Buenos días. Una empresa abre al público en domingo, y abona a sus trabajadores las horas trabajadas en domingo como extras. Esa semana no se va a poder cumplir con el descanso semanal de día y medio ininterrumpido precisamente por trabajar en domingo y no descansarlo. La pregunta es: ¿Sigue siendo obligatorio hacer descansar al empleado día y medio ininterrumpido, o como hemos abonado como hora extra las horas del domingo se presupone que ya está compensado?