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descanso retribuido

2 Comentarios
 
Descanso retribuido
16/07/2014 00:54
En el convenio colectivo de industria textil indica que si hago una jornada intensiva de mas de 6 horas tengo derecho a 15 minutos de descanso retribuidos. Mi jornada actual es de 9.00 a 14. 00 y de 15.00 a 18.15, y por lo que no tengo que recuperar esos 15 minutos de descanso pero por cuestiones de producción vamos a pasar a hacer turnos intensivos de 6.00 a 14.15; no deberia de ser de 6.00 a 14.00 pagandome esos 15 minutos de descanso?
16/07/2014 01:09
Perdón esta mal redactada la consulta. Con mi jornada actual, si que tengo que recuperar esos 15 minutos de descanso y lo hago. Pero al pasar ha realizar una jornada intensiva de 8.00 horas, no deberian de incluirme ese tiempo de descanso dentro de dicha jornada, en vez de hacerme recuperar esos 15 minutos. Gracias
16/07/2014 09:46
Buenos días

El descanso de 15 minutos lo regula tu convenio y, si este establece que esos 15 minutos son retribuídos, no son recuperables.

Ten en cuenta que el Estatuto establece que sólo serán considerados tiempo efectivo de trabajo (retribuídos) cuando se establezca por convenio colectivo, así que ese dato es fundamental.

Si el convenio establece que serán retribuídos lo que quiere decir es que están dentro de la jornada.

Para más información puedes contactar con nosotros en joancarlestejedor@infodret.com o a través de nuestra página web www.infodret.com
descanso retribuido | PorticoLegal
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Descanso retribuido
16/07/2014 00:54
En el convenio colectivo de industria textil indica que si hago una jornada intensiva de mas de 6 horas tengo derecho a 15 minutos de descanso retribuidos. Mi jornada actual es de 9.00 a 14. 00 y de 15.00 a 18.15, y por lo que no tengo que recuperar esos 15 minutos de descanso pero por cuestiones de producción vamos a pasar a hacer turnos intensivos de 6.00 a 14.15; no deberia de ser de 6.00 a 14.00 pagandome esos 15 minutos de descanso?
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Perdón esta mal redactada la consulta. Con mi jornada actual, si que tengo que recuperar esos 15 minutos de descanso y lo hago. Pero al pasar ha realizar una jornada intensiva de 8.00 horas, no deberian de incluirme ese tiempo de descanso dentro de dicha jornada, en vez de hacerme recuperar esos 15 minutos. Gracias
16/07/2014 09:46
Buenos días

El descanso de 15 minutos lo regula tu convenio y, si este establece que esos 15 minutos son retribuídos, no son recuperables.

Ten en cuenta que el Estatuto establece que sólo serán considerados tiempo efectivo de trabajo (retribuídos) cuando se establezca por convenio colectivo, así que ese dato es fundamental.

Si el convenio establece que serán retribuídos lo que quiere decir es que están dentro de la jornada.

Para más información puedes contactar con nosotros en joancarlestejedor@infodret.com o a través de nuestra página web www.infodret.com