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Descansos en la jornada

7 Comentarios
 
Descansos en la jornada
17/09/2017 21:07
Mi jornada laboral es de L-V de 9 a 17:30 (8 horas y media) porque dispongo de media hora para comer que después tengo que recuperar. Mi contrato es de 40h/semanales. Además la empresa se niega a darme ningún descanso para tomar un café o lo que sea a no ser que eso también lo recupere. Mi convenio no regula nada acerca de los descansos, entonces, ¿es esto legal? Si mi contrato es de 40h (8h al dia) no están excediendo mi jornada laboral haciendome recuperar ese tiempo?

Gracias
17/09/2017 22:33
Mimita
Pues podía empezar por decirnos cual es su convenio y activad, porque parece raro con ese horario que en teoría debería ser horario partido tenga solo media hora para comer, no obstante en horarios continuados o jornada continua en cuanto se excede de 6 horas se impone un tiempo obligatorio para comer algo, la ley indica que son 15 minutos las empresas pueden mejorar esto pero a su vez la mejora suele ser que ese tiempo se entiende como tiempo efectivo de trabajo por lo que seria retribuido y por tanto no tendría que recuperarlo, caso de no ser retribuido tiene que recuperarlo, usted aunque semanalmente haga 42,5 en realidad tiempo efectivo de trabajo son 40 h/sem, por lo que su empresa cumple con la ley
18/09/2017 19:23
jamgpreve
Realmente mi jornada la entiendo como continuada, no partida, ya que sólo se parte por esos 30 minutos para la comida que son los que a mi entender dice el Estatuto de los trabajadores ¿no? sólo que en lugar de darme 15 min. me dan 30, pero me obligan a recuperarlos. Es decir, no tengo ningún descanso retribuido ni siquiera para tomar un café a media mañana, y el tiempo para comer ya ve que es bastante escaso. He intentado negociarlo con la empresa pero no ceden, por eso me gustaría saber si hay alguna posibilidad de presionarles legalmente. Mi convenio es el de comercio (general) de Valencia.
19/09/2017 08:56
Mimita
Debería ser mas explicita y decirnos la actividad de la empresa, en el sector del comercio hay innumerables actividades y cada una tiene su convenio especifico, no obstante he observado algunos y no especifican nada sobre el tiempo de descanso asi que hay q acudir al ET por tanto en jornadas continuadas el ET fija un descanso de 15 minutos no retribuido y por tanto recuperable, en cuanto a su jornada siendo de 9 a 17:30 h no puede ser jornada continua y los tiempos de comida no están cubiertos por la empresa por si en su jornada no se realizan 6 h consecutivas no hay tiempo de descanso.
19/09/2017 19:17
Mimita
Como me temía, entonces no tengo ni 5 minutos para descansar y eso que estamos en siglo XXII. En fin muchas gracias por su ayuda,ya me ha quedado claro.
23/09/2017 13:34
Mimita
Se me olvidó lo que me pedía, el convenio es el de comercio de actividades diversas, mi actividad es como auxiliar administrativo.
23/09/2017 14:11
Mimita
Perdón por mi insistencia pero sigue sin cuadrarme. En otro post parecido usted le dice al usuario Jesus0210 que la media hora que utiliza para comer aún siendo recuperable si cuenta para la jornada laboral. ¿Por qué en mi caso no se aplica? En este articulo https://www.monster.es/orientacion-laboral/articulo/jornada-laboral-y-horarios detalla que se considera jornada partida la que incluye al menos una hora de descanso, lo cual no es mi caso, por eso le comentaba que entiendo mi jornada como continua.
23/09/2017 23:16
Mimita
Mirare esa dirección, en cuanto a lo que vle haya comentado a Jesús mejor pegue el titulo de la consulta así podre localizarla, no obstante cada trabajador es un mundo y dependen de lo que digan sus convenios.
En cuanto a usted decirle que sea jornada continua o jornada partida estamos en la misma situación, di es jornada partida al no haber 6 h continuas y el convenio no decir nada al respecto no tiene dcho a tiempo de descanso y en el cado de considerarlo a tiempo completo estaríamos en que di tiene dcho al descanso, ( El ET fija como mínimo 15 minutos pero ese tiempo es recuperable) pues bien usted ya tiene esa media hora que para para comer y como el convenio no dice nada ese tiempo es recuperable.
SMO
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17/09/2017 21:07
Mi jornada laboral es de L-V de 9 a 17:30 (8 horas y media) porque dispongo de media hora para comer que después tengo que recuperar. Mi contrato es de 40h/semanales. Además la empresa se niega a darme ningún descanso para tomar un café o lo que sea a no ser que eso también lo recupere. Mi convenio no regula nada acerca de los descansos, entonces, ¿es esto legal? Si mi contrato es de 40h (8h al dia) no están excediendo mi jornada laboral haciendome recuperar ese tiempo?

Gracias
17/09/2017 22:33
Mimita
Pues podía empezar por decirnos cual es su convenio y activad, porque parece raro con ese horario que en teoría debería ser horario partido tenga solo media hora para comer, no obstante en horarios continuados o jornada continua en cuanto se excede de 6 horas se impone un tiempo obligatorio para comer algo, la ley indica que son 15 minutos las empresas pueden mejorar esto pero a su vez la mejora suele ser que ese tiempo se entiende como tiempo efectivo de trabajo por lo que seria retribuido y por tanto no tendría que recuperarlo, caso de no ser retribuido tiene que recuperarlo, usted aunque semanalmente haga 42,5 en realidad tiempo efectivo de trabajo son 40 h/sem, por lo que su empresa cumple con la ley
18/09/2017 19:23
jamgpreve
Realmente mi jornada la entiendo como continuada, no partida, ya que sólo se parte por esos 30 minutos para la comida que son los que a mi entender dice el Estatuto de los trabajadores ¿no? sólo que en lugar de darme 15 min. me dan 30, pero me obligan a recuperarlos. Es decir, no tengo ningún descanso retribuido ni siquiera para tomar un café a media mañana, y el tiempo para comer ya ve que es bastante escaso. He intentado negociarlo con la empresa pero no ceden, por eso me gustaría saber si hay alguna posibilidad de presionarles legalmente. Mi convenio es el de comercio (general) de Valencia.
19/09/2017 08:56
Mimita
Debería ser mas explicita y decirnos la actividad de la empresa, en el sector del comercio hay innumerables actividades y cada una tiene su convenio especifico, no obstante he observado algunos y no especifican nada sobre el tiempo de descanso asi que hay q acudir al ET por tanto en jornadas continuadas el ET fija un descanso de 15 minutos no retribuido y por tanto recuperable, en cuanto a su jornada siendo de 9 a 17:30 h no puede ser jornada continua y los tiempos de comida no están cubiertos por la empresa por si en su jornada no se realizan 6 h consecutivas no hay tiempo de descanso.
19/09/2017 19:17
Mimita
Como me temía, entonces no tengo ni 5 minutos para descansar y eso que estamos en siglo XXII. En fin muchas gracias por su ayuda,ya me ha quedado claro.
23/09/2017 13:34
Mimita
Se me olvidó lo que me pedía, el convenio es el de comercio de actividades diversas, mi actividad es como auxiliar administrativo.
23/09/2017 14:11
Mimita
Perdón por mi insistencia pero sigue sin cuadrarme. En otro post parecido usted le dice al usuario Jesus0210 que la media hora que utiliza para comer aún siendo recuperable si cuenta para la jornada laboral. ¿Por qué en mi caso no se aplica? En este articulo https://www.monster.es/orientacion-laboral/articulo/jornada-laboral-y-horarios detalla que se considera jornada partida la que incluye al menos una hora de descanso, lo cual no es mi caso, por eso le comentaba que entiendo mi jornada como continua.
23/09/2017 23:16
Mimita
Mirare esa dirección, en cuanto a lo que vle haya comentado a Jesús mejor pegue el titulo de la consulta así podre localizarla, no obstante cada trabajador es un mundo y dependen de lo que digan sus convenios.
En cuanto a usted decirle que sea jornada continua o jornada partida estamos en la misma situación, di es jornada partida al no haber 6 h continuas y el convenio no decir nada al respecto no tiene dcho a tiempo de descanso y en el cado de considerarlo a tiempo completo estaríamos en que di tiene dcho al descanso, ( El ET fija como mínimo 15 minutos pero ese tiempo es recuperable) pues bien usted ya tiene esa media hora que para para comer y como el convenio no dice nada ese tiempo es recuperable.
SMO