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Desalojar inquilinos

11 Comentarios
 
Desalojar inquilinos
03/01/2007 13:16
A ver si me pueden ayudar. Tengo un piso que alquilo por temporadas.
El mes pasado lo alquilé por dos días y me los pagaron pero no hice un contrato formal por escrito, al ser por tan poco tiempo. Sólo fimamos un documento privado escrito a mano y les di un recibo. Sin embargo, los inquilinos no se ha ido de la vivienda, ni se quieren ir, ni me han pagado nada más ¿Qué puedo hacer para echarlos? Gracias
03/01/2007 15:10
Creo que en este caso es más apropiado el interdicto de recobrar la posesión, salvo mejores criterios.
03/01/2007 17:39
Yo creo que los puedes desahuciar ya que ese documento privado ya es en sí un contrato
03/01/2007 19:32
Gracias ¿He de hacer un requerimiento extrajudicial? ¿Qué plazo doy para que desalojen?
04/01/2007 19:19
A ver Tessy, firmásteis un documento escrito a mano, pero qué decía ese documento?

Si tu vivienda no está dada de alta en el registro de alojamientos turísticos, la opción de arrendamiento por temporada puede estar fastidiada.

Corres el riesgo de que los inquilinos sigan pagando y tragártelos durante 5 años (arrendamiento de vivienda).

Expón exactamente la cantidad que te han abonado, lo que decía el documento que firmásteis para ver las opciones que se dan.

No obstante, lo primero que te aconsejo es que vayas a un Abogado, puesto que incluso en un requerimiento extrajudicial se puede meter la pata si no se sabe cómo hacerlo (reconocer situaciones de hecho perjudiciales para tí, etc...)
05/01/2007 11:28
Guarromán, ¿tiene que llegar a los 5 años?. ¿No podría, puestos en lo peor, echarlos al año con el preaviso correspondiente?
05/01/2007 11:39
El documento dice que me pagan 30 € y que se quedan dos días en el piso, el nombre de los inquilinos y su DNI. Nada más.
La verad es que no sé si estoy dada de alta en el registro de alojamientos turísticos. LLevo 40 años haciendo esto y he hecho contratos de temporada pagando a Hacienda por las fianzas. ¿Te refieres a eso?
05/01/2007 12:02
La LAU contempla expresamente los arrendamientos de temporada y, (por favor corrígeme si me equivoco) no tienen que ser necesariamente destinados a turistas. Me refiero a arrendamientos para curso académico, por ejemplo. ¿Es necesario darse de alta el el Registro de alojamientos turísticos igualmente? Gracias
05/01/2007 15:09
Si el documento dice eso, yo acudiría al desahucio ya.

En cuanto a lo que comenta Urbiona, coincido contigo con que está previsto el arrendamiento por temporada, no obstante, entiendo que el arrendamiento por 2 días es turístico.

En cuanto al registro de alojamientos turísticos, supongo que no estarás dada de alta.

Concluyendo, opino que cualquier posibilidad puede irse al garete, pero yo iría directamente a un desahucio por expiración del plazo, y hacerlo colar como un arrendamiento por temporada por 2 días, pero no hay solución perfecta para tu tema, según mi opinión, claro está.
08/01/2007 10:29
Muchas gracias. Un última cuestión, por favor.
Los inquilinos son una pareja, dicen que casados, pero no lo sé. Para notificarles vale un requerimiento a nombre de los dos o hay que hacer un requerimiento para cada uno. Gracias por todo.
08/01/2007 10:34
Yo me curaria en salud, y si del documento no se desprende cual es el estado civil de los arrendatarios procederia a enviar un requerimiento fehaciente (burofax o telegrama con acuse de recibo) a cada uno.

SALVO MEJOR CRITERIO
SALU2
SAMPLERKING
ICAM
08/01/2007 10:36
Gracias. Gracias por todo.
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03/01/2007 13:16
A ver si me pueden ayudar. Tengo un piso que alquilo por temporadas.
El mes pasado lo alquilé por dos días y me los pagaron pero no hice un contrato formal por escrito, al ser por tan poco tiempo. Sólo fimamos un documento privado escrito a mano y les di un recibo. Sin embargo, los inquilinos no se ha ido de la vivienda, ni se quieren ir, ni me han pagado nada más ¿Qué puedo hacer para echarlos? Gracias
03/01/2007 15:10
Creo que en este caso es más apropiado el interdicto de recobrar la posesión, salvo mejores criterios.
03/01/2007 17:39
Yo creo que los puedes desahuciar ya que ese documento privado ya es en sí un contrato
03/01/2007 19:32
Gracias ¿He de hacer un requerimiento extrajudicial? ¿Qué plazo doy para que desalojen?
04/01/2007 19:19
A ver Tessy, firmásteis un documento escrito a mano, pero qué decía ese documento?

Si tu vivienda no está dada de alta en el registro de alojamientos turísticos, la opción de arrendamiento por temporada puede estar fastidiada.

Corres el riesgo de que los inquilinos sigan pagando y tragártelos durante 5 años (arrendamiento de vivienda).

Expón exactamente la cantidad que te han abonado, lo que decía el documento que firmásteis para ver las opciones que se dan.

No obstante, lo primero que te aconsejo es que vayas a un Abogado, puesto que incluso en un requerimiento extrajudicial se puede meter la pata si no se sabe cómo hacerlo (reconocer situaciones de hecho perjudiciales para tí, etc...)
05/01/2007 11:28
Guarromán, ¿tiene que llegar a los 5 años?. ¿No podría, puestos en lo peor, echarlos al año con el preaviso correspondiente?
05/01/2007 11:39
El documento dice que me pagan 30 € y que se quedan dos días en el piso, el nombre de los inquilinos y su DNI. Nada más.
La verad es que no sé si estoy dada de alta en el registro de alojamientos turísticos. LLevo 40 años haciendo esto y he hecho contratos de temporada pagando a Hacienda por las fianzas. ¿Te refieres a eso?
05/01/2007 12:02
La LAU contempla expresamente los arrendamientos de temporada y, (por favor corrígeme si me equivoco) no tienen que ser necesariamente destinados a turistas. Me refiero a arrendamientos para curso académico, por ejemplo. ¿Es necesario darse de alta el el Registro de alojamientos turísticos igualmente? Gracias
05/01/2007 15:09
Si el documento dice eso, yo acudiría al desahucio ya.

En cuanto a lo que comenta Urbiona, coincido contigo con que está previsto el arrendamiento por temporada, no obstante, entiendo que el arrendamiento por 2 días es turístico.

En cuanto al registro de alojamientos turísticos, supongo que no estarás dada de alta.

Concluyendo, opino que cualquier posibilidad puede irse al garete, pero yo iría directamente a un desahucio por expiración del plazo, y hacerlo colar como un arrendamiento por temporada por 2 días, pero no hay solución perfecta para tu tema, según mi opinión, claro está.
08/01/2007 10:29
Muchas gracias. Un última cuestión, por favor.
Los inquilinos son una pareja, dicen que casados, pero no lo sé. Para notificarles vale un requerimiento a nombre de los dos o hay que hacer un requerimiento para cada uno. Gracias por todo.
08/01/2007 10:34
Yo me curaria en salud, y si del documento no se desprende cual es el estado civil de los arrendatarios procederia a enviar un requerimiento fehaciente (burofax o telegrama con acuse de recibo) a cada uno.

SALVO MEJOR CRITERIO
SALU2
SAMPLERKING
ICAM
08/01/2007 10:36
Gracias. Gracias por todo.