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Descalificación VPO.

4 Comentarios
 
Descalificación vpo.
21/02/2011 19:16
Buenas tardes:
¿Sabe alguien de alguna sentencia, contencioso administrativo, etc. en el que fundamentar una descalificación de VPO sin tener que devolver las ayudas recibidasy sus intereses?.

Gracias.

21/02/2011 20:18
Me temo que esa sentencia no existe.
23/02/2011 18:07
Gracias, alga.

Aunque no haya ninguna sentencia: ¿habría algún argumento de defensa para utilizar y desclaificar sin devolver ayudas?.

Saludos.
23/02/2011 18:29
Yo no lo tengo, y decía que esa sentencia no existe porque ningún juez puede dictarla sin prevaricar.

Porque el artículo 148 del Reglamento de las VPO es muy claro y tajante cuando determina :

Para obtener la descalificación a petición del interesado, será preciso el reintegro de la totalidad de los anticipos, préstamos, subvenciones y primas recibidos del Instituto Nacional de la Vivienda o de la Entidad de crédito que hubiese hecho efectivos estos beneficios, incrementado con sus intereses legales y, en su caso, con la diferencia, si existiera, entre el interés estipulado y el legal. El peticionario además habrá de ingresar en el Estado, Provincia o Municipio el importe que proceda de las exenciones y bonificaciones tributarias que hubiera disfrutado, con sus intereses legales. De este ingreso se exceptuará la bonificación de la contribución territorial urbana y sus recargos.

08/03/2011 12:06
Me han comentado que puede haber un resquicio al que acogerse debido a que las citadas ayudas pueden considerarse subvenciones que si han pasado más de 4/5 años (no sé exactamente) no habría que devolverlas pro haber prescrito.

¿Puede ser eso así?.

Gracias.
Descalificación VPO. | PorticoLegal
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Descalificación vpo.
21/02/2011 19:16
Buenas tardes:
¿Sabe alguien de alguna sentencia, contencioso administrativo, etc. en el que fundamentar una descalificación de VPO sin tener que devolver las ayudas recibidasy sus intereses?.

Gracias.

21/02/2011 20:18
Me temo que esa sentencia no existe.
23/02/2011 18:07
Gracias, alga.

Aunque no haya ninguna sentencia: ¿habría algún argumento de defensa para utilizar y desclaificar sin devolver ayudas?.

Saludos.
23/02/2011 18:29
Yo no lo tengo, y decía que esa sentencia no existe porque ningún juez puede dictarla sin prevaricar.

Porque el artículo 148 del Reglamento de las VPO es muy claro y tajante cuando determina :

Para obtener la descalificación a petición del interesado, será preciso el reintegro de la totalidad de los anticipos, préstamos, subvenciones y primas recibidos del Instituto Nacional de la Vivienda o de la Entidad de crédito que hubiese hecho efectivos estos beneficios, incrementado con sus intereses legales y, en su caso, con la diferencia, si existiera, entre el interés estipulado y el legal. El peticionario además habrá de ingresar en el Estado, Provincia o Municipio el importe que proceda de las exenciones y bonificaciones tributarias que hubiera disfrutado, con sus intereses legales. De este ingreso se exceptuará la bonificación de la contribución territorial urbana y sus recargos.

08/03/2011 12:06
Me han comentado que puede haber un resquicio al que acogerse debido a que las citadas ayudas pueden considerarse subvenciones que si han pasado más de 4/5 años (no sé exactamente) no habría que devolverlas pro haber prescrito.

¿Puede ser eso así?.

Gracias.