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desestimiento periodo de prueba personal labora fijo administración pública

2 Comentarios
 
Desestimiento periodo de prueba personal labora fijo administración pública
09/02/2012 21:22
Buenas noches ¡¡¡ He accedido a este foro para ver si encontraba algo similar a lo que me ha pasado a mí.

Saqué una plaza de personal laboral fijo en un ayuntamiento de la comunidad de madrid, por concurso-oposición, cuando firmé el contrato de trabajo me encontré con un periodo de prueba de un mes, antes de finalizar el mes me han desistido del contrato y me gustaría que alguien me asesorara para poder meter mano a esta injusticia, he estado leyendo y hay un crack llamado Picachu33, que no me importaría ponerme en contacto con él. Muchas gracias a todos.
10/02/2012 22:59
Picachu33 hace semanas que no sale...

pero él de seguro que te iba a decir algo similar a lo que yo te digo:
NO tienes nada que hacer, el periodo de prueba está para eso, para que el trabajador sea evaluado y si se considera que no es valido, SIN NECESIDAD DE JUSTIFICAR NADA, puede ser rescindido el contrato sin derecho a reclamacion alguna

Sinceramente, en la Administración pasa el periodo de prueba más del 99.9 % de la gente, y de lso casos que conozco que no lo han pasado ha sido por:
- embriaguez
- inutilidad manifiesta
- pasotismo desde el primer dia
agresiones verbales a un superior
- y el caso más sospechosos era que no superaran el periodo de prueba lso dos opositores aprobados... para que entraran los dos reservas, familiares de un diputado!

¿cual puede ser tu caso?
10/02/2012 23:29
Me parece asombroso leer comentarios como el tuyo, porque siento que no tienes ni idea de lo que se cuece en la mayoría de las Administraciones Públicas y sobre todo si son entidades locales, Ayuntamientos, que el político determina quien se queda y quien se va. Piensas que tal como están las cosas entras en una Administración haciendo el canelo?
En mi desestimiento no se argumenta ninguna razón, por el artículo 33.
Lo que está pasando cada día más que el servilismo y caciquismo está a la orden del día, y se piensan que apruebas una plaza y haces funciones de toda índole y condición, sin importarles nada.
Pero bueno, éste no es el caso, una pregunta que no has hecho, qué es fundamental si yo tenía que tener periodo de prueba o no?
El artículo 33.2 del Reglamento de Ingreso al Servicio de la Administración General del Estado, determina que el laboral fijo, transcurrido el perido de prueba, adquirirá la condición de fijo, siempre que se hubiera recogido en las bases de la convocatoria.
En este caso, no se recogía en las bases de la convocatoria y por lo tanto al superar oposición y concurso donde ya se me recogía la experiencia profesional en el mismo puesto, qué sentido tiene poner un periodo de prueba?
Pues, yo te lo digo, entre los mejores eliges a los que son de tu gusto, esto va en contra del principio de igualdad de acceso a la función pública, mérito y capacidad. Y con esto se conculca también el principio del interés público ya que los empleados públicos deben ser elegidos de acuerdo a principios constitucionales no de capricho de una cúpula organizativa de RRHH, puesta por el grupo político que se encuentre gobernando.
Me gustaría que alguien me argumentara algo interesante en mi defensa y si puede ser que conozca derecho administrativo en el acceso a la función pública, gracias por todo
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Desestimiento periodo de prueba personal labora fijo administración pública
09/02/2012 21:22
Buenas noches ¡¡¡ He accedido a este foro para ver si encontraba algo similar a lo que me ha pasado a mí.

Saqué una plaza de personal laboral fijo en un ayuntamiento de la comunidad de madrid, por concurso-oposición, cuando firmé el contrato de trabajo me encontré con un periodo de prueba de un mes, antes de finalizar el mes me han desistido del contrato y me gustaría que alguien me asesorara para poder meter mano a esta injusticia, he estado leyendo y hay un crack llamado Picachu33, que no me importaría ponerme en contacto con él. Muchas gracias a todos.
10/02/2012 22:59
Picachu33 hace semanas que no sale...

pero él de seguro que te iba a decir algo similar a lo que yo te digo:
NO tienes nada que hacer, el periodo de prueba está para eso, para que el trabajador sea evaluado y si se considera que no es valido, SIN NECESIDAD DE JUSTIFICAR NADA, puede ser rescindido el contrato sin derecho a reclamacion alguna

Sinceramente, en la Administración pasa el periodo de prueba más del 99.9 % de la gente, y de lso casos que conozco que no lo han pasado ha sido por:
- embriaguez
- inutilidad manifiesta
- pasotismo desde el primer dia
agresiones verbales a un superior
- y el caso más sospechosos era que no superaran el periodo de prueba lso dos opositores aprobados... para que entraran los dos reservas, familiares de un diputado!

¿cual puede ser tu caso?
10/02/2012 23:29
Me parece asombroso leer comentarios como el tuyo, porque siento que no tienes ni idea de lo que se cuece en la mayoría de las Administraciones Públicas y sobre todo si son entidades locales, Ayuntamientos, que el político determina quien se queda y quien se va. Piensas que tal como están las cosas entras en una Administración haciendo el canelo?
En mi desestimiento no se argumenta ninguna razón, por el artículo 33.
Lo que está pasando cada día más que el servilismo y caciquismo está a la orden del día, y se piensan que apruebas una plaza y haces funciones de toda índole y condición, sin importarles nada.
Pero bueno, éste no es el caso, una pregunta que no has hecho, qué es fundamental si yo tenía que tener periodo de prueba o no?
El artículo 33.2 del Reglamento de Ingreso al Servicio de la Administración General del Estado, determina que el laboral fijo, transcurrido el perido de prueba, adquirirá la condición de fijo, siempre que se hubiera recogido en las bases de la convocatoria.
En este caso, no se recogía en las bases de la convocatoria y por lo tanto al superar oposición y concurso donde ya se me recogía la experiencia profesional en el mismo puesto, qué sentido tiene poner un periodo de prueba?
Pues, yo te lo digo, entre los mejores eliges a los que son de tu gusto, esto va en contra del principio de igualdad de acceso a la función pública, mérito y capacidad. Y con esto se conculca también el principio del interés público ya que los empleados públicos deben ser elegidos de acuerdo a principios constitucionales no de capricho de una cúpula organizativa de RRHH, puesta por el grupo político que se encuentre gobernando.
Me gustaría que alguien me argumentara algo interesante en mi defensa y si puede ser que conozca derecho administrativo en el acceso a la función pública, gracias por todo