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Descanso en festivo

36 Comentarios
Viendo 21 - 36 de 36 comentarios
04/01/2013 18:03
Todos tenemos el mismo número de dias de vacaciones 30 dias naturales divididos en dos periodos y es igual que tenga en algun periodo festivos o no. 30 dias naturales
04/01/2013 18:06
Gracias ainoa, buscaré el convenio estatal.No tenemos convenio de empresa, nos regimos por el autonomico
04/01/2013 18:10
Pescad...pero lo de las vacaciones es así, si uno tiene 30 días naturales (que es lo que establece la ley, salvo mejora en convenio) pues se computan sábados, domingos y festivos, todo corrido.

El ejemplo más habitual, vacaciones en agosto con el 15 por medio, que en ocasiones hay puente, pues a quien le toque se fastidia. Este año el 15 de agosto cae en un jueves, y el viernes 16 quien tenga sólo la primera quincena de vacaciones tiene que estar trabajando.

Yo no intento desanimarte, sólo decirte que mires bien todo antes de meterte en juicios, pues tu convenio autónomico es muy particular, igual que tu actividad.
04/01/2013 18:13
No te olvides de reclamar si haces vacaciones en agosto, que tendrás un festivo perdido.
Los que las hagan en junio o julio, ganan un día.
04/01/2013 18:16
¡NO HAY QUE COMPARAR CON EL RESTO DE LOS COMPAÑEROS QUE TIENEN HORARIOS Y CONDICIONES DE TRABAJO DIFERENTES! ¡HAY QUE VER LO QUE LE CORRESPONDE POR LEY!

pescad.
El hecho de que tú y yo lo veamos igual, no quiere decir que estemos en posesión de la verdad.

Como podrás compobar, hay mayoría absoluta de opiniones en contra de la nuestra (además los que han opinado, son expertos y yo no).

Lo importante, como dice ainoa1 y los demás foreros es "el nº de horas que hagas al año, tienes que ver cuantas horas trabajas descontando vacaciones, festivos y descanso semanal, y compáralo con la jornada máxima de tu convenio y en su defecto con la jornada máxima anual legal"


Por lo tanto lo que TIENES que hacer, antes de lanzarte a denunciar a nadie es lo siguiente:

Comprobar, DÍA a DÍA, si desde el 1 de Enero 2013 hasta el 31 de diciembre 2013, habrás trabajado MÁS de 1826 horas.
Verificar que tu convenio no establece menos de 1826 horas anuales (entonces, tendrías que cumplir las horas que establezca el convenio).

Un saludo.
04/01/2013 18:18
Me he perdido todos los posts desde el 1º de Lexdura.

Un saludo a todos.
04/01/2013 18:21
Gracias ainoa. Mi actividad es la de dependienta de sección, pero mi sección no trabaja los lunes.Esto es una jaula de grillos, si encima tienes vacaciones con uno o dos festivos aún pierdes mas horas en relación a los demás compañeros. Se que es dificil, pero el no ya lo tengo.Falta exponer el tema que decida su señoria.
Tenemos un convenio absurdo que apenas recoge nada que mejore las condiciones laborales
04/01/2013 18:23
Lexdura.

Te podrías ahorrar tus ironías que, al menos a mí, me molestan bastante.

Gracias por tu compresión y ayuda.

Un saludo.
04/01/2013 18:30
Lo de las vacaciones viene bastante claro en tu convenio, así como el tema de la jornada es más confuso.
Vamos que el tema de las vacaciones es así en casi todas las empresa, salvo aquellas que tenga un convenio "de la leche", que hoy en día son los menos.

Por cierto, el convenio expiró ahora el 31 de diciembre y en febrero se debería negociar uno nuevo, en caso contrario sigue aplicándose el otro.

Te pregunté antes si tenías convenio de empresa por descartar, ya que de los supermercados que me suenan en Asturias sólo habría convenio de empresa en mercadona y si trabajabas en Salesas, Parque principado o alguno centro comercial de estos del Corte o Alcampo. Alimerka y el Arbol creo, salvo que me equivoque no tienen convenio propio. Y creo que los que enumeré son los que más funcionan.
Y no es por ser cotilla, que no me interesa ni tienes que decirlo, pero desde el primer mensaje por tu nick Pescad y al decir que no trabajabas el lunes, pues entendí que trabajabas en un super (cadena mediana/grande) en la pescadería, por tema de salida de barcos y lonjas, y seguramente en interior (vamos no en puerto de mar).

Te dejo en enlace del convenio...y te copio y pego lo que pone de las vacaciones.
https://sede.asturias.es/bopa/2012/08/25/2012-15053.pdf

rtículo 8.—Vacaciones.
Todos los trabajadores tendrán derecho a 30 días naturales de vacaciones de los que 18 días deberán disfrutarse de manera continuada y dentro de los meses de junio a septiembre (ambos inclusive) o bien 20 días dentro de los meses de mayo a septiembre (ambos inclusive), a elección del trabajador.
Si durante el disfrute de vacaciones, el trabajador pasase a situación de Incapacidad Temporal, se interrumpirán las mismas, fijándose un nuevo período o períodos de disfrute, por acuerdo entre empresa y trabajador, dentro del año natural.
Aquellos trabajadores que se jubilen voluntariamente en las empresas disfrutarán, independientemente de las vacaciones que legalmente les corresponda en dicho año, las siguientes:
A los 60 años: 6 meses; a los 61 años: 5 meses; a los 62 años: 4 meses; a los 63 años: 3 meses y a los 64 años: 2 meses.
04/01/2013 18:33
Lexdura, estas en lo cierto, lo importante son las horas anuales. y acepto que si disfruto todas las fiestas al tener jornadas de 8 horas el computo anual seria favorable para mí.
Pero una cuestión si el legislador pasa las fiestas de domingo a lunes es porque tiene interes en que no se trabaje y por eso lo compensa trasladandolo al lunes.
http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1981-27723
Gracias
04/01/2013 18:35
Disculpa ainoa,ya comente en algun post que no tenemos convenio de empresa
04/01/2013 18:40
Amperio y por qué te molesta mi ironía? aparte de no ir dirigida a ti, es una forma de decir con cierta sorna y para que se entienda mejor, que lo importante son las horas anuales porque hay muchos casos a lo largo del año que afectan a dichas horas.
Pescad, sinceramente, te merece la pena meterte en juicios por un cómputo que, en el mejor de los casos, saldrán seguramente con unas 10 horas de diferencia para ti con respecto a tus compañeros? Y a lo mejor hasta te perjudica si cuentas los festivos de vacaciones y/o posibles bajas laborales.
04/01/2013 18:52
lexdura.
Ya sé que no iba dirigida a mí, pero no me parecía el momento más oportuno de utilizar la ironía (con esa avalancha de post).
He querido dejar claro que era una ironía, por si acaso.

En cuanto a lo que has dicho en tu 2º párrafo, lo veo exactamente como tú. No creo que merezca la pena meterse en juicios por un tema así.
Además, considero que pescad comete un error comparando su situación con la de compañeros que no tienen las mismas condiciones de trabajo (diferente horario, diferentes días libres). Es mi opinión.

No me he enfadado contigo (bueno, un poquito sí).

Un saludo.

04/01/2013 19:10
Amperio, dado que el CC se tiene que negociar en el 2013 intetaré en la medida sea posible, se aclare la situación que se crea en mi sección.Pero conste que vi una sentencia de una reclamación parecida, y el juez termino dandolel la razón a la demandante, expresamente por el tema de trabajar mas horas al final del año que el resto de compañeras. El caso es que no la guarde y ahora no la encuentro. Gracias por vuestros comentarios
04/01/2013 19:14
Ainoa parece que tienes la bola de cristal. Has acertado en tus apreciaciones

Gracias
23/11/2017 16:01
Pescad
buenas en mi caso yo descanso los dias lunes y como trabajo en el sector de alimentacion mis compañeros descansan otros dias diferentes.

mi pregunta es sobre las situaciones de los dias festivos que caen en esos dias ejemplo:
yo descanso los lunes y mi compañero el miercoles los dos trabajamos 48 hrs pero en dias festivos que caen en lunes mis compañeros descansan el lunes y los miercoles con la misma paga y yo solo el dia lunes igual con la misma paga osea que yo estoy trabajando 8 hrs mas con la misma paga.

ahi alguna ley o algo que trate sobre eso.
23/11/2017 16:57
Pescad
Y después de leerse toda esta consulta ¿no ha obtenido la respuesta?
Bien, a ver si soy capaz de resumirselo , mire si usted descansa los lunes y el lunes es festivo usted lo pierde y sus compañeros si descansan los miércoles y el miércoles es festivo tb lo pierden, por tanto estaríamos igual ¿no cree?
Claro usted dirá que las fiestas que caen en domingo la pasan al lunes y por tanto sale usted perjudicado, bien no es cierto, lo explico.
Usted debe mirar su convenio y ver la jornada anual de esta debe descontar en días laborales dos días semanales mas vacaciones mas 14 festivos, (12 nacionales y 2 autonómicos o locales), el resto seria jornada laboral en la que tiene que distribuir la que marque el convenio por tanto si usted realiza esa jornada y pierde los festivos que caen en lunes estaría haciendo un exceso de jornada que deberán compensare en descanso o mas días de vacaciones.
Espero habérselo aclarado.
SMO