-
sitar tu la vivienda aunque para ello deberàs avi-
sar a los inquilinos con un plazo de 1 año de ante-
lación. Dicho aviso deberá ser fehaciente, es decir,
que se puede acreditar como serìa judicialmente o
notarialmente. En cuanto a las cantidades que di-
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