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desestimación demanda por falta de legitimación activa

4 Comentarios
 
Desestimación demanda por falta de legitimación activa
02/03/2011 11:09
Buenos días,

Se trata de un juicio verbal (menor de 900€), en el que nos han desestimado la demanda por falta de legitimación activa debido a un grave error del procurador que en su momento olvidó hacer el apud acta con el Cliente, por lo cual el mismo no figura en el expediente.

Por un error formal en nuestra demanda, incluimos como demandantes tanto la Compañía Aseguradora, como el Cliente particular. Pero posteriormente en la vista o juicio oral, subsanamos este error haciendo constar que nuestra unica representacion es en nombre del cliente, ya que la Compañia no ha intervenido ni ha indemnizado, y por tanto, no ejerce ningun derecho de repetición para recobrar.

Nuestra idea es recurrir en apelación, ya que el juicio salió bien, pero la jueza no ha entrado a resolver sobre el fondo del asunto por esta falta d legitimación activa ya que considera que la Compañía Aseguradora no ha aportado recibo de finiquito justificante del pago y por tanto la excluye(lógico), y al cliente particular no lo tiene en cuenta al no existir apoderamiento apud acta.

Sin embargo, nosotros, en la vista o juicio oral, junto con la ratificación a la demanda, aclaramos que actuabamos en nombre y representacion del Cliente, y solicitamos se subsanase este error. Y el juicio continuó su curso.

La pregunta o duda es: ¿es absolutamente necesario poder apud acta/poder notarial, para acreditar esta representación?(recordamos q en la demanda si hacemos mencion a este poder apud acta, pero en cambio, no se aporta)

A favor nuestro podemos probar que el cliente estuvo en el juicio (vamos a pedir grabación y acta de juicio donde figura tambien como parte actora), y consideramos que existe una representación tácita cuanto menos. (además de tener en cuenta que es un pleito menor a 900e que no requiere representación alguna obligatoria)

¿creeis que desetimarán de nuevo el recurso de apelacion por falta d legitimacion activa, al no constar previamente el apud acta? o tendrá en cuenta la subnación que se hizo en la primera instancia, a la que parece ser, la jueza ni escuchó.

02/03/2011 17:32
En mi opinión te van a desestimar el recurso de apelación por falta de legitimación activa, con lo que va perder de nuevo el cliente.

Lo unico que se me ocurre es pedir responsabilidad profesional al procurador por negligencia.

Saludos
02/03/2011 19:00
Si no ha prescrito la acción yo volvería a presentar la demanda puesto que no se ha logrado una sentencia definitiva sobre el fondo.. Además es un poco sangrante el asunto porqeu por menos de 900 euros no es necesario abogado y procurador. Además si el demandado alegó la falta de legitimación activa ¿por qué no una vez acabado el juicio se hizo el apoderamiento apud acta ya que es un acto subsnable?
02/03/2011 20:31
hemos pensado la posibilidad de volver a presentar demanda pero es un poco rollo esto d volver a celebrarlo, citar testigos... etc.

el demandante es mi cliente, y el que no aporta poder apud acta.

el problema tambien esque ya vamos con idea de apelar porque hemos presentado escrito de preparacion del recurso con el correspondiente depósito. fue ayer cuando nos enteramos que el poder apud acta finalmente no se hizo.

lo que no entiendo es por qué la jueza cuando subsané este error con la ratificacion a la demanda, parece ser q estaba conforme porque tomó nota y nada dijo, y luego la sentencia la ha desestimado sin tener nada en cuenta.

tambien he pensado presentar de nuevo" apud acta con el recurso, pero creo que no se puede, no? y sino, no se por donde tiraré la verdad, si alegar que el error se aclaró y nunca se nos requirió para subsanar... que mi cliente estuvo presente y consta en el acta como parte actora... (lo que creo que implica una aceptación de la representación tácita), alegar sino el art. 27 de la LEC ... no lo sé. pero da rabia porque si entra a resolver sobre el fondo del asunto, el pleito está ganado. y por este error de no acompañar la demanda con el apud acta...

en fin, si se os ocurre alguna idea/sugerencia...
muchas gracias por vuestros comentarios.
03/03/2011 10:00
Pero ten cuidado porque si tienes ganado el juicio por el fondo y no hay apoderamiento apu acta hecho, corres el riesgo de las costas de la segunda instancia de la parte contraria. Yo desde luego, perdería los 50 euros de la conisgnación para el recurso y volvería a presentarlo. Si el problema es tuyo y del procurador no le cobres dos veces al cliente, se lo explicas y ya está. Ahora, todo lo hablaría con el cliente y que él decida. Si el fondo está ganado, minimiza los riesgos. Un saludo.
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Desestimación demanda por falta de legitimación activa
02/03/2011 11:09
Buenos días,

Se trata de un juicio verbal (menor de 900€), en el que nos han desestimado la demanda por falta de legitimación activa debido a un grave error del procurador que en su momento olvidó hacer el apud acta con el Cliente, por lo cual el mismo no figura en el expediente.

Por un error formal en nuestra demanda, incluimos como demandantes tanto la Compañía Aseguradora, como el Cliente particular. Pero posteriormente en la vista o juicio oral, subsanamos este error haciendo constar que nuestra unica representacion es en nombre del cliente, ya que la Compañia no ha intervenido ni ha indemnizado, y por tanto, no ejerce ningun derecho de repetición para recobrar.

Nuestra idea es recurrir en apelación, ya que el juicio salió bien, pero la jueza no ha entrado a resolver sobre el fondo del asunto por esta falta d legitimación activa ya que considera que la Compañía Aseguradora no ha aportado recibo de finiquito justificante del pago y por tanto la excluye(lógico), y al cliente particular no lo tiene en cuenta al no existir apoderamiento apud acta.

Sin embargo, nosotros, en la vista o juicio oral, junto con la ratificación a la demanda, aclaramos que actuabamos en nombre y representacion del Cliente, y solicitamos se subsanase este error. Y el juicio continuó su curso.

La pregunta o duda es: ¿es absolutamente necesario poder apud acta/poder notarial, para acreditar esta representación?(recordamos q en la demanda si hacemos mencion a este poder apud acta, pero en cambio, no se aporta)

A favor nuestro podemos probar que el cliente estuvo en el juicio (vamos a pedir grabación y acta de juicio donde figura tambien como parte actora), y consideramos que existe una representación tácita cuanto menos. (además de tener en cuenta que es un pleito menor a 900e que no requiere representación alguna obligatoria)

¿creeis que desetimarán de nuevo el recurso de apelacion por falta d legitimacion activa, al no constar previamente el apud acta? o tendrá en cuenta la subnación que se hizo en la primera instancia, a la que parece ser, la jueza ni escuchó.

02/03/2011 17:32
En mi opinión te van a desestimar el recurso de apelación por falta de legitimación activa, con lo que va perder de nuevo el cliente.

Lo unico que se me ocurre es pedir responsabilidad profesional al procurador por negligencia.

Saludos
02/03/2011 19:00
Si no ha prescrito la acción yo volvería a presentar la demanda puesto que no se ha logrado una sentencia definitiva sobre el fondo.. Además es un poco sangrante el asunto porqeu por menos de 900 euros no es necesario abogado y procurador. Además si el demandado alegó la falta de legitimación activa ¿por qué no una vez acabado el juicio se hizo el apoderamiento apud acta ya que es un acto subsnable?
02/03/2011 20:31
hemos pensado la posibilidad de volver a presentar demanda pero es un poco rollo esto d volver a celebrarlo, citar testigos... etc.

el demandante es mi cliente, y el que no aporta poder apud acta.

el problema tambien esque ya vamos con idea de apelar porque hemos presentado escrito de preparacion del recurso con el correspondiente depósito. fue ayer cuando nos enteramos que el poder apud acta finalmente no se hizo.

lo que no entiendo es por qué la jueza cuando subsané este error con la ratificacion a la demanda, parece ser q estaba conforme porque tomó nota y nada dijo, y luego la sentencia la ha desestimado sin tener nada en cuenta.

tambien he pensado presentar de nuevo" apud acta con el recurso, pero creo que no se puede, no? y sino, no se por donde tiraré la verdad, si alegar que el error se aclaró y nunca se nos requirió para subsanar... que mi cliente estuvo presente y consta en el acta como parte actora... (lo que creo que implica una aceptación de la representación tácita), alegar sino el art. 27 de la LEC ... no lo sé. pero da rabia porque si entra a resolver sobre el fondo del asunto, el pleito está ganado. y por este error de no acompañar la demanda con el apud acta...

en fin, si se os ocurre alguna idea/sugerencia...
muchas gracias por vuestros comentarios.
03/03/2011 10:00
Pero ten cuidado porque si tienes ganado el juicio por el fondo y no hay apoderamiento apu acta hecho, corres el riesgo de las costas de la segunda instancia de la parte contraria. Yo desde luego, perdería los 50 euros de la conisgnación para el recurso y volvería a presentarlo. Si el problema es tuyo y del procurador no le cobres dos veces al cliente, se lo explicas y ya está. Ahora, todo lo hablaría con el cliente y que él decida. Si el fondo está ganado, minimiza los riesgos. Un saludo.