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Desahucio

5 Comentarios
 
Desahucio
13/12/2010 19:06
¿Es preceptiva la intervención de abogado y procurador en procedimiento de desahucio por reclamación de rentas inferiores a 900 €?

Gracias. Un saludo.
14/12/2010 19:28
Para reclamación de rentas no, para desahucio si.
14/12/2010 20:26
Es una duda que arrastro desde hace tiempo y de la lectura conjunta de ambos preceptos no me queda tan claro que sea así, no obstante si de tu experiencia personal o por jurisprudencia al respecto pudieras ampliar la respuesta te quedaría muy agradecido. Un saludo.


Art. 31 LEC Intervención de abogado.

2. Exceptúanse solamente:
Los juicios verbales cuya cuantía no exceda de ciento cincuenta mil pesetas y la petición inicial de los procedimientos monitorios, conforme a lo previsto en esta Ley.

Art. 250 LEC

Se decidirán en juicio verbal, cualquiera que sea su cuantía, las demandas siguientes:

Las que versen sobre reclamación de cantidades por impago de rentas y cantidades debidas y las que, igualmente, con fundamento en el impago de la renta o cantidades debidas por el arrendatario, o en la expiración del plazo fijado contractual o legalmente, pretendan que el dueño, usufructuario o cualquier otra persona con derecho a poseer una finca rústica o urbana dada en arrendamiento, ordinario o financiero o en aparcería, recuperen la posesión de dicha finca.

15/12/2010 09:47
Una csa es la reclamación de cantidad y otra que determinados asuntos se tramiten según un determinado procedimiento, sin que ello afecte a la postulación.
15/12/2010 23:16
La intervencion de Abogado y Procurador dependerá de la cuantía del procedimiento, y esta se fija por el valor de una anualidad de renta segun el contrato.
De manera que si en el contrato se fija una renta que anualmente supere los 900,. euros, SI que sera necesaria la intervencion de los profesionales.
16/12/2010 19:50
Muchas gracias a ambos.
Desahucio | PorticoLegal
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Desahucio
13/12/2010 19:06
¿Es preceptiva la intervención de abogado y procurador en procedimiento de desahucio por reclamación de rentas inferiores a 900 €?

Gracias. Un saludo.
14/12/2010 19:28
Para reclamación de rentas no, para desahucio si.
14/12/2010 20:26
Es una duda que arrastro desde hace tiempo y de la lectura conjunta de ambos preceptos no me queda tan claro que sea así, no obstante si de tu experiencia personal o por jurisprudencia al respecto pudieras ampliar la respuesta te quedaría muy agradecido. Un saludo.


Art. 31 LEC Intervención de abogado.

2. Exceptúanse solamente:
Los juicios verbales cuya cuantía no exceda de ciento cincuenta mil pesetas y la petición inicial de los procedimientos monitorios, conforme a lo previsto en esta Ley.

Art. 250 LEC

Se decidirán en juicio verbal, cualquiera que sea su cuantía, las demandas siguientes:

Las que versen sobre reclamación de cantidades por impago de rentas y cantidades debidas y las que, igualmente, con fundamento en el impago de la renta o cantidades debidas por el arrendatario, o en la expiración del plazo fijado contractual o legalmente, pretendan que el dueño, usufructuario o cualquier otra persona con derecho a poseer una finca rústica o urbana dada en arrendamiento, ordinario o financiero o en aparcería, recuperen la posesión de dicha finca.

15/12/2010 09:47
Una csa es la reclamación de cantidad y otra que determinados asuntos se tramiten según un determinado procedimiento, sin que ello afecte a la postulación.
15/12/2010 23:16
La intervencion de Abogado y Procurador dependerá de la cuantía del procedimiento, y esta se fija por el valor de una anualidad de renta segun el contrato.
De manera que si en el contrato se fija una renta que anualmente supere los 900,. euros, SI que sera necesaria la intervencion de los profesionales.
16/12/2010 19:50
Muchas gracias a ambos.