A propósito, ¿cuánto tiempo puedo esperar a solicitar la prestación como máximo? Lo digo porque quizás me merezca más la pena esperar a ver si consigo un trabajo a tiempo completo y así que a la hora de calcular la base reguladora no me coja el salario de jornada parcial. Gracias.
si, pero para el desempleo se tienen en cuenta los días realmente trabajados. Por ejemplo, si trabajas 3 horas de lunes a viernes, se considera que trabajas todos los días (igual que si tu jornada fuera completa), lo único, que de cara al cálculo de la base reguladora, estás será proporcional al salario de jornada parcial. Además, tienes que tener en cuenta, que para la base reguladora, se toman los últimos 6 meses.
No hay que cotizar el doble, si por ejemplo se trabaja un año a tiempo completo y se tiene derecho a 4 meses de paro, trabajando un año a tiempo parcial tambien se tendria derecho a 4 meses de paro, solo que en proporcion a lo cotizado, no se si me explico bien
He trabajado a tiempo parcial, durante 4 horas de lunes a viernes, desde el 1 de Julio de 2009 hasta el 15 de Octubre de 2010. Del 16 de Octubre hasta el 19 de Enero tengo un contrato a tiempo completo. ¿Me podeis decir si tengo derecho a prestación por desempleo? Es que no tengo formación jurídica y me han comentado que al haber tenido un trabajo a tiempo parcial debo cotizar el doble de tiempo. Gracias.