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desestimación por parte del propietario

10 Comentarios
 
Desestimación por parte del propietario
16/04/2009 12:14
Buenos días, tengo una consulta para ustedes:
Un mes antes de finalizar el sexto año (tras los 5 años por contrato) en una casa en alquiler, mi madre ha recibido una carta certificada del propietario con la intención de dar por finalizado el contrato de arrendamiento proponiendo otro con nuevas condiciones y aplicando una subida de unos 40 euros en el alquiler. La cuestión es que al ir a preguntarle a qué hora quedar con el gestor para firmar el nuevo contrato el 30 de abril, el propietario dice que ha cambiado de opinión y que ya no quiere renovar, que debe desalojar la casa y dejar la fianza hasta que lleguen todos los recibos.¿Puede hacer esto dejándole sólo dos semanas para buscar otra vivienda? Pues ya daba por hecho que se iba a renovar según la carta, ¿Existe opción legal para permanecer en esta algún tiempo, al menos para buscar otra cosa? En tal caso ¿qué alquiler se debe pagar el mes de mayo? Añadir que en los seis años el propietario no ha arregaldo la instalación de la luz y como consecuencia se han estropeado varios electrodomésticos y muchas bombillas. Les ruego me contesten pronto, muchísimas gracias.
16/04/2009 15:40
A groso modo y sin entrar en detalles...Una vez pasado cinco años el contrato se renueva automaticamente otros tres más.

Eloy Peña Rico, denunciante oficial del Ayuntamiento de Madrid.
16/04/2009 16:27
Una vez pasados los primeros 5 años de contrato, éste se renovaría automaticamente por anualidades hasta 3 años más, si ninguna de las partes comunica la intención de no prorrogar. Dado que éste no es el caso, y el arrendador ha comunicado al arrendatario su deseo de no prorrogar, se tendrán que negociar entre ambas partes las nuevas condiciones de un posible nuevo contrato.
16/04/2009 17:47
Ya se que la prórroga es de hasta 3 años, la cuestión es que al final de la primera anualidad se ha avisado por carta de un nuevo contrato y que hoy mismo el arrendador ha dicho que no quiere renovar. La preocupación es si tiene que desalojar la casa en estas dos semanas que quedan o si bien el propietario está obligado a hacer un nuevo contrato puesto que así lo anunciaba en la carta. Gracias
16/04/2009 17:47
Doy la razón a "El hoy"...pues si estamos en el sexto año el contrato tiene de vigencia dos años más para el Arrendatario.

Artículo 10. Prórroga del contrato.

Si llegada la fecha de vencimiento del contrato, una vez transcurridos como mínimo cinco años de duración de aquél, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con un mes de antelación a aquella fecha, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de tres años más, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con un mes de antelación a la fecha de terminación de cualquiera de las anualidades, su voluntad de no renovar el contrato.

Al contrato prorrogado, le seguirá siendo de aplicación el régimen legal y convencional al que estuviera sometido.

Eloy Peña Rico, denunciante oficial del Ayuntamiento de Madrid.
16/04/2009 18:04
¿Se da la razón usted a sí mismo y hablando en tercera persona? Ufff...
Por cierto, tengo una curiosidad tremenda desde hace unos días, ¿alguien puede explicarme en qué consiste exactamente el oficio de denunciante oficial?

Blondine, siento no poder serle de ayuda, ya que desconozco si el arrendador tiene derecho a ello. Tendremos que esperar a que alguno de los expertos en abogacía de este foro entre a este hilo a aclarar nuestras dudas. Un saludo.
16/04/2009 18:17
Si he entendido correctamente, la prórroga actúa a favor del arrendatario, con lo que en el sexto año el propietario no puede echar a mi madre, únicamente puede irse ella en esos tres años con el previo aviso y conservando la misma renta.
Muchas gracias chicos, salu2
16/04/2009 18:24
Hola blondine. Las prórrogas establecidas en el art 10 LAU 1994 son POSTESTATIVAS para el Arrendatario(su madre) y OBLIGATORIAS para el arrendador. Por lo tanto la carta su madre recibió por parte del administrador NO produce ningún efecto jurídico,

Reciba un cordial saludo.
16/04/2009 18:25
La mejor manera de defenderse es atacando...Me doy la razón, porque creo que la tengo.

El titulo de denunciante oficial del Ayuntamiento de Madrid...me lo pusieron en Gerencia Municipal de Urbanismo...porque desde hace muchos años no he parado de denunciar sus asuntos particulares y turbios asuntos, véase entre otras, "LA OPERACION GUATEQUE...".

Eloy Peña Rico, denunciante oficial del Ayuntamiento de Madrid.
17/04/2009 10:08
He alquilado una vivienda el 01 de marzo, pero no he podido entrar a vivir en ella, hasta el 15 de abril porque los suministros estaban cortados por falta de pago. El propietario acordó en que no se pagara renta hasta que estuviesen en funcionamiento todos los servicios y que los gastos los asumía él. Ahora, se retracta de todo y me exige los pagos ¿Qué debo Hacer?
20/04/2009 11:20
Hola Techu. Para responder a su consulta sería necesario poder examinar el contrato y tener más datos. Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con el contrato,la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, le asesorará sobre mejor forma de proceder.

Lamento no poder ser de más ayuda.

Reciba un cordial saludo.
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16/04/2009 12:14
Buenos días, tengo una consulta para ustedes:
Un mes antes de finalizar el sexto año (tras los 5 años por contrato) en una casa en alquiler, mi madre ha recibido una carta certificada del propietario con la intención de dar por finalizado el contrato de arrendamiento proponiendo otro con nuevas condiciones y aplicando una subida de unos 40 euros en el alquiler. La cuestión es que al ir a preguntarle a qué hora quedar con el gestor para firmar el nuevo contrato el 30 de abril, el propietario dice que ha cambiado de opinión y que ya no quiere renovar, que debe desalojar la casa y dejar la fianza hasta que lleguen todos los recibos.¿Puede hacer esto dejándole sólo dos semanas para buscar otra vivienda? Pues ya daba por hecho que se iba a renovar según la carta, ¿Existe opción legal para permanecer en esta algún tiempo, al menos para buscar otra cosa? En tal caso ¿qué alquiler se debe pagar el mes de mayo? Añadir que en los seis años el propietario no ha arregaldo la instalación de la luz y como consecuencia se han estropeado varios electrodomésticos y muchas bombillas. Les ruego me contesten pronto, muchísimas gracias.
16/04/2009 15:40
A groso modo y sin entrar en detalles...Una vez pasado cinco años el contrato se renueva automaticamente otros tres más.

Eloy Peña Rico, denunciante oficial del Ayuntamiento de Madrid.
16/04/2009 16:27
Una vez pasados los primeros 5 años de contrato, éste se renovaría automaticamente por anualidades hasta 3 años más, si ninguna de las partes comunica la intención de no prorrogar. Dado que éste no es el caso, y el arrendador ha comunicado al arrendatario su deseo de no prorrogar, se tendrán que negociar entre ambas partes las nuevas condiciones de un posible nuevo contrato.
16/04/2009 17:47
Ya se que la prórroga es de hasta 3 años, la cuestión es que al final de la primera anualidad se ha avisado por carta de un nuevo contrato y que hoy mismo el arrendador ha dicho que no quiere renovar. La preocupación es si tiene que desalojar la casa en estas dos semanas que quedan o si bien el propietario está obligado a hacer un nuevo contrato puesto que así lo anunciaba en la carta. Gracias
16/04/2009 17:47
Doy la razón a "El hoy"...pues si estamos en el sexto año el contrato tiene de vigencia dos años más para el Arrendatario.

Artículo 10. Prórroga del contrato.

Si llegada la fecha de vencimiento del contrato, una vez transcurridos como mínimo cinco años de duración de aquél, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con un mes de antelación a aquella fecha, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de tres años más, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con un mes de antelación a la fecha de terminación de cualquiera de las anualidades, su voluntad de no renovar el contrato.

Al contrato prorrogado, le seguirá siendo de aplicación el régimen legal y convencional al que estuviera sometido.

Eloy Peña Rico, denunciante oficial del Ayuntamiento de Madrid.
16/04/2009 18:04
¿Se da la razón usted a sí mismo y hablando en tercera persona? Ufff...
Por cierto, tengo una curiosidad tremenda desde hace unos días, ¿alguien puede explicarme en qué consiste exactamente el oficio de denunciante oficial?

Blondine, siento no poder serle de ayuda, ya que desconozco si el arrendador tiene derecho a ello. Tendremos que esperar a que alguno de los expertos en abogacía de este foro entre a este hilo a aclarar nuestras dudas. Un saludo.
16/04/2009 18:17
Si he entendido correctamente, la prórroga actúa a favor del arrendatario, con lo que en el sexto año el propietario no puede echar a mi madre, únicamente puede irse ella en esos tres años con el previo aviso y conservando la misma renta.
Muchas gracias chicos, salu2
16/04/2009 18:24
Hola blondine. Las prórrogas establecidas en el art 10 LAU 1994 son POSTESTATIVAS para el Arrendatario(su madre) y OBLIGATORIAS para el arrendador. Por lo tanto la carta su madre recibió por parte del administrador NO produce ningún efecto jurídico,

Reciba un cordial saludo.
16/04/2009 18:25
La mejor manera de defenderse es atacando...Me doy la razón, porque creo que la tengo.

El titulo de denunciante oficial del Ayuntamiento de Madrid...me lo pusieron en Gerencia Municipal de Urbanismo...porque desde hace muchos años no he parado de denunciar sus asuntos particulares y turbios asuntos, véase entre otras, "LA OPERACION GUATEQUE...".

Eloy Peña Rico, denunciante oficial del Ayuntamiento de Madrid.
17/04/2009 10:08
He alquilado una vivienda el 01 de marzo, pero no he podido entrar a vivir en ella, hasta el 15 de abril porque los suministros estaban cortados por falta de pago. El propietario acordó en que no se pagara renta hasta que estuviesen en funcionamiento todos los servicios y que los gastos los asumía él. Ahora, se retracta de todo y me exige los pagos ¿Qué debo Hacer?
20/04/2009 11:20
Hola Techu. Para responder a su consulta sería necesario poder examinar el contrato y tener más datos. Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con el contrato,la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, le asesorará sobre mejor forma de proceder.

Lamento no poder ser de más ayuda.

Reciba un cordial saludo.